Modificacion Res. Nº 543-2003 Fondo permanente especial
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2003
RES. N° 838/2003
VISTO:
La Resolución CM N° 543/2003 del 11 de septiembre de 2003; y
CONSIDERANDO:
Que dicha resolución reformuló el procedimiento de rendición de gastos y/o compras para gastos menores y/o urgentes correspondientes a la compra de bienes y contrataciones de servicios para el mantenimiento, adaptación y refacción de las estructuras edilicias en el ámbito del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, otorgando agilidad y flexibilidad a la satisfacción de los gastos originados en razón de tareas imprevistas y/o urgentes.-
Que no obstante haber resultado ese procedimiento óptimo para posibilitar la resolución en forma inmediata de cualquier urgencia edilicia que existiere en los inmuebles mencionados, corresponde realizar una modificación a fin de adaptarlo a las actuales exigencias, dada la ampliación de la Justicia dispuesta por la ley n° 1086.-
Que en el Anexo I de la Resolución CM n° 543/03 "Fondo Permanente Especial" se especifican las características generales de procedimiento.-
Que en el punto 3 de dicho anexo se establece que los responsables de la administración y disposición de dicho fondo deben realizar rendiciones del mismo de hasta pesos quince mil ($ 15.000.-) y con un máximo de tres (3) rendiciones en el año calendario.-
Que la necesidad inmediata de afrontar gastos antes del cierre del presente ejercicio para realizar las refacciones convenientes en las estructuras edilicias que ocuparan los nuevos funcionarios y sus dependientes, conlleva la necesidad de exceptuar, en el presente año, lo prescripto en el punto 3 del Anexo I correspondiente al "Fondo Especial Permanente", a fin de poder sufragar con el mismo los gastos que las imprescindibles restauraciones irroguen.-
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la ley n°70, la Ley N° 31 y sus modificatorias,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:
Art. 1°.- Exceptuar, exclusivamente por el presente año calendario, a los responsables del Fondo Permanente Especial de la limitación del máximo de tres rendiciones de fondos establecida en el punto tercero del Anexo I de la Resolución CM n° 543/03 "Régimen de Fondo Permanente Especial"
Art. 3°.- Regístrese, publíquese en el sitio de internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar) , comuníquese a la Dirección de Infraestructura y Obras, a la Dirección de Programación y Administración Contable, al Departamento de Tesorería y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 838/2003
Diego May Zubiría Bettina Paula Castorino
María Magdalena Iráizoz Juan Sebastián De Stefano
María Celia Marsili Abel M. Fleitas Ortiz de Rozas(No firma por encontrarse en uso de licencia)