Resolución de Presidencia Nº 0855/2012

Art. 1º.- Declarar como inhábiles los días 29, 30 y 31 de agosto y 3 y 4 de septiembre del corriente año, para la Defensoría Nº 2 ante los Juzgados de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplieren.