RES. Nº 873/2006

Disponer la dependencia funcional de la "Unidad de Implementación del Cuerpo Médico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” a la estructura de la Dirección de Factor Humano.

Disponer la dependencia funcional de la "Unidad de Implementación del Cuerpo Médico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” a la estructura de la Dirección de Factor Humano.

Disponer la dependencia funcional de la "Unidad de Implementación del Cuerpo Médico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” a la estructura de la Dirección de Factor Humano.

Buenos Aires, 21 de noviembre de 2006

 

RES. N° 873 /2006

VISTO:

Las Resoluciones C.M. Nº 671/06 y Nº 653/06 y el dictamen CAPJ Nº 15, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las resoluciones referenciadas en el epígrafe de la presente se dispone, respectivamente, la creación del Cuerpo Médico Forense y del Programa de Guardería, todos ellos de este Poder Judicial, como así las unidades de implementación necesarias a los fines de la puesta en funcionamiento de esas áreas.

Que en esta instancia, esta Comisión procede a analizar el funcionamiento de cada uno de ellas, ello a los efectos de recomendar al Pleno de Consejeros la inclusión de las mencionadas áreas en la estructura de este Poder Judicial, congeniando las funciones de las anteriores con el área rectora correspondiente.

Que mediante la Res. C.M. Nº 671/06 se dispone la creación del Cuerpo Médico del Poder Judicial, como así la puesta en funcionamiento de la Unidad de Implementación correspondiente, necesaria a los efectos de llevar a cabo el cometido principal de dicho resolutorio.

Que la constitución de dicho Cuerpo no sólo resulta indispensable como auxiliar de la tarea jurisdiccional, sino que también permitirá al Consejo de la Magistratura contar con una estructura propia para tareas de reconocimiento médico, con el consecuente ahorro económico a la hora de efectuar altas de personal, justificación de inasistencias por razones de salud, celebración de juntas médicas y demás servicios que a la fecha se encuentran tercerizados.

Que del análisis de las funciones descriptas se decanta el hecho de que dicha unidad corresponde se encuentre inserta, en cuanto a su funcionalidad, en la estructura de la Dirección de Factor Humano, ello por la vinculación entre las competencias y funciones de dicha dirección y el área que se crea mediante la Res. C.M. Nº 671/06.

Que en situación semejante se encuentra el Programa de Guardería, creado mediante la firma de la Res. C.M. Nº 653/06. Mediante la creación del mismo, se cumplimenta una función administrativa-social, puesto que se da una respuesta a los constantes requerimientos interpuestos tanto por agentes de este organismos como por las asociaciones de trabajadores que nuclean al personal del Poder Judicial local.

Que la directa relación entre las funciones encomendadas a los integrantes del área Guardería de este organismo y la supervisión y superintendencia encomendadas a la Dirección de Factor Humano, hace necesario y acorde que la Unidad de Implementación del Programa de Guardería dependa, en un carácter funcional, de la dirección referenciada.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

 

Art. 1°: Disponer la dependencia funcional de la "Unidad de Implementación del Cuerpo Médico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” a la estructura de la Dirección de Factor Humano.

Art. 2°:Disponer la dependencia funcional de la "Unidad de Implementación del Programa de Guarderías del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” a la estructura de la Dirección de Factor Humano.

Art. 3º: Regístrese, comuníquese a los interesados y partes, publíquese en la página web de este organismo y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 873 /2006

 

 

 

 

 

Juan Sebastián De Stefano Secretario Ramiro Monner Sans Vicepresidente

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