Aprobar la aplicación de la multa a la adjudicataria Digital General Service S.A. conforme lo establecido en el inciso 118 del Decreto Ley 5720/72, graduando la misma en Pesos cuatrocientos noventa y cinco con 90/100 ($495,90), equivalente al 2 por ciento (2%) del monto del contrato.-
Aprobar la aplicación de la multa a la adjudicataria Digital General Service S.A. conforme lo establecido en el inciso 118 del Decreto Ley 5720/72, graduando la misma en Pesos cuatrocientos noventa y cinco con 90/100 ($495,90), equivalente al 2 por ciento (2%) del monto del contrato.-
Aprobar la aplicación de la multa a la adjudicataria Digital General Service S.A. conforme lo establecido en el inciso 118 del Decreto Ley 5720/72, graduando la misma en Pesos cuatrocientos noventa y cinco con 90/100 ($495,90), equivalente al 2 por ciento (2%) del monto del contrato.-
Buenos Aires, de mayo de 2007
VISTO:
El Expediente CM CAITyC Nº 141/06, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente citado en el visto tramitó la Licitación Privada Nº 17/06 cuyo objeto fue la adquisición de hardware para este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resultando adjudicatarias las firmas G&B S.R.L (renglones 1 y 3)., SONDA S.A. (renglón 4), CORADIR S.A. (renglón 5), y DIGITAL GENERAL SERVICE S.A. (renglones 6, 7 y 8).
Que a fs. 738 obra agregada la orden de compra nro. 0001-00000428, retirada por Digital General Service SA, el día 28 de febrero del año en curso.
Que por Actuación N° 3426/07, Digital General Servise SA, solicita una prórroga de diez (10) para la entrega de los insumos adjudicados.
Que la Res. CAyF N° 6/07 aprobó la prórroga solicitada, correspondiente a la orden de compra de fs. 738.
Que a fs. 797/8 se agrega el parte de recepción correspondiente a los insumos provistos por Digital General Service SA. con fecha 29 de marzo de 2007.
Que a fojas 800/801, la Dirección de Compras y Contrataciones solicita la aplicación de la multa establecida por el inc. 118 del Decreto 5720/72 a la firma DIGITAL GENERAL SERVICE S.A., adjudicataria de los renglones 6, 7 y 8, con fundamento en que la misma habría incumplido con el plazo de entrega. Asimismo, efectúa el cálculo de la multa que entiende corresponde, determinándola en Pesos cuatrocientos noventa y cinco con 90/100 ($495,90), de conformidad con la citada norma legal.
Que a fojas 803/803 vta. obra el dictámen de la Dirección de Asuntos Jurídicos, manifestando que no tiene objeciones para el informe y el cálculo de la multa efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, atento al retraso en la entrega de la mercadería por parte de Digital General Service S.A., y lo dispuesto por los incisos 91 y 118 del Decreto 5720/72.
Que si bien la citada firma, antes del vencimiento del plazo de 10 días establecido en el Pliego Licitatorio para la entrega de la mercadería, solicitó una prórroga de 10 días para cumplir con dicha entrega, la que fuera concedida mediante Res. CAyF Nº 6/07, ello no la exime de incurrir en mora en el cumplimiento del contrato, y conforme lo establecido por el inciso 118 del Decreto 5720/72, es pasible de la aplicación de una multa equivalente al 1% del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada 7 días de atraso o fracción mayor a 3 días.
Que en ese orden de ideas, habiendo vencido el término para la entrega de la mercadería por parte de Digital General Service S.A. en fecha 14 de marzo de 2007, y conforme el acta de recepción definitiva obrante a fs. 797, de la que se desprende que la misma fue recibida el día 29 de marzo de 2007, corresponde aplicar a la mencionada firma la multa establecida por el inc. 118 del Decreto 5720/72, determinándola en el dos por ciento (2%) del valor del contrato.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y su modificatoria y la Ley 1.988,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1°: Aprobar la aplicación de la multa a la adjudicataria Digital General Service S.A. conforme lo establecido en el inciso 118 del Decreto Ley 5720/72, graduando la misma en Pesos cuatrocientos noventa y cinco con 90/100 ($495,90), equivalente al 2 por ciento (2%) del monto del contrato.-
Artículo 2°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que comunique al Registro de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las sanciones impuestas.-
Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable para que proceda a afectar las multas conforme el inc. 124 del Decreto 5720/72 reglamentario del art. 61 del Decreto Ley Nº 23354/56.-
Artículo 4º: Regístrese, anúnciese en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar notifíquese a la firma adjudicataria Digital General Service S.A., comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Compras y Contrataciones, y a la Dirección de Programación y Administración Contable, cúmplase y, oportunamente, archívese.
RES. N° 279/2007
Juan Pablo Mas Velez Secretario
Carla Cavaliere Presidenta