RES. Nº 620/2007

Instruir a la Secretaría General de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario para que proceda a integrar dicho Tribunal mediante el sorteo de conjueces de la nómina aprobada por el artículo 2º de la Resolución CM Nº 187/1999.

Instruir a la Secretaría General de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario para que proceda a integrar dicho Tribunal mediante el sorteo de conjueces de la nómina aprobada por el artículo 2º de la Resolución CM Nº 187/1999.

Instruir a la Secretaría General de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario para que proceda a integrar dicho Tribunal mediante el sorteo de conjueces de la nómina aprobada por el artículo 2º de la Resolución CM Nº 187/1999.

Buenos Aires, 2 de octubre de 2007

 

RES. Nº 620 /2007

 

VISTO:

 

La actuación Nº 19241/07, y

 

 

CONSIDERANDO:

Que, conforme el mecanismo previsto por Resolución CM Nº 185/1999, por el artículo 1º de la Resolución CM Nº 187/1999 se aprobó la nómina de conjueces para actuar ante las Cámaras de Apelaciones del Poder Judicial de la Ciudad y por su artículo 2º, el listado de conjueces de Primera Instancia.

Que, mediante la actuación citada en el Visto, tramita el oficio de fecha 4 de septiembre de 2007 del Dr. Sebastián Picasso, Secretario General de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, haciendo saber que, como consecuencia de las sucesivas renuncias presentadas por los integrantes de la lista de conjueces oportunamente confeccionda por este Consejo, dicha Secretaría se encuentra ante la imposibilidad de designar reemplazantes a los citados conjueces.

Que, tanto el artículo 38 de la Ley Nº 7 -Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad- como el artículo 1.29. del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial -aprobado por Resolución CM Nº 152/1999- preveen que, ante la imposibilidad de integrar las Cámaras se Apelaciones con magistrados de segunda instancia, éstas se integrarán con los jueces de primera instancia del fuero.

Que, en atención a las circunstancias descriptas por el Dr. Picasso en el oficio de referencia, toda vez que dicha situación no se encuentra prevista en el régimen aprobado por Resolución CM Nº 185/1999, y a fin de garantizar la adecuada prestación del servicio de justicia, corresponde efectuar una interpretación armónica de la normativa vigente instruyendo a la Secretaría General de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario para que proceda a integrar dicho Tribunal mediante el sorteo de conjueces de la nómina aprobada por el artículo 2º de la Resolución CM Nº 187/1999, conforme el criterio dispuesto en los artículos citados en el considerando precedente.

Por ello, lo manifestado por el Departamento de Relaciones Laborales y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y La Ley N° 31,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

 

Art. 1º: Instruir a la Secretaría General de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario para que proceda a integrar dicho Tribunal mediante el sorteo de conjueces de la nómina aprobada por el artículo 2º de la Resolución CM Nº 187/1999.

Art. 2°: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad, comuníquese a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION N° 620 /2007

 

 

 

 

 

Juan Pablo Mas Velez Secretario

Carla Cavaliere Presidenta

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