Aprobar el formulario de Solicitud de Licencia
Buenos Aires, 16 de agosto de 2005
VISTO:
Las Resoluciones CM N° 504/2005 y CM N° 616/2005, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución CM N° 504/2005 se aprobó el nuevo Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, mediante el artículo 5° de la misma Resolución, se sustituyó el régimen de licencias previsto en la Resolución CM Nº 302/2003 por el establecido en el citado Reglamento.
Que, por Resolución CM N° 616/2005, se rectificó el artículo 58 del Anexo I de la Resolución mencionada, determinando la autoridad de aplicación del régimen de licencias aplicable a los agentes de todo el Poder Judicial de la Ciudad.
Que, con el objeto de tornar más ágil y eficiente el trámite de concesión de licencias y justificación de inasistencias, se juzga conveniente que las solicitudes de tales beneficios sean formuladas mediante un formulario normalizado.
Que el modelo elaborado por la Unidad Consejero de la Dra. María Magdalena Iráizoz resulta adecuado a los fines propuestos, por lo que corresponde disponer su aprobación por el Plenario.
Que resulta necesario, asimismo, establecer un plazo para la implementación de esta medida, estimándose adecuado que la misma entre en vigencia a partir de los quince días posteriores a su comunicación a todos los titulares de las áreas administrativas y jurisdiccionales.
Que, a fin de centralizar la información necesaria para el cómputo del plazo señalado, resulta pertinente que la presente resolución sea comunicada a todas las dependencias por el Departamento de Recursos Humanos.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 31 y sus modificatorias:
EL CONSEJO DELA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1º : Aprobar el formulario de Solicitud de Licencia obrante como Anexo de la presente.
Art. 2°: Las solicitudes de licencia y justificación de inasistencias de todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán formularse mediante el formulario aprobado en el artículo 1°.
Art. 3°: La medida dispuesta en el artículo anterior entrará en vigencia a partir de los quince (15) días posteriores a la comunicación de la presente Resolución a todos los titulares de las áreas administrativas y jurisdiccionales, por parte del Departamento de Recursos Humanos.
Art. 4º : Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese al Departamento de Recursos Humanos a los fines previstos en el artículo 3° y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 665 / 2005 |
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Carla Cavaliere |
María Magdalena Iráizoz |
L. Carlos Rosenfeld |
Jorge Daniel Caputo |
Bettina Paula Castorino |
Juan Sebastián De Stefano |
(momentaneamente ausente) |
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Germán C. Garavano |
Diego May Zubiría |
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