Art. 1º.- Rectifícase el error material incurrido en el artículo 1º de la Resolución de Presidencia Nº 36/08, reemplazando, “Declarar días inhábiles desde el 10 hasta el 28 de marzo de 2008 para el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 1, a cargo del Dr. Juan Vicente Cataldo, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplieren” por “Disponer feria judicial desde el 10 hasta el 28 de marzo de 2008 para el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 1, a cargo del Dr. Juan Vicente Cataldo, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplieren”.