Establecer los honorarios mensuales de los Sres. Ariel Scaramal y Maximiliano Bubenick, en la suma de Pesos Cuatro Mil Ciento Cincuenta y Dos con 07/100 ($4.152,07), los honorarios del Sr. Daniel Martínez, en la suma de Tres Mil Seiscientos Trece con 15/100 ($3.613,15), y las sumas percibidas por los Sres. Juan Pablo Cusa, Hernán Martínez, Cristian Hernán Sánchez, Miguel Millán, Juan Ponce, Marcos Comisso, Fabio Rivas, Claudio Navarro y Natalia Basile, establecerlas en Pesos Tres Mil Cuatrocientos Dieciséis con 69/100 (3.416,69)