Autorizar el llamado a Licitación Pública Nº 4/2006 para el refuncionamiento del salón de actos del edificio sito en Av. Leandro N. Alem 684.
Autorizar el llamado a Licitación Pública Nº 4/2006 para el refuncionamiento del salón de actos del edificio sito en Av. Leandro N. Alem 684.
Autorizar el llamado a Licitación Pública Nº 4/2006 para el refuncionamiento del salón de actos del edificio sito en Av. Leandro N. Alem 684.
Buenos Aires, 26 de junio de 2006
VISTO:
Las constancias obrantes en el expediente Nº DCC-102/05-0, de las que surge necesidad de proceder con la contratación de la obra para la refuncionalización del Salón de Actos, sito en el piso 1° del edificio de Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad, mediante la instalación de paneles móviles; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 16, la Dirección de Infraestructura y Obras pone a conocimiento de la Comisión Auxiliar de Infraestructura Judicial (CAIJ), el proyecto de refuncionamiento del salón de actos, mediante la instalación de paneles móviles.
Que al respecto, la Secretaría de la CAIJ, manifestó que la presente contratación tiene sustento en lo decidido oportunamente en la reunión de fecha 23/02/05 y su similar de fecha 23/10/05, no habiéndose verificado modificación alguna. Asimismo, el 25-04-06, la CAIJ ha ratificado la necesidad de proceder con la obra en cuestión (fs. 139).
Que el presupuesto estimado para la presente contratación asciende a la suma de Pesos ciento treinta y cinco mil noventa y dos con cincuenta y seis centavos ($ 135.092,56) IVA incluido, correspondiendo aplicarle el régimen de Licitación Pública, conforme a lo estipulado en la Ley 13.064, de Obras Públicas.
Que se cuenta con fondos suficientes para la presente erogación, conforme se acredita con las Constancias de Registración Preventiva Nros. 2006-01000097 y 2006-006000311, de fojas 14 y 132/133.
Que a fojas 89/1106 obra agregado el Pliego de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y a fs. 35/41 se adjuntan los planos y planilla, para la presente contratación.
Que según lo expuesto por la Dirección de Compras y Contrataciones a fs. 134/136 y existiendo los recursos presupuestarios respectivos, resulta conveniente fijar en un 30% el adelanto previsto en el pliego, el cual deberá estar garantizado debidamente.
Que la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el listado de empresas a invitar, confeccionado con las consultas del Registro Unico y Permanente de Proveedores GCABA y con otras firmas (fs. 113/131). Asimismo, elaboró el modelo de invitación para la presente contratación (fs. 111).
Que a fojas 142 del citado expediente, ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, sin formular observaciones al presente procedimiento.
Que el valor propuesto por la Dirección de Compras y Contrataciones para la venta de los Pliegos necesarios para ofertar en la Licitación Pública N° 4/2006, asciende a la suma de Pesos ciento treinta y cinco ($ 135.-).
Que se toma como referencia para la realización de la Licitación Privada de marras, el Pliego de Condiciones Generales para la Licitación, Contratación y Ejecución de Obras Menores del Consejo de la Magistratura, aprobado por Res. CM N° 338/03, modificada por Res. CM N° 806/05 y las disposiciones de la Ley 1904.
Que en virtud de las disposiciones de la Resolución CM Nº 110/2006 y conforme a la integración del Cuerpo Permanente de Preadjudicaciones dispuesta por Res. CM N° 236/06, corresponde al Secretario Letrado de la Comisión de Administración y Financiera designar al funcionario que asistirá al responsable del Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones, en el acto de apertura de ofertas, y a los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones.
Que la presente convocatoria deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante diez (10) días, y al menos quince (15) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, de acuerdo al modelo de publicación que como Anexo III forma parte de la presente Resolución.
Que también, deberá anunciarse el llamado en la cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).
Que sin perjuicio de autorizarse el llamado, antes de la adjudicación deberá consultarse al Centro de Formación Judicial sobre la programación de actividades, y evaluarse la forma de realizar la obra sin perjudicarlas.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y por los artículos 3 y 12 de la Ley 1904,
LA SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA
RESUELVE:
Artículo 1°: Autorizar el llamado a Licitación Pública Nº 4/2006 para el refuncionamiento del salón de actos del edificio sito en Av. Leandro N. Alem 684, de esta Ciudad, mediante la instalación de paneles móviles en las características y demás condiciones descriptas en los Pliegos de Condiciones Particulares y Técnicas, que como Anexos I y II integra a la presente Resolución, con un presupuesto oficial de Pesos ciento treinta y cinco mil noventa y dos con cincuenta y seis centavos ($ 135.092,56) IVA incluido.
Artículo 2º: Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de condiciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 4/2006, que como Anexos I y II, integra la presente Resolución, conforme Ley 1904.
Artículo 3º: Aprobar el modelo de aviso para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo III integra la presente Resolución.
Artículo 4°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a remitir invitaciones a no menos de diez (10) posibles oferentes.
Artículo 5º: Establecer el valor para la adquisición de los Pliegos necesarios para presentar la oferta en la Licitación Pública Nº 4/2006, en Pesos ciento treinta y cinco ($ 135.-).
Artículo 6º: Establecer el día 09 de agosto de 2006 a las 14:00 horas, como fecha para la apertura pública de las ofertas.
Artículo 7°: Designar al Cont. Santiago Brundi, para que asista al Jefe de Departamento de Coordinación, en el acto de apertura de ofertas.
Artículo 8°: Designar como miembros titulares en la Comisión de Preadjudicaciones, al Cont. Santiago Brundi y al Dr. Hernán Labate y como suplentes, al Dr. Miguel Angel Espiño y al Cont. Adrián Costantino.
Artículo 9°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones y los anuncios en el Boletín Oficial, en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, las comunicaciones a los funcionarios interesados.
Artículo 10°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por diez (10) días y con al menos quince (15) días de anticipación a la apertura de ofertas, anúnciese en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Compras y Contrataciones, a los funcionarios interesados, cúmplase y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN SCAyF N° 120 /2006
Fabián H. Durán
ANEXO I
LICITACIÓN PÚBLICA N°4/2006
REFUNCIONALIZACIÓN DEL SALÓN DE ACTOS
INSTALACION DE PANELERÍAS MÓVILES
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
ÍNDICE
1. GENERALIDADES
2. TERMINOLOGÍA
3. OBJETO DE LA LICITACIÓN
4. CONSULTA DEL PLIEGO
5. ADQUISICIÓN DEL PLIEGO
6. DEPÓSITO DE GARANTÍA Y/O ADJUDICACIÓN
7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
8. APERTURA DE LAS OFERTAS
9. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
10. PRESUPUESTO OFICIAL
11. DERECHO DE PRIORIDAD
12. PLAZO DE EJECUCIÓN
13. CERTIFICADO DE VISITA
14. CAPACIDAD LEGAL
15. CAPACIDAD ECONÓMICA FINANCIERA
16. CAPACIDAD TÉCNICA
17. AMPLIACIÓN DE INFORMES
18. TÉCNICO RESPONSABLE Y REPRESENTANTE DE OBRA
19. FORMA DE CONTRATACIÓN Y MONEDA DE COTIZACIÓN
20. DE LA FORMA DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Y DE COTIZACIÓN
21. ADELANTO
22. IMPUGNACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN
23. ORDEN DE EJECUCIÓN Y ACTA DE INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS
24. PLAN DE TRABAJO
25. INASISTENCIA DEL CONTRATISTA O REPRESENTANTE EN OBRA
26. INSPECCIÓN
27. LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO
28. PERSONAL. SALARIOS
29. HORARIO DE TRABAJO
30. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
31. ASUNCIÓN DEL CASO FORTUITO
32. MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE UN EVENTUAL INCENDIO
33. SANCIONES
34. RESCISIÓN
35. CERTIFICACIÓN/PAGOS
36. PRESENTACIÓN DE LOS CERTIFICADOS
37. PLAZO DE GARANTIA
38. RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LA OBRA
PLANILLA DE COTIZACIÓN
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
1. GENERALIDADES
El presente Pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Condiciones Generales (aprobado por Resolución CM Nº 338/2003 y su modificatoria Resolución CM Nº 806/2005), en adelante PCG, para la obra de referencia, en un todo de acuerdo a los planos del proyecto y los pliegos correspondientes. Todo ello, conforme a las disposiciones de la Ley 1904.
2. TERMINOLOGÍA
La terminología utilizada en el presente Pliego posee el siguiente significado.
PCG: Pliego de Bases y Condiciones Generales
PCP: Pliego de Bases y Condiciones Particulares
PETP: Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares
Comitente: El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Contratista: El adjudicatario, después de haber firmado la Contrata y sus complementos.
Inspección / Dirección de Obra: Representante del Comitente que verifica/aprueba la correcta provisión de materiales, la ejecución de los trabajos y servicios contratados con el Contratista y ante quien debe dirigirse éste por cualquier tramitación relacionada con las obras.
3. OBJETO DE LA LICITACIÓN
La obra consiste en la realización de trabajos para la refuncionalización del salón de actos del edificio sito en Av. Leandro N. Alem 684 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la instalación de paneles móviles, según las especificaciones técnicas y planos que se adjuntan.
4. CONSULTA DEL PLIEGO
Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas podrán ser consultados en la Dirección de Infraestructura y Obras de este Consejo, sita en Av. Roque Sáenz Peña 636, Piso 7º de esta Ciudad, en el horario de 12 a 16 horas.
5. ADQUISICIÓN DEL PLIEGO
Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas proveedoras que hayan abonado, previo a la apertura del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor del presente pliego. El presente Pliego podrá adquirirse en la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en L. N. Alem 684, piso 8º, de esta Ciudad, en el horario de 12.00 a 16.00 horas, previo depósito de la suma de Pesos Ciento Treinta y Cinco ($ 135,00) en la Cuenta Corriente N° 769/8, a nombre del Consejo de la Magistratura, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Suc.53.
El importe recibido por el Consejo por la venta de pliegos, compensa el precio de elaboración e impresión de los mismos, el que no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la licitación o se rechazaran todas las ofertas.
La no adquisición del pliego dará lugar al descarte de la oferta.
6. DEPÓSITO DE GARANTÍA DE OFERTA Y/O ADJUDICACIÓN
Los importes en efectivo que deban ingresar los oferentes y/o el contratista en concepto de garantía de oferta y/o adjudicación se depositarán en la Cuenta Corriente N° 769/8, a nombre del Consejo de la Magistratura, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Suc. 53.
7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 8.00 a 17:00 horas y hasta las 14:00 horas del día 09 de agosto de 2006, en sobre cerrado, en la Mesa de Entrada de este Consejo, debiendo estar dirigidas al Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones del Consejo de la Magistratura de esta Ciudad, e indicando como referencia la leyenda Licitación Pública Nº 04/2006, Expediente CM Nº DIO-102/05-0.
8. APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de los sobres será pública y tendrá lugar el día 09 de agosto de 2006 a las 14:00 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, Avda. L. N. Alem 684, piso 12º, Ciudad de Buenos Aires, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas económicas, según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
9. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes se obligan a mantener la oferta por el término de treinta (30) días corridos a contar desde el día siguiente al acto de apertura de los sobres. Sin embargo, el plazo de mantenimiento quedara prorrogado de pleno derecho, por el mismo plazo y sucesivamente hasta el momento de la adjudicación, a menos que los proponentes manifiesten su voluntad en contrario, la cual tendrá efecto a partir de la notificación fehaciente de esa manifestación (10) diez días antes de su vencimiento.
10. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de Pesos ciento treinta y cinco mil noventa y dos con 56/100 ($ 135.092,56)
11. DERECHO DE PRIORIDAD
Es de aplicación en la presente licitación la Ley 590, modificada por la Ley 595, reglamentada por el decreto 890/02, que establece el derecho de prioridad a favor de bienes y servicios de producción nacional.
12. PLAZO DE EJECUCIÓN
Se estipula un plazo de obra de noventa (90) días corridos, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio.
13. CERTIFICADO DE VISITA
Adquiridos los pliegos, los oferentes deberán obtener el certificado de visita al edificio donde se llevarán a cabo las obras objeto de la presente contratación. Dicha constancia deberá ser presentada junto con la oferta. No serán consideradas las ofertas de aquellos participantes que así no lo hicieren.
Los oferentes deberán contactarse con la Dirección de Infraestructura y Obra, sita en Av. Roque Sáenz Peña 636, Piso 7º de esta Ciudad, teléfonos 4331-2512/2632, con el objeto de coordinar el día y horario de visita.
14. CAPACIDAD LEGAL
Los oferentes deberán acreditar capacidad legal para contratar según lo estipulado en la cláusula 12 del PCG.
15. CAPACIDAD ECONOMICO FINANCIERA
A los efectos de acreditar su capacidad económico financiera, los oferentes deberán presentar la siguiente documentación:
15.1. Estados contables correspondientes al último ejercicio anual.
15.2. Referencias: El Oferente deberá acompañar por lo menos dos (2) notas de entidades financieras y/o comerciales y/o industriales, en las que dichas entidades suministren información del concepto y los antecedentes que les merece el oferente.
15.3. Constancia de inscripción en la AFIP y en la Dirección General de Rentas del GCBA y de pago del impuesto a las ganancias, del impuesto al valor agregado y de ingresos brutos del último mes anterior a la fecha de oferta.
15.4. Presentar los certificados previstos en los apartados 18 y 19 de la cláusula 14 del PCG.
15.5. Presentar las declaraciones juradas previstas en el apartado 21 de la cláusula 14 del PCG.
16. CAPACIDAD TÉCNICA
A los efectos de acreditar su capacidad técnica los oferentes deberán presentar la siguiente documentación:
16.1. Antecedentes de obras similares en Instituciones públicas y/o privadas ejecutadas y en ejecución en los últimos 3 años.
16.2. Plan de trabajo
16.3. Técnico Responsable
17. AMPLIACIÓN DE INFORMES
17.1. La empresa deberá entregar folletería con características técnicas y de mantenimiento de los paneles y del sistema divisorio acústico móvil a utilizar
17.2. El personal que determine la Dirección de Infraestructura y Obras del Consejo de la Magistratura, podrá visitar las oficinas, depósitos, equipos, obras realizadas, etcétera, que los oferentes declaren en su propuesta a efectos de comprobar "in situ" su capacidad.
18. TÉCNICO RESPONSABLE Y REPRESENTANTE DE OBRA
El técnico responsable, cuya presentación hará el oferente con la documentación de la oferta, deberá acreditar antecedentes suficientes que garanticen la normal marcha de los trabajos.
El Contratista deberá tener en la obra un Responsable directo, Técnico o Profesional, capaz de dirigir los trabajos y de realizar el correcto seguimiento de éstos.
Este será el responsable de los términos que establezca la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que al Contratista se refiere. Será, además, el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en los pliegos de la contratación y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de las tareas.
Deberá concurrir a diario al lugar en que se realice la obra así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Profesional / técnico responsable no concurriese.
Las citaciones al Profesional / técnico responsable se harán con un (1) día hábil de anticipación, mediante Orden de Servicio. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a la remoción del Profesional responsable.
En caso de producirse la remoción del Profesional / técnico responsable, por decisión del Contratista o a solicitud del Consejo, el Contratista deberá proponer su reemplazante dentro del plazo de dos (2) días corridos de producida la vacante. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al propuesto. En tal caso, el Contratista, deberá proponer otro.
El Contratista tendrá en forma permanente en obra un representante cuyas funciones, facultades y obligaciones serán las que determina el PCG.
19. FORMA DE CONTRATACIÓN Y MONEDA DE COTIZACIÓN
A los efectos de la determinación del precio, la contratación de los trabajos se hará por el sistema de Ajuste Alzado.
Se define como Moneda de Cotización y Moneda de Pago de la obra, el Peso.
Modificaciones de Obra:
El Consejo de la Magistratura se reserva el derecho de introducir modificaciones de obra que pueden consistir en aumento o disminución en la cantidad de cualquier trabajo para el cual exista un precio unitario en el contrato. En este caso el contratista esta obligado a aceptar, sin ninguna clase de compensación, variaciones en más o en menos de hasta un 20 % (veinte por ciento) en cualquier ítem, liquidándose al precio contratado la cantidad aumentada o disminuida.
En los casos que fuera necesario ejecutar trabajos imprevistos, bajo el concepto de adicionales, el Consejo de la Magistratura se reserva la facultad de efectuarlos, ya sea acordando el precio con el contratista sobre la base de los precios unitarios del presente contrato o instrumentando, en caso de no llegar a un acuerdo con el contratista, el o los procedimientos previstos por la normativa vigente para encomendarlos a otro contratista o realizarlo con personal propio.
Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato, el contratista deberá ampliar la garantía de adjudicación en un 5% de tal aumento.
20. DE LA FORMA DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Y DE COTIZACIÓN
El oferente deberá cotizar de acuerdo a la Planilla de Cotización obrante en la documentación.
Al ser el sistema de contratación por Ajuste Alzado se considerarán incluidos todos los servicios, ingeniería de detalle, mano de obra, materiales, equipos y mantenimiento que sean necesarios prestar o proveer para llevar a cabo todos los trabajos de acuerdo con lo establecido en las Especificaciones Técnicas para el conjunto de las tareas del ítem.
Por consiguiente el precio por un trabajo comprenderá todos los gastos, desembolsos, pérdidas, utilidades y cualquier otra retribución como contraprestación por la ejecución total de los mismos.
La Obra deberá ejecutarse conforme las Especificaciones Técnicas, los planos y los plazos contractuales, de modo que resulte completa y responda a su fin, siendo a cargo del Contratista la ejecución y/o provisión de todos los trabajos que aunque no estén indicados específicamente, resulten indispensables para que la Obra sea realizada en tiempo y forma previstos.
El oferente será responsable de obtener toda la información necesaria y disponible sobre la existencia de instalaciones o interferencias que puedan afectar el desarrollo de las obras, para lo cual deberá efectuar, con la urgencia y anticipación necesaria, las gestiones y consultas pertinentes. También estarán a su cargo todos los gastos que impliquen las diligencias aludidas..
Por ende, el Oferente deberá cotizar la totalidad de los trabajos, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas, considerando que la Obra debe quedar completamente terminada y operativa. No se considerará como adicional, ni se aceptará variación del costo de la Obra por supuestos trabajos imprevistos que sean necesarios para satisfacer el Contrato. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra.
21. ADELANTO
El oferente podrá solicitar, incluyéndolo en su propuesta económica, hasta un treinta por ciento (30%) del monto de su oferta en concepto de adelanto de obra. La suma solicitada se certificará a través de un único certificado de Adelanto. El adjudicatario deberá presentar una garantía (seguro de caución) del monto que reciba como adelanto. La aseguradora deberá ser aprobada previamente por el Consejo y la caución será equivalente a la totalidad del monto que reciba como adelanto .La tramitación que demande la obtención del adelanto aludido, será de exclusiva responsabilidad de la contratista y no dará motivo a dilaciones o atrasos en el comienzo de la obra
22. IMPUGNACIÓN DE LA PREAJUDICACION
Complementando la cláusula 23 del PCG, se establece que la impugnación podrá formularse dentro de tres días a contar desde el vencimiento del termino fijado para los anuncios de preadjudicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
23. ORDEN DE EJECUCION Y ACTA DE INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS
Emitida la orden de ejecución en los términos previstos en la cláusula 32 del PCG, el contratista dentro de un plazo de diez (10) días corridos deberá presentar los planos de proyecto técnico y el plan de trabajo. Aprobados los mismos, se labrará el Acta de inicio de los trabajos y comenzará a computarse el plazo de ejecución previsto para su realización. Este plazo incluye el tiempo que demande la provisión de los paneles, su colocación y los ajustes de obra solicitados en el pliego técnico. Vencidos los plazos establecidos precedentemente, si el contratista no hubiera iniciado realmente los trabajos el CONSEJO podrá resolver el Contrato por culpa de la Contratista, el que en dicho caso perderá la garantía de adjudicación y responderá por los daños y perjuicios consiguientes.
24. PLAN DE TRABAJO
En caso de que la Dirección de Obra observara el plan de trabajo presentado según los términos de la cláusula 39 del PCG, el Contratista deberá proceder al ajuste del mismo dentro de los dos (2) días subsiguientes de producida dicha observación.
25. INASISTENCIA DEL CONTRATISTA O REPRESENTANTE EN OBRA
Toda justificación de inasistencia del Representante o del Contratista en la Obra deberá hacerse por escrito ante la Inspección de Obra, la que podrá aceptar o rechazar las causales, mediante su asiento en el Libro de Ordenes de Servicio. En ausencia de aquel, quedará siempre en obra un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel en forma de que no resienta la marcha en la obra. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección, todo lo cual será exclusivo del Contratista o de su Representante en Obra.
Toda ausencia del Contratista o su Representante que no obedezca a razones justificadas a juicio de la Inspección dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de una Orden de Servicio.
26. INSPECCIÓN
La supervisión técnica de los trabajos corresponde al Consejo, realizando la inspección y controles pertinentes a través de la Dirección de Infraestructura y Obras del Consejo de la Magistratura, que asignará a los profesionales que tendrán a su cargo dichas tareas. A los efectos de atender las observaciones de la Inspección de Obra, deberá hallarse permanentemente en obra el Representante Técnico del Contratista.
La Inspección de Obra será designada por la Dirección de Infraestructura y Obras del Consejo de la Magistratura, se abocará a la fiscalización de la calidad de los materiales y de la mano de obra, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales. Así también, de manera conjunta con el Contratista y/o Profesional Responsable, efectuará las mediciones que servirán de base para la confección de los certificados de obra.
La Inspección de Obra tendrá libre acceso sin aviso previo a las obras.
27. LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO
La cláusula 36 del PCG se complementa con lo que se detalla a continuación:
El Libro de Ordenes de Servicio tendrá hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Ordenes de Servicio impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por el Inspector de Obra y por el Profesional Responsable de la Empresa como constancia de haber tomado conocimiento.
También se anotarán en el Libro, los resultados de los ensayos de materiales que se efectúen, como toda otra novedad que se registre durante la marcha de las obras.
28. PERSONAL. SALARIOS
El Contratista deberá abonar en término los salarios del personal que emplee, en forma directa o indirecta, para la ejecución de la obra y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre la legislación del trabajo vigente.
El Contratista será el único responsable ante el Consejo por el pago del personal que hubiere trabajado para la ejecución de la obra sin excepción alguna. Además, responderá por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamos judiciales o extrajudiciales que el incumplimiento de lo anterior ocasionase al Consejo.
El Contratista será el responsable de cualquier accidente que ocurra al personal que emplee para la obra, correspondiéndole en consecuencia el cumplimiento de las obligaciones que establece la legislación pertinente.
29. HORARIO DE TRABAJO
En el Acta de Iniciación de los trabajos, se dejará constancia del horario en que el Contratista desarrollará sus tareas. Sí deseare modificar el horario establecido, deberá solicitarlo por intermedio del Libro de Ordenes de Servicio exponiendo las razones y demás argumentos que crea conveniente.
30. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El Contratista deberá contratar por su cuenta y cargo todos los seguros estipulados en la cláusula 59 y 60 del PCG.
30.1. Laborales: Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal con relación de dependencia de acuerdo a lo estipulado en la cláusula 59 del PCG.
30.2. Responsabilidad Civil: Por daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos contratados no inferior a Pesos Cien Mil ($ 100.000)
En caso de que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el Contratista. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el Contratista deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de cualquier responsabilidad al respecto.
Si el Contratista dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados en el PCP, el Consejo podrá en tales casos, al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer, contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran debitadas por el Contratista. El Consejo deducirá las primas así desembolsadas del primer certificado presentado por el Contratista.
Las pólizas deberán establecer expresamente que los aseguradores no podrán suspender la cobertura en razón de premios no pagados por el Contratista, sin dar preavisos por escrito al Consejo de su intención de suspender la cobertura, con al menos quince (15) días de anticipación.
Dado que estos seguros cubren riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el Contratista es responsable de acuerdo con estos Documentos Contractuales, será obligación del Contratista notificar a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El Contratista será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.
Correrán por cuenta del Contratista los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no-vigencia de las Pólizas de Seguro.
El Consejo podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del programa de trabajo.
En caso de que el plazo real de ejecución del Contrato supere el plazo contractual original más las eventuales ampliaciones de plazo concedidas por el Consejo, los costos de los seguros por todo dicho tiempo excedente serán de exclusiva cuenta y cargo del Contratista.
Los seguros serán contratados por el término del plazo de obra y sus prórrogas, con una aseguradora a satisfacción del Consejo, e incluirá a éste como beneficiario de los mismos.
31. ASUNCION DEL CASO FORTUITO
El Contratista asume los riegos y eventuales daños que pudieren derivar de la existencia de un caso fortuito o de fuerza mayor conforme al artículo 513, inciso 1º, del Código Civil. En consecuencia, deberá afrontar frente al Consejo la indemnización pertinente.
32. MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE UN EVENTUAL INCENDIO
El Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendio en las obras durante el período de ejecución, debiendo a tal fin disponer de los elementos apropiados, según la naturaleza de las obras o trabajos.
Será responsabilidad del Contratista y por su exclusiva cuenta tanto los perjuicios ocasionados a la obra, como los que pudieran ocasionarse al Consejo o a terceros en caso de incendio.
33. SANCIONES
El Consejo a través de la Inspección de Obra, podrá imponer sanciones al Contratista y/o Profesional Responsable y/o su Representante en Obra en caso de incumplimiento de las condiciones contractuales, las siguientes penalidades:
33.1. Al Contratista
33.1.1. Multas.
33.1.2. Descuentos por trabajos mal ejecutados.
33.1.3. Reconstrucción de las obras.
33.3. PENALIDADES:
Las penalidades serán aplicables en los siguientes casos:
33.3.1. Al Contratista:
33.3.1.1. Multa: Cuando el Contratista no cumpliera con el Plan de Trabajo aprobado por la Inspección de Obra, o por mora en el cumplimiento de una Orden de Servicio o de Trabajo.
33.3.1.2. Descuentos por trabajos mal ejecutados: En los casos en que se compruebe la deficiencia en cualquier lugar de la obra de los materiales exigidos, resistencia, espesores o calidades. Este descuento es de carácter penal y no será necesariamente proporcional al valor económico del material o elemento ausente sino al de la disminución de la calidad de resistencia o durabilidad que ese hecho sea susceptible de producir. Su aplicación estará regulada por lo que establezcan las respectivas especificaciones técnicas y sus complementarias.
33.3.1.3. Reconstrucción de las Obras:
33.3.1.3.1. Cuando se compruebe fehacientemente que el Contratista ha realizado actos dolosos con el objeto de beneficiarse ilícitamente (empleo de materiales prohibidos, elaboración de mezclas sin debidas proporciones, empleo de materiales que no cumplan con lo especificado, etcétera).
33.3.1.3.2. Cuando las instalaciones ejecutadas no respondan a las condiciones establecidas en las correspondientes especificaciones técnicas.
33.4. MULTAS
El monto de las multas surgirá en cada caso de la suma de las multas diarias aplicadas hasta el momento de subsanarse el incumplimiento origen de las mismas o hasta sumar el monto máximo a aplicar.
Incumplimiento de plazos de obra
Si las obras contratadas no se terminaran dentro del plazo estipulado en pliego por causas no justificadas a juicio de la Dirección de Obra, la Contratista se hará pasible de una multa diaria que será del 0,4 % (cero coma cuatro por ciento del monto del contrato no ejecutado )
34. RESCISIÓN
Complementando lo establecido en la cláusula 62 del PCG.
El Consejo tendrá la facultad de proceder a la rescisión unilateral del contrato por culpa del adjudicatario, sin que a éste le corresponda indemnización alguna, en los siguientes casos:
a) Quiebra o concurso preventivo de la empresa. En este último caso, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones.
b) Cuando el adjudicatario sea culpable de fraude o negligencia, o incumpla las obligaciones y condiciones estipuladas en el contrato.
c) Cuando en la oferta se hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la adjudicación.
d) Cuando exista transferencia de todo o parte del contrato, sin que la misma haya sido autorizada previamente por el Consejo. La rescisión operada, conforme con lo establecido en el presente artículo, acarreará la pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato.
35. CERTIFICACIÓN/ PAGOS
Sin perjuicio del certificado de adelanto que se emita conforme a cláusula 21 del PCP el avance de la obra se consignará en dos certificados, uno contra entrega de los paneles e inicio del montaje y el otro al finalizarse los trabajos .
La certificación se hará de acuerdo a lo estipulado en la cláusula 71 del PCG. La medición estará a cargo de la Inspección de Obra y el Contratista. En atención al tiempo de ejecución previsto para la refacción, el Contratista preparará el certificado de avance de obra, según el formulario aprobado por la Inspección de Obra, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al cómputo y presupuestos aprobados.
Cada certificado de avance de obra deberá ser acumulativo, es decir, que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición, y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior. Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la autoridad competente del Consejo, al momento de la Recepción Definitiva.
El Contratista deberá elevar a la Dirección de Infraestructura y Obras del Consejo de la Magistratura, dentro de los primeros cinco (5) días de la quincena siguiente a la que correspondan los trabajos, el certificado por él confeccionado, para su conformidad, posterior aprobación o no, y pago del mismo.
36. PRESENTACIÓN DE LOS CERTIFICADOS
Los certificados de obra serán presentados por el Contratista en original y tres (3) copias ante la Dirección de Infraestructura y Obra del Consejo de la Magistratura para su conformidad y posterior tramitación.
37. PLAZO DE GARANTIA
Cumplimentada la Recepción provisoria en los términos de la cláusula 67 del PCG, comenzará a regir el plazo de garantía, que se fija en TRES AÑOS, durante el cual el contratista repondrá o responderá sin cargo alguno, cualquier defecto producido por deficiencias en la ejecución de los trabajos o por mala calidad de los materiales empleados y de funcionamiento.
38. RECEPCION DEFINITIVA DE LA OBRA
Se realizará conforme lo dispuesto en la cláusula 70 del PCG.
ANEXO II
LICITACIÓN PÚBLICA N° 4/2006
REFUNCIONALIZACIÓN DEL SALÓN DE ACTOS
INSTALACION DE PANELERÍAS MÓVILES
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
CAPITULO O.- CONSIDERACIONES GENERALES
0.1.- ALCANCES
El presente pliego contempla la refuncionalización del Salón de Actos del edificio del Consejo de la Magistratura en la calle Alem 684 1º piso contrafrente mediante la subdivisión del mismo con paneles acústicos móviles.
0.2.- NORMAS GENERALES
Los trabajos comprenden la provisión e instalación en la obra de referencia de un sistema divisorio acústico móvil, mediante la utilización de panelería móvil acústica con todo lo especificado en este pliego y datos adjuntos.
Se trata de un sistema capaz de subdividir física y acústicamente el Salón de Actos existente en 2 y/o 3 locales independientes, permitiendo el aprovechamiento parcial de los recintos con total hermeticidad y privacidad, y con la posibilidad de utilizar el salón en su totalidad en un único espacio. Se requiere también de una aislación acústica acorde, tanto en los paneles como en los ajustes en tabiquería de roca de yeso, para mayor confort de sus ocupantes.
Las tareas se realizarán en un todo de acuerdo con los Pliegos de Condiciones Generales, de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y los Planos que acompañan esta documentación.
Los trabajos especificados en el presente Pliego comprenden la provisión de materiales, transporte, mano de obra, herramientas, equipos y todo otro tipo de ítem que sea necesario para la completa ejecución de las obras.
0.3.- DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS
Las obras tienen como objeto:
El replanteo del local existente. Verificación de alturas a fin de constatar que el piso no presente desniveles considerables, que perjudiquen el buen desplazamiento de los paneles.
La provisión e instalación en obra del sistema de riel propuesto. Entrega, colocación y nivelación de los paneles.
Realizar ajustes laterales con tabiquería de roca de yeso y cielorrasos con placas de roca de yeso en los espacios sobre rieles y ajustes laterales, en un todo de acuerdo con planos adjuntos.
0.4.- EXCLUSIONES
Quedan excluidos del alcance del presente pliego los trabajos de instalación eléctrica necesarios para la instalación de artefactos de iluminación. Las indicaciones representadas en el plano respecto a la instalación eléctrica es referencial para encarar la obra .
0.5.- VISITA A OBRA
Los oferentes realizarán una visita obligada al lugar a fin de interiorizarse del estado del espacio a realizar la obra, ya que no se reconocerá adicional alguno cuando se alegue desconocimiento del lugar.
La contratista reconoce, de hecho, que tuvo en cuenta:
El estado actual del edificio a efectos de llevar adelante las obras que se exigen en el presente Pliego.
La existencia de elementos que pudieran entorpecer el desarrollo de la obra y que debiera ser necesario demoler o trasladar.
Las características y el alcance de los trabajos a ejecutar. En consecuencia no podrá alegar, posteriormente a su presentación, desconocimiento o falta de comprensión del total de trabajos a realizar, no reconociéndose por lo tanto posibles pedidos de adicionales o ampliaciones del plazo contractual en este sentido.
CAPITULO 1.- TRABAJOS PRELIMINARES
1.1- OBRADOR
La Contratista no podrá utilizar otros sectores del edificio distintos al salón de actos y/o al espacio que le destinará la Inspección de Obra como depósito para colocar materiales, equipos o instalaciones, salvo que medie expresa autorización de la Inspección de Obra.
La totalidad de los materiales que ingresen a la obra deberán estar reconocibles y la Contratista se hará responsable por su calidad. En todos los casos en que sea posible deberá identificar procedencia, fecha de elaboración y/o de adquisición, marca, características y vencimiento de los mismos. Tan pronto como ingresen a la obra serán guardados en el citado espacio.
La Contratista será responsable por la totalidad de los elementos que se encuentren en la obra, estén o no adheridos a ella. Por lo expresado, deberá hacerse cargo de roturas, faltantes o pérdi­das, estando a su exclusivo cargo la reposición de los elementos en cuestión, independiente­mente de las multas que por tales hechos pudieran caberle.
Dado que el edificio se encuentra en funcionamiento y afín de no perturbar el normal desarrollo de las tareas, no se permitirá el uso de radioreceptores de ningún tipo. Esta limitación se hace extensiva al uso de todo aparato o herramienta que genere ruidos molestos dentro del horario en que se llevan a cabo las actividades en esta Sede .
1.2.- RELEVAMIENTO PRELIMINAR Y REGISTRO DE OBRA
El análisis detallado y el relevamiento de la totalidad del Salón será efectuado por el Representante Técnico de la Contratista, bajo la supervisión de la Inspección de Obra.
Sobre la base del estado de situación actual y teniendo en cuenta las especificaciones del pliego la Contratista propondrá las tareas a realizar en cada caso en particular. Dicha propuesta será elevada a la Inspección de Obra para su verificación y aprobación, antes de dar comienzo a los trabajos.
La Contratista será la encargada de proponer la secuencia de los trabajos la que requerirá de la aprobación por parte de la Inspección de Obra.
En la programación de la secuencia referida, la Contratista tendrá en cuenta las prioridades de entrega que oportunamente le será indicada por la citada Inspección de Obra.
La Contratista elevará la secuencia de trabajos propuesta (Plan de Trabajos) a la Inspección de Obra, para su aprobación. Solo cuando el plan haya sido aprobado podrá proceder a la ejecución de las tareas, siempre de acuerdo a su contenido.
La Contratista no podrá comenzar con las tareas si no cuenta con la aprobación expresa de la Inspección de Obra. En su defecto será pasible de una multa de acuerdo a lo que especifica el Pliego de Condiciones Particulares.
La Contratista llevará a cabo el registro de la marcha de las obras, trabajos realizados y la información que se obtenga como consecuencia de los mismos. Deberá­ entregar copia de la documen­tación correspondiente a la Inspección de Obra al solicitar la recepción provisional de los trabajos.
1.3.- DOCUMENTACION EJECUTIVA DE OBRA
El contratista realizará la Ingeniería de Detalle Constructiva de toda la Obra y en particular lo referente a los sistemas de panelería móvil a utilizar. Procederá a desarrollar el Proyecto Definitivo, complementando acabadamente la información emanada de los presentes documentos que forman parte del Pliego Licitatorio.
Confeccionará los croquis, planos de modificación, planos conforme a obra, memorias técnicas y cuanto documento sea necesario, y los someterá a la aprobación de la Inspección de Obra, hasta obtener las aprobaciones parciales y Certificado Final de las Tareas. En el caso de existir ajustes o modificaciones la Contratista deberá adecuar la documentación siguiendo el criterio de lo indicado en este Proyecto.
Durante el transcurso de la obra se mantendrán al día los planos de acuerdo a las modificaciones necesarias y ordenadas, indicando la revisión, fecha y concepto de cada modificación, debiendo lograr la aprobación de cada revisión para su construcción.
El Contratista deberá indicar en planos todos aquellos elementos existentes. Estos planos serán la base sobre la cual el Contratista proyectara los detalles definitivos y enviará los mismos a la Inspección de Obra para su aprobación. Los detalles definitivos deberán cumplir con lo especificado en los detalles de esta licitación, que a este efecto serán considerados como de condiciones mínimas a cumplir.
Será por su exclusiva cuenta y sin derecho a reclamo alguno la introducción de las modificaciones y la adecuación a las obras de toda observación y/o corrección que resulte del estudio y aprobación de dichos planos por parte de la Dirección de Obra y las instituciones correspondientes, ejecutando las emisiones tantas veces como sea necesario para mantener actualizada la Documentación de Obra.
Para la correcta evaluación de los trabajos, la Inspección de Obra podrá solicitar, sin que ello implique adicional de precio alguno, la ejecución de planos parciales de detalle sobre puntos del Proyecto que a su juicio no resultaren claros.
El Contratista deberá entregar a la Inspección de Obra para su aprobación, por lo menos 10 días antes del comienzo de las obras, los Planos de Proyecto.
Sin la presentación de estos planos no podrá labrarse el Acta de Iniciación correspondiente.
Los planos deberán rotularse con la leyenda Planos de Proyecto y deberán ser firmados por el Representante Técnico de la Contratista. Dichos planos serán aprobados una vez verificados por la Inspección de Obra lo que será comunicado oportunamente a la Empresa Contratista, a fin de proceder una vez notificada al inicio de los trabajos.
Como mínimo los Planos de Proyecto deben estar formados por:
Plano de proyecto y replanteo de la planta del Salón de Actos del edificio en escala 1:100.
Plano de corte/vistas de las paredes móviles a incorporar en escala 1:50
Planos de detalles en escalas 1:20 /1:5 Y 1:1, para una mejor interpretación de la documentación.
CAPITULO 2.- PANELERIA MOVIL
2.1.- Descripción de trabajos
Instalación de 3 paredes móviles acústicas de acuerdo a planos adjuntos.
Materiales: todos los materiales a emplearse en los trabajos serán de calidad certificada y acreditada procedencia en su respectiva clase y sujetos a la aprobación de la Dirección y/o la inspección de Obra.
Los materiales serán llevados a la obra en sus envases originales cerrados y provistos de sello de garantía, sin evidencias de haber sido abiertos manteniéndose el producto inalterable.
Los paneles tendrán un espesor mínimo de 95 mm.
ESTRUCTURA
Marcos de aluminio extruido con esquinas reforzadas
Estructura oculta formada por un chasis tubular de acero
Riel superior (aluminio anodizado) con rodamiento horizontal.
PLACAS EXTERIORES
1- Enchapadas en laminado plástico. Acabado a definir.
2- Placas con revestimientos melamínicos con terminacion entelado, color a definir.
3- Zócalos retractiles operables del canto de los paneles.
PUERTAS DE PASO
Serán necesarias 3 puertas según plano de referencia.
MEDIDAS
Ancho máximo por panel: 1,20 m
Espesor: entre 70 mm y 90 mm
AISLACION
Cada panel estará constituido por distintas barreras acústicas. Entre dichas barreras se generan cámaras que permiten alojar materiales aislantes de acuerdo al requerimiento acústico proyectual.
MOVIMIENTOS DEL PANEL
(Individual multidireccional, no unidireccional)
Se moverán manualmente en forma individual suspendidos de rodamientos superiores, brindando un desplazamiento suave y silencioso de los paneles sin requerir ningún tipo de guía en el piso.
El ajuste de las placas se realiza mediante un mecanismo interno que actúa además de cierre acústico, de desplazamiento móvil inferior y superior, logrando facilidad en la movilidad de las placas.
3.- AJUSTES EN TABIQUERIA Y CIELORRASOS
Ajustes a realizarse con tabiqueria de roca de yeso, necesarios para adaptar la panelería móvil propuesta al salón existente, entre el riel superior y la estructura del cielorraso, con relleno de lana de vidrio como aislación acústica, de acuerdo a planos adjuntos.
Estructura Standard compuesta por solera y montantes de 70 mm. de chapa conformada matrizada de hierro galvanizado, las montantes irán colocadas cada 0.40 m. de piso a la estructura resistente. Placas de 12,5 mm. de espesor. Junta tomada con masilla Durlock o similar y encintada con cinta tejida de fibra de vidrio. Incluye cantoneras en los ángulos salientes y dos manos de enduido completo con masilla.
4.- APROBACION DEL PROYECTO
Los planos de fabricación se desarrollarán de acuerdo a lo que antecede, conjuntamente con las muestras que se exigen, se someterán a la aprobación de la Inspección de Obra.
La aprobación que se hará del proyecto así ejecutado, deberá considerarse que tiene carácter definitivo y la Contratista no podrá introducir variante o modificación durante la ejecución en taller de los prototipos o sectores de las carpinterías que solicite la Inspección de Obra que se harán en base a estos planos.
5.- CONTROL DE CALIDAD EN TALLER
La inspección está facultada para efectuar inspecciones de taller, sin previo aviso, a efectos de constatar la calidad de la ejecución y si los trabajos. En caso de duda sobre la calidad de ejecución de las partes no visibles, hará hacer las pruebas o ensayos que sean necesarios.
Antes de enviar a obra los elementos terminados se deberá solicitar la inspección de éstos en taller.
6.- CONTROL DE CALIDAD EN OBRA
Cualquier deficiencia de ejecución constatada en obra, de un elemento terminado será motivo de su devolución a taller para su corrección aunque ese elemento hubiera sido previamente aceptado. En la obra se controlará la calidad y terminación superficial en los elementos que se vayan recibiendo.
7.- PROTECCIONES
En todos los casos, los paneles deberán tener una protección apropiada para evitar posibles deterioros durante su traslado y permanencia en obra.
8.- LIMPIEZA Y AJUSTE
La Contratista efectuará el ajuste final de la panelería al terminar la obra, entregando las mismas en perfecto estado de funcionamiento.
9.- VARIOS
9.1.- LIMPIEZA DIARIA PERIODICA Y FINAL
La Contratista se obliga a mantener, en la Obra, una limpieza adecuada a juicio de la Inspección de Obra, retirando diariamente la basura y escombros que se fueren acumulando durante la marcha de los trabajos a su cargo, en cada sector. La Contratista mantendrá en perfecto estado de orden y limpieza cada uno de estos sectores.
Así mismo, la Inspección de Obra podrá exigir el cumplimiento estricto de todas las obligaciones asumidas y a recabar eventualmente, durante la ejecución de las obras, aquellas medidas complementarias que la envergadura de las mismas y los riesgos consiguientes tornen aconsejables, a su exclusivo criterio.
Deberá efectuar antes de la recepción provisoria, la limpieza final con la eliminación y retiro de todos los materiales sobrantes, enseres, herramientas, etc. que utilizó en la ejecución de los trabajos.
ANEXO III
MODELO DE PUBLICACIÓN
RESOLUCIÓN SCAyF Nº 120 /2006
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Dirección de Compras y Contrataciones
Refuncionalización del Salón de Actos de Av. Leandro N. Alem 684
Expediente CM Nº DIO-102/05-0
Licitación Pública Nº 04/2006
Objeto: Contratación de la obra pública consistente en la refuncionalización, mediante la instalación de paneles móviles, del salón de actos del edificio sito en Av. Leandro N. Alem 684 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Presupuesto Oficial: Pesos Ciento Treinta y Cinco Mil Noventa y Dos con 56/100 ($ 135.092,56).
Garantía de Oferta: Uno por ciento (1%) del presupuesto oficial.
Plazo de Ejecución: Noventa (90) días corridos, desde la suscripción del Acta Inicio.
Visita a obra: Al Salón de Actos del edificio Av. Leandro N. Alem 684.
Consultas: Dirección de Infraestructura y Obras, sita en Av. Roque Sáenz Peña 636, Piso 7º , de lunes a viernes de 12:00 a 16:00 horas; o en la página web: www.jusbaires.gov.ar
Reunión informativa: La Dirección de Compras y Contrataciones realizará el día 21 de julio de 2006 a las 16.00 horas una charla informativa para los interesados.
Adquisición de Pliegos: Dirección de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes, de 11.00 a 17.00 horas, previo depósito del valor de los Pliegos en la Cuenta Corriente Nº 769/8 en la sucursal 53 del Banco Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Córdoba 675, presentando original y copia del talón de depósito para su adquisición.
Precio de los Pliegos: $ 135,00.-
Presentación de las Ofertas: hasta las 14:00 horas del día 09 de agosto de 2006, en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, Av. Leandro N. Alem 684, Entrepiso contrafrente, de esta Ciudad.
Fecha y Lugar de Apertura: 09 de agosto de 2006, a las 14:00 horas, en la sede de este Consejo, Av. Leandro N. Alem 684, Piso 12º Frente, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fabián H. Durán
Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera