Modificación Punto 4 Anexo I de la Resolución Nº543/03. Fondo Perrmanente
Buenos Aires, 29 de junio de 2004
RES. N° 416/2004
VISTO:
Las Resoluciones CM N° 543/2003 y CM N° 390/2004, y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución CM N° 390/2004, se declaró la emergencia edilicia del 4° piso del inmueble de Beruti 3345, sede de los Juzgados en lo Contravencional y de Faltas Nros. 5 a 22, , a fin de iniciar de inmediato todas las acciones tendientes a dar una solución definitiva a los problemas de calefacción e instalación eléctrica en el referido edificio.
Que se encuentra actualmente vigente el régimen aprobado por Resolución CM N° 543/2003, que estableció el procedimiento de rendición de gastos y/o compras para gastos menores y/o urgentes correspondientes a la compra de bienes y contrataciones de servicios para el mantenimiento, adaptación y refacción de las estructuras edilicias en el ámbito del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, que otorgó agilidad y flexibilidad a la satisfacción de los gastos originados en razón de tareas imprevistas y/o urgentes.
Que el Anexo I de la Resolución CM N° 543/2003 "Fondo Permanente Especial" especifica las características generales del procedimiento, en cuyo punto 3 se establece que cada operación de compra o contratación no puede superar el monto de PESOS TRES MIL ($3.000).
Que, si bien luce conveniente mantener dicha cifra como tope para los gastos que se afronten mediante el "Fondo Permanente Especial", ante el reiterado fracaso de diversos procesos de contratación por inexistencia de ofertas admisibles, que generan la insatisfacción de las necesidades que motivaron los respectivos llamados, resulta necesario incrementar dicho límite a la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), exclusivamente para la adquisición de bienes o servicios que hubiesen sido objeto de contrataciones fracasadas.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:
Art. 1°: Modificar el punto 4 del Anexo I de la Resolución CM Nº 543/2003, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Cada operación de compra o contratación no puede superar el monto de PESOS TRES MIL ($3.000), con excepción de aquellos bienes o servicios que hubiesen sido objeto de Contrataciones por Trámite Simplificado (conforme Resolución CM N° 567/2003) que hubieren resultado fracasadas, en cuyo caso podrá elevarse hasta PESOS DIEZ MIL ($ 10.000)".
Art. 2º: Regístrese, publíquese en el sitio de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección de Infraestructura y Obras, a la Dirección de Programación y Administración Contable, y, oportunamente, archívese.
RESOLUCION N° 416/2004
Juan Sebastián De Stefano |
Bettina Paula Castorino |
Diego May Zubiría |
María Magdalena Iráizoz |
L. Carlos Rosenfeld |
María Celia Marsili |
Carlos Francisco Balbín |
Germán C. Garavano |
Carla Cavaliere |