Prórroga contrato con la firma DIVEO
Buenos Aires, 14 de septiembre de 2004
RES. N° 660/2004
VISTO:
El expediente C.M. Nº 54/03, autos caratulados -"C.M.C.A.B.A. y Diveo Argentina S.A. s/ Prórroga de contrato - conexión a Internet", y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución C.M. Nº 356/03 de fecha 3 de julio del año 2003, el Consejo de la Magistratura aprobó la prórroga del contrato con la empresa DIVEO Argentina S.A., pactándose a favor del Consejo la facultad de prorrogarlo indefinidamente.
Que, el referido contrato se suscribió por el término de 12 meses, contados a partir de el 24 de julio de 2003, por un precio anual de Pesos cuarenta y siete mil novecientos dieciséis ($47.916.-).
Que con el día 14 de abril de 2004 la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó al Departamento de Tecnología e Informática, que informe sobre la necesidad de renovar el servicio prestado por DIVEO S.A., y en tal caso, que acompañe los pliego de condiciones particulares y especificaciones técnicas correspondientes.
Que el Departamento de Tecnología e Informática informó que el servicio prestado por DIVEO S.A., está vinculado al que presta TECHTEL LMDS Comunicaciones Interactivas S.A., y que el contrato con ésta última vence en el 31 de enero de 2005.
Que de acuerdo a lo manifestado por el Departamento de Tecnología e Informática, la Dirección de Asuntos Jurídicos, y la Comisión de Administración y Financiera, que dictaminaron favorablemente, surge como la opción mas conveniente, prorrogar el vínculo con la empresa DIVEO Argentina S.A. haciendo coincidir la expiración del contrato simultáneamente con el de la empresa TECHTEL LMDS Comunicaciones Interactivas S.A.
Que, en consecuencia, se torna necesario instruir al Departamento de Tecnología e Informática que se aboque a la redacción del pliego con las especificaciones técnicas necesarias para la implementación de los procedimientos necesarios para la contratación del servicio en forma regular.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1°: Autorizar a la Presidencia del Consejo de la Magistratura a suscribir la prórroga del vínculo con la empresa DIVEO Argentina S.A. haciendo coincidir la expiración del contrato simultáneamente con el de la empresa TECHTEL LMDS Comunicaciones Interactivas S.A. que opera el 31 de enero de 2005.
Artículo 2°: Regístrese, notifíquese a la empresa DIVEO Argentina S.A., comuníquese al Departamento de Tecnología e Informática, a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección de Programación y Administración Contable y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN N° 660/2004 |
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Carla Cavaliere |
L. Carlos Rosenfeld |
María Magdalena Iráizoz |
Juan Sebastián De Stefano |
Diego May Zubiría |
Carlos Francisco Balbín |
Bettina Paula Castorino |
María Celia Marsili |
Germán C. Garavano |