RES. Nº 484/04

 

Edificio calle ARIAS días INHABILES

Buenos Aires, 13 de julio de 2004

 

RES. N° 484/2004

VISTO:

Los problemas de instalación eléctrica suscitados en el día de la fecha en el edificio sede del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en la calle Arias 4491.

CONSIDERANDO:

Que durante el día 13 de julio de 2004 se vio interrumpido el servicio eléctrico en el mencionado edificio, lo que afectó la adecuada prestación del servicio de justicia.

Que por su parte, es importante señalar que se están arbitrando los medios necesarios para dar solución a los problemas suscitados, y se estima que durante el transcurso del día 14 de julio estarán solucionados.

Que, entre otras, es competencia del Consejo de la Magistratura garantizar la eficaz prestación del servicio de administración de justicia, conforme el art. 1º de la Ley 31.

Que la circunstancia descripta constituye suficiente razón para que este Consejo decrete como inhábiles los días 13 y 14 de julio de 2004, para todas las dependencias con asiento en la sede del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la calle Arias 4491, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución local, la Ley N° 31, y el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Art. 1°: Declarar como inhábiles los días 13 y 14 de julio de 2004, para todas las dependencias con asiento en la sede del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en la calle Arias 4491, sin perjuicio de la validez de los actos efectivamente cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias, por las razones expuestas en los considerandos.

Art. 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a los Sres. Titulares del Ministerio Público, al fuero Contravencional y de Faltas , oportunamente, archívese.