Art. 1º.- Corrígese el error material incurrido en el artículo 5° de la resolución de Presidencia Nº 28/05, reemplazando “...las mismas se calcularán sobre el sueldo básico...”, por “...las mismas se calcularán sobre el sueldo básico mas los adicionales por dedicación funcional y compensación jerárquica, hasta tanto se adecuen los estatutos de las respectivas asociaciones”.