Art. 1°: Disponer que todo el personal que presta servicios en el área jurisdiccional del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -exceptuando a los funcionarios y agentes ingresados al Poder Judicial de esta Ciudad Autónoma a partir del 02/02/2004- presente en el Departamento de Recursos Humanos, el original del título que posea, bajo apercibimiento de bloquear el pago de los adicionales por título, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder, según el siguiente cronograma: