RES. Nº 229/2007

Disponer un incremento remunerativo del 12 % (doce por ciento), retroactivo al día 1° de abril de 2007, en el salario de Juez de Cámara de Apelaciones, aplicable a todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la escala de porcentualidad establecida por Resolución CM Nº 488/2006.

Disponer un incremento remunerativo del 12 % (doce por ciento), retroactivo al día 1° de abril de 2007, en el salario de Juez de Cámara de Apelaciones, aplicable a todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la escala de porcentualidad establecida por Resolución CM Nº 488/2006.

Disponer un incremento remunerativo del 12 % (doce por ciento), retroactivo al día 1° de abril de 2007, en el salario de Juez de Cámara de Apelaciones, aplicable a todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la escala de porcentualidad establecida por Resolución CM Nº 488/2006.

Buenos Aires, 11 de mayo de 2007

 

RES. N° 229 /2007

 

VISTO:

Lo dispuesto por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley Orgánica del Consejo de la Magistratura y la Resolución CM Nº 488/2006, y

 

CONSIDERANDO:

Que, conforme las previsiones del artículo 4º del Convenio Marco aprobado por Resolución CM 507/2005, se llevó adelante el proceso de negociación salarial con las entidades representativas de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, teniendo en vista las alteraciones sufridas por el costo de vida, resulta necesario disponer un incremento salarial, tendiente a paliar la merma en el poder adquisitivo de los agentes de la Justicia de la Ciudad.

Que, en primer término, con el propósito de adoptar medidas concretas que pongan fin a los conflictos planteados, garantizando de este modo la adecuada prestación del servicio de justicia, y siguiendo la pauta establecida por el artículo 5º de la Resolución CM Nº 474/2006, corresponde otorgar un incremento remunerativo del 12 % (doce por ciento) retroactivo al día 1º de abril, para cuya concesión resulta necesario instruir a las áreas técnicas pretinentes a proyectar las readecuaciones presupuestarias del crédito vigente que así lo posibiliten.

Que, asimismo, las autoridades de este Consejo de la Magistratura realizaron múltiples diligencias ante la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Legislatura y la Subsecretaría de Justicia del Poder Ejecutivo local, a fin de solicitar un refuerzo presupuestario que garantice la posibilidad de reconocer un incremento acorde a la pauta salarial que se viene fijando a nivel nacional y local, a partir del día 1º de mayo, acordándose en dichas reuniones que en tanto se haga efectiva dicha transferencia, la recomposición será afrontada con recursos propios del Poder Judicial.

Que, encontrándose vigente la escala de porcentualidad aprobada por Resolución CM Nº 488/2006, corresponde disponer dichos incrementos salariales para el cargo de Juez de Cámara de Apelaciones, los que, en consecuencia, se harán extensivos a todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LAMAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1°: Disponer un incremento remunerativo del 12 % (doce por ciento), retroactivo al día 1° de abril de 2007, en el salario de Juez de Cámara de Apelaciones, aplicable a todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la escala de porcentualidad establecida por Resolución CM Nº 488/2006.

Art. 2°: Disponer un incremento remunerativo del 4,5 % (cuatro y medio por ciento), a partir del día 1° de mayo de 2007, en el salario de Juez de Cámara de Apelaciones, aplicable a todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la escala de porcentualidad establecida por Resolución CM Nº 488/2006.

Art. 3º: Instruir a las áreas técnicas pertinentes del Consejo de la Magistratura para que procedan a proyectar las readecuaciones presupuestarias del crédito vigente necesarias para dar cumplimiento a las medidas dispuestas en los artículos precedentes.

Art. 4°: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION Nº 229 /2007

Juan Pablo Mas Velez Secretario

Carla Cavaliere Presidenta

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