Art. 1º: Conceder a la Sra. Luciana Datola, Secretaria Privada en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 11 licencia sin goce de haberes por ejercicio transitorio de otro cargo, a partir del día 24 de julio de 2018 y por el término que ejerza las funciones para las que fuera designada, conforme el art. 66 del Convenio Colectivo de Trabajo (Res. Pres. N° 1259/15).