Integración consejo academico
Buenos Aires, 8 de junio de 2004
RES. Nº 374/2004
VISTO:Lo dispuesto por los artículos 45 y 46 de la Ley Orgánica del Consejo de la Magistratura, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 31, en su artículo 45, establece que los órganos de gobierno del Centro de Formación Judicial son el Consejo Académico y los responsables de áreas, y su administración está a cargo de un Secretario Ejecutivo designado por el Plenario.
Que, conforme lo dispuesto en el artículo 46, el Consejo Académico está integrado por un/a (1) representante del Tribunal Superior de Justicia; uno/a (1) de los Jueces; uno/a (1) del Ministerio Público; y tres (3) profesores/as titulares designados por concurso, en representación de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
Que, toda vez que la citada norma no establece el mecanismo de designación del representante de los Jueces en el Consejo Académico, corresponde al Consejo de la Magistratura reglamentar su nombramiento.
Que, a juicio de este Cuerpo, resulta conveniente que su elección se efectúe por el voto directo de los Jueces, en forma conjunta con los comicios para la designación de los integrantes del Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento.
Que, sin perjuicio de ello, a fin de posibilitar una rápida constitución del citado Consejo Académico, luce razonable que para su primera integración la designación del representante de los Jueces sea designado por sorteo entre los magistrados de ambos fueros e instancias del Poder Judicial de la Ciudad.
Que, a fin de garantizar la transparencia de la designación, corresponde que el referido sorteo se realice en acto público especialmente convocado al efecto.Que, asimismo, resulta pertinente designar dos suplentes, para el supuesto caso en que el representante designado se vea imposibilitado de asumir el cargo.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y La Ley N° 31,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:
Art. 1°: Disponer que la elección del representante de los Jueces en el Consejo Académico prevista en el artículo 46 de la Ley 31, se efectuará por el voto directo de los Jueces de ambos fueros e instancias del Poder Judicial de la Ciudad, en forma conjunta con los comicios para la designación de los integrantes del Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento.
Art. 2°: Establecer que excepcionalmente, para la primer integración del Consejo Académico, que se extenderá hasta el día 18 de diciembre de 2006, la designación del representante titular de los Jueces, y sus dos suplentes, se realizará por sorteo en acto público, entre los Jueces de ambos fueros e instancias del Poder Judicial de la Ciudad, con exclusión de los miembros titulares del Consejo de la Magistratura.
Art. 3°: Fijar el día 22 de junio, a las 12 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, para la celebración del acto público previsto en el artículo anterior.
Art. 4°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la pagina de internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN N° 374/2004
Diego May Zubiría |
Juan Sebastián De Stefano |
Bettina Paula Castorino |
María Celia Marsili |
María Magdalena Iráizoz |
L. Carlos Rosenfeld |
Carla Cavaliere |
Germán Carlos Garavano |
Carlos Francisco Balbín |