Comisión descentralización
Buenos Aires, 20 de abril de 2004
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que una de las políticas centrales en materia de administración de justicia que este Consejo viene implementando radica en la descentralización del fuero en lo Contravencional y de Faltas del Poder Judicial local.
Que, como hemos sostenido en resoluciones anteriores, consideramos que la descentralización de la justicia redunda en un mejoramiento en la prestación del servicio de justicia para todos aquellos que habitan o transitan por la Ciudad de Buenos Aires.
Que el objetivo a alcanzar consiste no sólo en aportar mayor cantidad de respuestas por parte de la justicia en materia contravencional y de faltas, sino también en generar un mejoramiento cualitativo de la prestación del servicio.
Que entendemos que ello será posible en la medida que la descentralización abarque no sólo a las fiscalías contravencionales, que tienen a su cargo la importante tarea de prevención e investigación de las contravenciones y faltas, sino también a las defensorías oficiales y a los juzgados de Primera Instancia, pues el servicio de justicia también comprende a aquellos que de algún modo han quebrantado la ley. En efecto, resulta insoslayable remover los obstáculos funcionales y geográficos, que alejan al ciudadano de aquellos encargados de hacer respetar la ley, y en su caso, de imponer las penas o sanciones correspondientes.
Que a los efectos de continuar y profundizar la política de descentralización se ha acordado con el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la conveniencia de constituir una Comisión de Descentralización del Fuero Contravencional y de Faltas, en la que participen los Jefes de las distintas ramas que componen el Ministerio Público y un representante por cada uno de los estamentos que integran el Consejo de la Magistratura.
Que se estima que dicha comisión resulta el ámbito adecuado para delinear las próximas etapas del plan de descentralización, como así también para resolver las cuestiones prácticas que se planteen con su instrumentación.
Por ello, en función de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley 31 y sus modificatorias,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1°: Crear la Comisión de Descentralización del Fuero Contravencional y de Faltas del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que se integrará con tres Consejeros -uno por cada estamento-, y los Jefes de cada una de las ramas que componen el Ministerio Público.
Art. 2°: Facultar a la Comisión de Descentralización, creada en el artículo anterior, para invitar a Autoridades Nacionales y Locales y representantes de organizaciones sociales y académicas, a participar de las discusiones que en su ámbito se lleven a cabo.
Art. 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad (www.jusbaires.gov.ar), comuníquese a los Titulares del Ministerio Público, a los Magistrados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN N° 282/2004
Diego May Zubiría |
Bettina Paula Castorino |
María Magdalena Iráizoz |
(en uso de licencia) |
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Juan Sebastián De Stefano |
María Celia Marsili |
L. Carlos Rosenfeld |
( en uso de licencia) |
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