RES. Nº 134/05

 

Autorizar el pago al Perito Ingeniero Ricardo Joaquín Ezquiaga

 

Buenos Aires, 15 de marzo de 2005

 

RESOLUCIÓN N°134/2005

 

VISTO:

Las actuaciones nros. 21221/04 y 21312/04, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante la actuación Nº 21221/04 tramita el oficio librado por la titular del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas Nº 3, Dra. Carla Cavaliere, y en el marco del sumario Nº 4275 caratulado “Ignoto, Eduardo Jorge s/ infr. art. 72 C.C.”, mediante el cual solicita se haga efectivo pago de los honorarios regulados en el sumario de mentas al Perito Ingeniero Ricardo Joaquín Ezquiaga, los cuales ascienden al monto de Pesos Seiscientos ($600.-).

Que, por otro lado, mediante la actuación Nº 21312/04 ingresó el oficio remitido por el magistrado a cargo del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas Nº 11, Dr. Marcelo Bartumeu Romero, quien solicita se proceda a abonar al Perito Ingeniero Ricardo Ezquiaga los honorarios regulados en el marco del expte. Nº 4220/04 caratulado “Berardi, Sergio Hugo s/infr. art. 72 C.C.”, los cuales ascienden al monto de Pesos Un Mil Quinientos ($1.500.-).

Que en relación a lo solicitado en el marco del sumario Nº 2475 del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas Nº 3, la titular remite copia de la resolución abordada en dichos autos, cuya copia obra a fs. 20/1, mediante la cual se dispone la homologación del acuerdo conciliatorio abordado entre las partes, con la consecuente extinción de la acción Contravencional, disponiendo, en definitiva, el sobreseimiento del encartado, Eduardo Jorge Ignoto.

Que con fecha 23 de noviembre de 2004, se dispuso en los actuados de mención regular los honorarios profesionales del Perito Ingeniero Ricardo Joaquín Ezquiaga por la suma de Pesos Seiscientos ($600.-), ello en razón de las labores realizadas en el expediente Nº 4275 caratulado “Ignoto, Eduardo Jorge s/ infr. art. 72 C.C.”.

Que respecto del pago de dichos honorarios con fondos del peculio de este organismo se expidió el titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos, Dr. Oscar Ameal, mediante el dictamen Nº 524/05, a fs. 31, en el cual refiere que, atento que en autos se dispuso la homologación de acuerdos de partes, resolviendo la extinción de la acción contravencional con el consecuente sobreseimiento del imputado en autos, no existiendo condenado en costas, corresponde en consecuencia efectivizar el pago por parte de este Consejo de la Magistratura.

Que en el marco del expediente Nº 4220/04 caratulado “Berardi, Sergio Hugo s/ art. 72 C.C.” de trámite por ante el Juzgado en lo Contravencional y de Faltas Nº 11 a cargo del Dr. Marcelo Bartumeu Romero, se dispuso regular honorarios judiciales al Perito Ingeniero Ricardo Joaquín Ezquiaga, por su labor profesional en dicho sumario.

Que tal como surge de la copia glosada a fs.32/33, en dicho sumario se dispuso con fecha 20 de agosto de 2004, homologar el acuerdo celebrado entre las partes, declarando en consecuencia extinguida la acción contravencional llevada adelante contra Sergio Hugo Berardi.

Que a fs. 34/5 obra copia de la regulación de honorarios respecto del Perito Ezquiaga, la cual asciende al monto de Pesos Un Mil Quinientos ($1.500.-). Respecto de los mismos, solicita el titular del Juzgado en lo Contravencional y Faltas Nº 11, se arbitren los medios necesarios a fin de efectivizar su pago.

Que mediante el dictamen Nº 521/05 se expidió el Dr. Oscar Ameal, Director de Asuntos Jurídicos de este organismo, quien manifestó que, tratándose de honorarios regulados en un sumario en el cual se declaró extinguida la acción por haberse homologado el acuerdo al cual arribaren las partes, no existiendo condenado en costas en el mismo, corresponde el pago de los emolumentos con el patrimonio de este Consejo de la Magistratura.

Que la Comisión de Administración y Financiera, emitió el dictamen Nº 17/05, y refiere que, habiéndose alcanzado en el sumario Nº 4275 caratulado “Ignoto, Eduardo Jorge s/ infr. art 72 C.C.” de trámite por ante el Juzgado en lo Contravencional y de Faltas nº 3 y en el expediente Nº 4220/04 caratulado “Berardi, Sergio Hugo s/ infr. art. 72 C.C.” perteneciente al registro del Jugado en lo Contravencional y de Faltas Nº 11, resolutorios en los cuales se dispone la finalización de las causas por homologación de acuerdos de partes, no existiendo condenados en costas en ninguno de ellos, y compartiendo el fundamento de la Dirección de Asuntos Jurídicos, propone a este Plenario de Consejeros el pago de los honorarios regulados al perito ingeniero en los sumarios de mentas con fondos pertenecientes a este Consejo de la Magistratura.

Que actualmente se cuenta con fondos suficientes para hacer frente a dicha erogación, tal como surge de la Constancia de Registración Presupuestaria N° 2005-02000561 emitida por la Dirección de Programación y Administración Contable, obrante a fs. 43.-

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1°: Autorizar el pago al Perito Ingeniero Ricardo Joaquín Ezquiaga en concepto de honorarios profesionales regulados en el sumario Nº 4275 caratulado “Ignoto, Eduardo Jorge s/ infr. art. 72 C.C.” de trámite por ante el Juzgado en lo Contravencional y de Faltas Nº 3 a cargo de la Dra. Carla Cavaliere, por la suma de Pesos Seiscientos ($600.-).

Art. 2º: Autorizar el pago al Perito Ingeniero Ricardo Joaquín Ezquiaga, en concepto de honorarios profesionales regulados en el expediente nº 4220 caratulado “Berardi, Sergio Hugo s/ infr. art. 72 C.C.”, del registro del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas Nº 11 a cargo del Dr. Marcelo Bartumeu Romero, por el monto de Pesos Un Mil Quinientos ($1.500.-).

Art. 3°: Regístrese, comuníquese al interesado, a la Dirección de Programación y Administración Contable, al Departamento de Tesorería, al Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional y Faltas N° 3, al Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional y Faltas Nº 11, publíquese en la página web de este organismo y, oportunamente, archívese.

     

RESOLUCIÓN N° 134/2005

   
     

Carla Cavaliere

María Magdalena Iráizoz

L. Carlos Rosenfeld

(se excusa)

 

(momentáneamente ausente)

     

Carlos F. Balbin

Bettina Paula Castorino

Juan Sebastián De Stefano

(momentáneamente ausente)

   
     

Germán C. Garavano

María Celia Marsili

Diego May Zubiría

(momentáneamente ausente)

   
     

 

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