RES. Nº 487/04

 

Eleva monto minimo para apelar

Buenos Aires, 13 de julio de 2004.

RES. N° 487/2004

VISTO:

Lo dispuesto por el artículo 456 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que, en su último párrafo, el citado artículo establece que en los juicios de ejecución fiscal la sentencia es apelable cuando el monto reclamado sea superior al que establezca la reglamentación que dicte el Consejo de la Magistratura.

Que, mediante el artículo 2° de la Resolución CM N° 149/1999, se fijó en $ 1.000 (Pesos un mil) el monto mínimo en concepto de capital, a partir del cual será procedente el recurso de apelación contra las sentencias definitivas recaídas en procesos de ejecución.

Que, en atención al elevado número de ejecuciones fiscales en trámite ante el fuero Contencioso Administrativo y Tributario, los integrantes de la Cámara de Apelaciones, por oficios de fechas 12 de marzo, 28 de abril, 7 de junio y 17 de junio del corriente año, solicitan se contemple la posibilidad de elevar dicho monto a la suma de $ 5.000 (Pesos cinco mil).

Que, a juicio de este Cuerpo, resulta razonable dar trámite favorable a la modificación propuesta, a fin de descomprimir la sobrecarga de tareas que actualmente afronta el referido Tribunal, excluyendo de dicho límite a la apelación de honorarios profesionales.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Derogar el artículo 2° de la Resolución CM N° 149/1999.

Art. 2°: Establecer en $ 5.000 (Pesos cinco mil) el monto mínimo en concepto de capital, a partir del cual será procedente el recurso de apelación contra las sentencias definitivas recaídas en procesos de ejecución, con excepción de los recursos interpuestos contra la regulación de honorarios profesionales.

Art. 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIONN° 487/2004

     

Carla Cavaliere

María Magdalena Iráizoz

L. Carlos Rosenfeld

     

Carlos Francisco Balbín

Bettina Paula Castorino

Juan Sebastián De Stefano

 

(en uso de licencia)

 
     

Germán C. Garavano

María Celia Marsili

Diego May Zubiría

     

 

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