Crear la Comisión Auxiliar de Política Judicial
Crear la Comisión Auxiliar de Política Judicial
Crear la Comisión Auxiliar de Política Judicial
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2005
VISTO:
Lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley N° 31, la Resolución CM N° 362/2003 y la Resolución CM N° 103/2005, y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución CM N° 362/2003, se aprobó la estructura orgánica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que el artículo 3° del Anexo II de la citada Resolución dispone que sin perjuicio de las Comisiones permanentes establecidas en la ley N° 31, el Plenario puede crear las Comisiones auxiliares que mejor contribuyan al cumplimiento de sus fines, y reglamentar su organización y procedimiento.
Que el artículo 1° de la Ley N° 31, establece que es función del Consejo de la Magistratura asegurar la independencia del Poder Judicial, garantizar la eficaz prestación del servicio de administración de justicia, promover el óptimo nivel de sus integrantes, y lograr la satisfacción de las demandas sociales sobre la función jurisdiccional del Estado.
Que, para optimizar el cumplimiento de tales objetivos, se juzga conveniente constituir una Comisión Auxiliar de Política Judicial a fin de impulsar definiciones sobre Política Judicial y las medidas para implementarlas, difundir dentro del ámbito de la Justicia de la Ciudad de los métodos de solución alternativa de conflictos y acceso a la Justicia y facilitar la comunicación institucional con otras organizaciones de orientación al ciudadano.
Que la misma estará integrada por tres Consejeros, uno por cada estamento, proponiéndose a tales fines a la Dra. María Magdalena Iráizoz, en representación del estamento de los abogados, al Dr. L. Carlos Rosenfeld, en representación del estamento de la Legislatura, y al Dr. Germán C. Garavano, en representación del estamento de los Jueces.
Que, asimismo, resulta necesario dotar a la referida Comisión de una estructura orgánico-funcional que posibilite el logro de las metas propuestas, integrada por una Dirección de Política Judicial de la que dependan dos Departamentos, uno encargado de Investigación, Estudios y Proyectos, y otro de Análisis Normativo.
Que, en igual sentido, cabe trasladar bajo la órbita de la Comisión Auxiliar de Política Judicial el área estadística prevista en el artículo 56 del Anexo II de la Resolución CM N° 362/2003.
Que, con el objeto de unificar la normativa relativa a la organización interna del Consejo de la Magistratura, se torna adecuado incorporar formalmente las Comisiones Auxiliares y sus dependencias a la estructura orgánica.
Que, por el artículo 2° de la Resolución CM N° 103/2005, se dispuso la creación del Subprograma presupuestario Servicio de Apoyo Administrativo del Poder Judicial asignando al mismo las áreas que en forma exclusiva y/o concurrente brindan servicios a la Jurisdicción afectando los fondos que lo nutren de acuerdo a pautas de distribución equitativa y proporcional.
Que, en atención a la naturaleza de los servicios que prestarán la Comisión Auxiliar de Política Judicial y sus dependencias, cabe instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable para que afecte al referido subprograma presupuestario los fondos correspondientes.
Que, finalmente, toda vez que desde su aprobación la Resolución CM N° 362/2003 ha sufrido diversas modificaciones parciales, se torna necesario encomendar a la Secretaría Técnica la elaboración de un proyecto de Texto Ordenado, para ser considerado por el Plenario antes de la finalización del presente ejercicio.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y La Ley N° 31,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1 º: Crear la Comisión Auxiliar de Política Judicial, con la conformación, funciones y estructura descriptas en el Anexo I de la presente Resolución.
Art. 2°: Incorporar la Comisión Auxiliar de Política Judicial y sus dependencias, a la estructura orgánica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Resolución CM N° 362/2003.
Art. 3°: Designar como integrantes de la Comisión creada en el artículo 1° a la Dra. María Magdalena Iráizoz, en representación del estamento de los abogados, al Dr. L. Carlos Rosenfeld, en representación del estamento de la Legislatura, y al Dr. Germán C. Garavano, en representación del estamento de los Jueces.
Art. 4°: Establecer que la Oficina de Estadísticas prevista en el artículo 56 del Anexo II de la Resolución CM N° 362/2003, pasará a denominarse de Información Judicial y a depender del Departamento de Estudios y Proyectos previsto en el Anexo I de la presente
Art. 5°: Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable para que impute los gastos que origine la Comisión Auxiliar de Política Judicial al Subprograma presupuestario Servicio de Apoyo Administrativo del Poder Judicial, en los términos del artículo 2° de la Resolución CM N° 103/2005.
Art. 6°: Encomendar a la Secretaría Técnica la elaboración de un proyecto de Texto Ordenado de la Resolución CM N° 362/2003, para ser considerado por el Plenario antes del día 31 de diciembre de 2005.
Art. 7°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.
RESOLUCION N° 1022 /2005
Carla Cavaliere - María Magdalena Iráizoz - L. Carlos Rosenfeld
Ricardo F. Baldomar - Juan Sebastián De Stefano - Germán C. Garavano (en uso de licencia)
Diego May Zubiría
RESOLUCION N° 1022 /2005
ANEXO I
Comisión Auxiliar de Política Judicial
1.- Integración
La Comisión Auxiliar de Política Judicial estará integrada por tres (3) consejeros que deberán representar a los tres estamentos.
2.- Organo Consultivo
La Comisión tendrá como órgano consultivo al Consejo Académico del Centro de Formación Judicial. Sin perjuicio de ello, la Comisión podrá convocar a grupos de estudio en los que participen las Asociaciones de Magistrados, los Sindicatos, el Colegio Público de Abogados, los Ministerios Públicos y expertos en Reforma Judicial.
3. - Funciones
Las funciones de la Comisión serán:
a) Impulsar definiciones sobre Política Judicial y las medidas para implementarlas.
b) Difundir dentro del ámbito de la Justicia de la Ciudad de los métodos de solución alternativa de conflictos y acceso a la Justicia.
c) Facilitar la comunicación institucional con otras organizaciones con competencia en el diseño de política judicial.
4. - Estructura
La Comisión tiene una estructura compuesta por una (1) Dirección, de la que dependen dos (2) Departamentos
5. - Dirección de Política Judicial
La Dirección de Política Judicial será coordinada por un Director y sus funciones serán:
a) Estudiar el desempeño del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dirigiendo investigaciones, estudios y análisis sobre Administración, Política Judicial, e indicadores de desempeño de Juzgados y Tribunales.
b) Dar instrucciones y coordinar la labor de los departamentos de Investigación, Estudios y Proyectos; y Análisis Normativo.
c) Determinar estándares de desempeño de los Juzgados y Tribunales.
d) Realizar el control y auditoría del desempeño de los juzgados y tribunales.
e) Analizar la información estadística acerca de la demanda de tutela judicial.
f) Elaborar los Planes de Gestión de Calidad que resulten pertinentes y llevar a cabo, la recepción y procesamiento de sugerencias y quejas de usuarios, magistrados y personal del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
g) Facilitar el acceso de las entidades interesadas y el público en general, a la consulta de bases de datos relativas al funcionamiento del sistema.
h) Supervisar los Proyectos de Reforma Judicial elaborados por el área.
i) Coordinar proyectos de reglamentos referidos a la organización judicial y toda normativa que asegure la independencia de los jueces y la eficaz prestación de la administración de justicia
j) Ejecutar los Proyectos de Reforma Judicial con financiamiento nacional e internacional.
k) Elaborar, proponer al plenario y ejecutar acuerdos con instituciones del sector.
l) Realizar recomendaciones, presentar proyectos y experiencias piloto de mejoramiento del sistema judicial a la Comisión Auxiliar de Política Judicial.
6. - Departamento de Investigación, Estudios y Proyectos
El Departamento tendrá a su cargo dos (2) oficinas a saber:
a) Oficina de Información Judicial; y
b) Oficina de acceso a la Justicia y métodos alternativos de solución de conflictos.
7. - Funciones
Las Funciones del Departamento de Investigación, Estudios y Proyectos serán:
a) Supervisar y planificar anualmente las actividades de las dos oficinas a su cargo.
b) Analizar los datos recibidos y producir Informes en base a la información suministrada por la Oficina de Información Judicial.
c) Elevar recomendaciones referidas a la carga de trabajo por fuero y territorio.
d) Producir informes en base a las actividades correspondientes a acceso a la Justicia.
e) Elevar recomendaciones acerca de las nuevas necesidades que surjan de los informes referidos a las actividades de acceso a la Justicia.
f) Coordinar la redacción de manuales y guía de orientación al publico.
8.- Oficina de Información Judicial
Sus funciones serán:
a) Procesar la información estadística recoletada por la oficina respectiva a fin de analizar la demanda y oferta de tutela Judicial y sus tiempos.
b) Determinar la Tasa de litigiosidad, la cantidad de expedientes por Juzgado y por Fuero, la distribución geográfica de la carga de trabajo y todo otro indicador que resulte pertinente para el análisis del Sistema Judicial.
c) Realizar encuestas a los usuarios sobre la calidad y servicio brindados.
d) Realizar modificaciones por medio de muestras y encuestas
9.- Oficina de Acceso a la Justicia y métodos alternativos de solución de conflictos.
Sus funciones serán:
a) Analizar y coordinar todas las actividades referidas a acceso de la Justicia.
b) Definir el alcance y metodología de las actividades de orientación al ciudadano y acceso a la Justicia.
c) Definir el perfil de los equipos encargados de ejecutar las actividades de orientación al ciudadano y acceso a la Justicia en función de las necesidades del lugar donde se realizaran las mismas.
d) Redactar manuales y guías de orientación al público.
e) Producir la información respecto de las actividades de acceso a la Justicia.
f) Brindar asesoramiento y orientación jurídica a los encargados de las tareas de acceso a la Justicia.
g) Definir las pautas para la difusión de los sistemas de acceso a la Justicia.
h) Fijar las pautas de comunicación entre los funcionarios encargados de las actividades de acceso a la Justicia y los Magistrados y Funcionarios del Ministerio Público (Defensa, Fiscalías y Asesorías).
i) Constituirá, organizará y administrará el registro de mediadores conforme ley 1.472 Art. 41.
10.- Departamento de Análisis Normativo
Sus funciones serán:
a) Preparar proyectos de ley, y proponerlos a la Comisión para su remisión a la Legislatura.
b) Analizar los proyectos de ley existentes en la Legislatura y proponer modificaciones.
c) Presentar proyectos de reglamentos a la Comisión.
d) Colaborar con la Dirección en la implementación de la transferencia del Poder Judicial Nacional al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e) Colaborar con la Dirección en la elaboración de proyectos que permitan mejorar y potenciar las competencias del Poder Judicial de la Ciudad.
f) Compilar y mantener actualizada la legislación referida a la organización del Poder Judicial de la Ciudad.
Res. N° 1022 /2005 Anexo I