Autorizar el pago al Perito Ingeniero Carlos Avogadro
Buenos Aires, 8 de marzo de 2005.
VISTO:
La Actuación n° 20046/04 ingresada en razón de oficio remitido por el titular del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas n° 1, Dr. Alfredo Durante, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha actuación se informa que en la causa n° 13226/FCD/03, expte. nº 22336/JC/03, caratulada Castro Videla, Astrid y otra s/art. 72 C.C., en trámite por ante el Juzgado en lo Contravencional y de Faltas n° 1, corresponde el pago de honorarios profesionales regulados al Perito Ingeniero Carlos Avogadro, por la suma de pesos seiscientos ( $ 600.-).-
Que a fs. 3 obra oficio del Sr. Juez Alfredo Durante remitido a la Sra. Directora de la Dirección de Programación y Administración Contable, poniendo en conocimiento la regulación de honorarios antes mencionados y solicitando se arbitren los medios necesarios para hacer efectivo su pago.-
Que en los autos en los cuales se dirige el Sr. Magistrado, se resolvió con fecha 31 de mayo de 2004 la homologación de la conciliación alcanzada entre las partes del expediente en cuestión, disponiendo en consecuencia declarar extinguida la acción contravencional llevada adelante, sin costas en razón de la resolución abordada, obrando a fs. 1 copia de dicha sentencia.-
Que a fs. 2 obra copia certificada de la regulación de honorarios recaída en los autos de mención a favor del profesional interviniente, perito ingeniero Carlos Avogadro, regulación la cual asciende al monto de pesos seiscientos ($ 600.-) más IVA.-
Que a fs. 4 la Dirección de Programación y Administración Contable solicita a la Dirección de Asuntos Jurídicos, se expida respecto de la procedencia del pago de dichos honorarios, con fondos del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
Que a fs. 5 se expide el Sr. Titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos, Dr. Oscar Ámeal, mediante el dictamen n° 501/04, en el cual manifiesta que tratándose de honorarios regulados en una causa en la cual las partes arribaron a un acuerdo posteriormente homologado y fue declarada la consecuente extinción de la acción contravencional, sin que exista condenado en costas, corresponde el pago de los mismos por parte del Consejo de la Magistratura.-
Que, mediante el dictamen n° 07/2005 se expidió la Comisión de Administración y Financiera, manifestando que, en coincidencia con el dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos, corresponde el pago de los honorarios regulados en la causa judicial de mentas, proponiendo en consecuencia la efectivización del mismo.-
Que a fs. 9 obra la Constancia de Registración Presupuestaria N° 2005-02000474 emitida por la Dirección de Programación y Administración Contable con fecha 21 de febrero de este año.-
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Art. 1°: Autorizar el pago al Perito Ingeniero Carlos Avogadro en concepto de honorarios profesionales en la causa n° 13226/FCD/03, expte. nº 22336/JC/03, caratulada Castro Videla, Astrid y otra s/art. 72 C.C., en trámite por ante el Juzgado en lo Contravencional y de Faltas n° 1, por la suma de pesos seiscientos ( $ 600.-).-
Art. 2°: Regístrese, comuníquese al interesado, a la Dirección de Programación y Administración Contable, al Departamento de Tesorería, al Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas n° 1, publíquese en la página web de este organismo y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN N° 109/2005 |
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Carla Cavaliere |
María Magdalena Iráizoz |
L. Carlos Rosenfeld |
Carlos Francisco Balbín |
Bettina Paula Castorino |
Juan Sebastián De Stefano |
(en uso de licencia) |
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Germán Garavano |
María Celia Marsili |
Diego May Zubiría |