Resolución de Presidencia Nº 0068/2021

Art. 1°: Establecer que a los fines previstos en el Art. 5 de la Ley 6402, deberán observarse las pautas contempladas en los arts. 19, 25 y 27 del Reglamento del Expediente Judicial Electrónico - EJE (Res. CM Nº 19/2019).

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