Aprobar la aplicación de la multa a la adjudicataria Digital General Service S.A., por la suma total de Pesos Diez Mil Trescientos Ochenta y Cuatro con Dos Centavos ($10.384,02) por 13 días de atraso y Pesos Un Mil Ochocientos Cuarenta y Seis con Ocho Centavos ($1.846,08), por 15 días de retraso, en relación a las entregas de impresoras los días 26 y 28 de diciembre de 2007, respectivamente, conforme lo previsto en el inc. 118 del Dec. 5720/PEN/72, reglamentario del art. 61 del Decreto Ley N° 23354/56.
Buenos Aires, 26 de junio o de 2008
RES. Nº 474 /2008
VISTO:
El expediente DCC N° 51/07-0 s/ Adquisición de hardware, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución de la Comisión de Administración y Financiera (CAyF) N° 26/2007, se aprobó el llamado a Licitación Pública N° 5/2007, para la adquisición de hardware, con un presupuesto oficial en la suma de Pesos Dos Millones Doscientos Dos Mil Setecientos Treinta y Cinco ($2.202.735), IVA incluido.
Que mediante Resolución CM N° 649/2007, se aprobó lo actuado en la contratación, resultando Digital General Service S.A. adjudicataria de los renglones 2, 6 y 7, por la suma de Pesos Un Millón Cuatrocientos Trece Mil Ochocientos Ochenta ($1.413.880).
Que la adjudicación fue anunciada en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página del Poder Judicial, www.jusbaires.gov.ar, y publicada en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme surge de las constancias de fs. 2338/2339 y 2350/2351.
Que la Dirección de Programación y Administración Contable a fs. 2348/2349, adjuntó el compromiso definitivo.
Que a fs. 2359, obra la orden de compra nro. 44, correspondiente a Digital General Service SA, retirada con fecha 6 de noviembre de 2007. A fs. 2368/2373, presentó la póliza de caución nro. 47406, emitida por Berkley Internacional Seguros SA, en la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Un Mil Trescientos Ochenta y Ocho ($141.388), y su correspondiente suplemento en la suma de Pesos Setenta Mil Seiscientos Noventa y Cuatro ($70.694), ambos en concepto de garantía de adjudicación.
Que mediante actuación nro. 26135/08, de fecha 22 de noviembre de 2007, la adjudicataria informó que se encuentran a disposición 63 estaciones de trabajo, y el resto de los componentes según requerimiento en cronograma que envíe sistemas (fs. 2411). Al respecto, la Dirección de Informática y Tecnología, a fs. 2464, manifestó que el disco rígido con la información requerida, se encontraba disponible desde el viernes 30 de noviembre de 2007 y fue retirado por la adjudicataria el día 4 de diciembre de 2007.
Que por Resolución CAyF N° 95/2007, de fecha 29 de noviembre de 2007, se autorizó la sustitución propuesta por Digital General Service S.A., mediante actuaciones nros. 25932/07, 25898/07 y 26227/08, en los renglones 2, 6 y 7. Asimismo, se autorizó la prórroga solicitada por la adjudicataria para el renglón 7, disponiendo que 135 impresoras debían entregarse el 15 de diciembre de 2007, y las 24 restantes, el 28 de diciembre de 2007, sin perjuicio de aplicar la multa correspondiente.
Que a fs. 2527/2528, 2536/2537, 2540/2541, 2550/2551, y 2558/2560 se adjuntan los partes de recepción definitiva de fechas 20/12/07, 26/11/07, 12/12/07, 26/12/07 y 28/12/07, respectivamente. Asimismo, la Dirección de Compras y Contrataciones a fs. 2658, rectifica el parte de recepción definitiva de fs. 2558/2560, aclarando que se recibieron 24 impresoras y no 25, como se indicó inicialmente, ya que la restante fue entregada como muestra según consta en el remito de fecha 21/11/07 de fs. 2382.
Que a fs. 2562, la División de Recepción y Custodia, informó que la orden de compra nro. 44 fue cumplimentada en su totalidad.
Que el Departamento de Asignación e Imputación Presupuestaria, observó que las entregas de Digital General Service S.A. excedieron los plazos previstos en la Orden de Compra, y en la prórroga otorgada oportunamente, solicitando que se le informe si corresponde multa. Asimismo, informó que la adjudicataria presentó la factura correspondiente por la suma de Pesos Seiscientos Noventa y Dos Mil Doscientos Ochenta ($692.280.-).
Que la Comisión de Administración y Financiera, en la reunión del día 1 de febrero de 2008, dispuso la intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos, para que dictamine sobre la posible aplicación de multa a la adjudicataria e instruyó a la Dirección de Programación y Administración Contable, a que proceda con el pago de la factura mencionada precedentemente.
Que a fs. 2613, la Dirección de Asuntos Jurídicos, dictaminó entendiendo que corresponde aplicar la multa a Digital General Service S.A., en los términos dispuestos en el inc. 118 del Decreto N° 5720/72.
Que por Res. CM N° 860/2007, se autorizó la ampliación de la contratación con Digital General Service S.A., para los renglones 2, 6 y 7 en la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Un Mil Trescientos Ochenta y Ocho ($141.388). A fs. 2565, obra la respectiva orden de compra nro. 57 y a fs. 2650/2652, se adjunta la póliza de caución emitida por Berkley Internacional Seguros SA, en la suma de Pesos Veintiún Mil Doscientos Ocho con Veinte Centavos ($21.208,20), en concepto de garantía de adjudicación.
Que consecuentemente, por Res. CAyF N° 3/2008, se autorizó la prórroga solicitada por Digital General Service S.A., mediante actuación nro. 799/09, correspondiente al renglón 7, que le fueron adjudicadas por Res. CM N° 860/2007, disponiendo que 18 impresoras deberán ser entregadas el 25 de febrero de 2008.
Que a fs. 2662/2663 y 2666/2667, se adjuntan los partes de recepción definitiva correspondientes a la ampliación de la contratación, de fecha 29 de enero y 13 de febrero de 2008.
Que la Dirección de Compras y Contrataciones, informó a fs. 2670, que los días 14, 18, 19 y 20 de diciembre de 2007, fueron declarados inhábiles por Res. CM N° 248/2007.
Que dicha Dirección calculó la multa correspondiente a Digital General Service S.A., conforme las disposiciones del inc. 118 del Decreto N° 5720/PEN/72 reglamentario del art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, y teniendo en cuenta las entregas realizadas los días 26/12/07 y 28/12/07, resultando la suma de Pesos Diez Mil Trescientos Ochenta y Cuatro con Dos Centavos ($10.384,02) y Pesos Un Mil Ochocientos Cuarenta y Seis con Ocho Centavos ($1.846,08), respectivamente (fs. 2768/2770).
Que a fs. 2771/2772, conjuntamente la División de Recepción y Custodia y la Dirección de Informática y Tecnología, en carácter de integrantes de la Comisión de Recepción y Responsable Técnico, respectivamente, ratificaron el informe de fs. 2768/2770 sobre las fechas de entrega de bienes y los días de atraso desde el vencimiento del plazo contractual original. Asimismo, aclararon que los días 17 y 21 de diciembre de 2007, no deberán ser considerados como hábiles para la recepción de bienes, ya que la Dirección de Informática y Tecnología, informó a la adjudicataria que no había espacio disponible para alojar los equipamientos informáticos en los depósitos.
Que intervino nuevamente la Dirección de Asuntos Jurídicos, entendiendo que nada tiene que objetar al informe y el cálculo de multa efectuado a fs. 2768/2770.
Que la Comisión de Administración y Financiera propone al Plenario, aprobar la aplicación de la multa a Digital General Service S.A., por la suma total de Pesos Diez Mil Trescientos Ochenta y Cuatro con Dos Centavos ($10.384,02) por 13 días de atraso y Pesos Un Mil Ochocientos Cuarenta y Seis con Ocho Centavos ($1.846,08), por 15 días de retraso, en relación a las entregas de impresoras los días 26 y 28 de diciembre de 2007, respectivamente, conforme lo previsto en el inc. 118 del Dec. 5720/PEN/72, reglamentario del art. 61 del Decreto Ley N° 23354/56. Asimismo, se instruya a la Dirección de Programación y Administración Contable, para que proceda a afectar las multas conforme lo dispuesto en el inc. 124) del Dec. 5720/PEN/72, reglamentario del art. 61 del Decreto Ley N° 23354/56 y a la Dirección de Compras y Contrataciones para comunicar la sanción dispuesta al Registro Informatizado Unico y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que dicha Comisión entiende que Digital General Service S.A., retiró la orden de compras nro. 44, el día 6 de noviembre de 2007 (fs. 2359). Por lo tanto, teniendo en cuenta que el plazo de entrega es de 15 días contados a partir de la recepción de la correspondiente orden de compra, conforme lo dispuesto en el punto 10 del Pliego de Condiciones Particulares aprobado por Res. CAyF N° 26/2007, el vencimiento de dicho plazo operó el día 27 de noviembre de 2007.
Que visto las fechas de recepción de los partes de fs. 2536/2537, 2550/2551 y 2558/2560 y la aclaración de fs. 2658, surge en relación al renglón 7 (impresoras), que Digital General Service S.A., entregó el 26/11/07, 20 unidades, el 26/12/07, 135 unidades y el 28/12/07, 24 unidades. Al respecto, cabe aclarar que por Res. CAyF N° 95/2007, se dispuso que 135 impresoras debían ser entregadas el 15 de diciembre de 2007 y las 24 restantes, el 28 de diciembre de 2007.
Que por lo expuesto y teniendo en cuento que los días 14, 18, 19 y 20 de diciembre de 2007, fueron declarados inhábiles por Res. CM N° 248/2007, y considerando la aclaración de fs. 2771/2772 en relación a que los días 17 y 21 de diciembre de 2007, no le son imputables a la adjudicataria, se observa que la entrega de 20 impresoras se efectuó dentro del plazo contractual y que hubo demoras de 13 días para la entrega de 135 y de 15 días en la entrega de las restantes 24 impresoras.
Que habiendo sido la adjudicataria formalmente anoticiada de la eventual imposición de sanciones, conforme surge de las constancias de fs. 2802, no habiendo efectuado presentación alguna en ejercicio de su derecho de defensa que le asiste, se entiende consentido el trámite y el cálculo efectuado a fs. 2768/2770.
Que asimismo, la Comisión aclara que el art. 1 de la Res. CAyF N° 95/2007, otorgó prórroga para la entrega de los insumos correspondiente al renglón 7, sin perjuicio de aplicar la multa correspondiente. Dicha disposición quedó firme y no fue observada por la adjudicataria.
Que por otra parte, observó demoras en la entrega de insumos por parte de Digital General Service S.A., en relación a la ampliación dispuesta por Res. CM N° 860/2007, por lo tanto, la Dirección de Compras y Contrataciones, deberá realizar el calculo de multa correspondiente y consecuentemente la Dirección de Asuntos Jurídicos, deberá dictaminar al respecto.
Que por lo expuesto, no existen razones de hecho ni derecho que aconsejen revertir lo dictaminado por la Comisión de Administración y Financiera.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ley Nº 31.
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1°: Aprobar la aplicación de la multa a la adjudicataria Digital General Service S.A., por la suma total de Pesos Diez Mil Trescientos Ochenta y Cuatro con Dos Centavos ($10.384,02) por 13 días de atraso y Pesos Un Mil Ochocientos Cuarenta y Seis con Ocho Centavos ($1.846,08), por 15 días de retraso, en relación a las entregas de impresoras los días 26 y 28 de diciembre de 2007, respectivamente, conforme lo previsto en el inc. 118 del Dec. 5720/PEN/72, reglamentario del art. 61 del Decreto Ley N° 23354/56.
Art. 2º: Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable, para que proceda afectar las multas dispuestas en el Art. 1° de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el inc. 124) del Dec. 5720/PEN/72, reglamentario del art. 61 del Decreto Ley N° 23354/56
Art. 3°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que informe al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la presente resolución.
Art. 4°: Regístrese, anúnciese en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial, notifíquese a Digital General Service S.A., a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección de Compras y Contrataciones y oportunamente, archívese.
RESOLUCION Nº 474 /2008
Nélida Mable Daniele Secretaria
Mauricio Devoto Presidente