RES. Nº 755/05

ESTABLECER QUE EN CASO DE AUSENCIA DEL RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN Y RENDICIÓN DEL RÉGIMEN DE FONDO PERMANENTE ESPECIAL APROBADO POR RESOLUCIÓN 543/03 Y SU ANEXO 1 EL FUNCIONARIO A CARGO DEL MISMO SERÁ EL JEFE DE DEPARTAMENTO DE OBRAS Y EN CASO DE AU

 

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