RES. Nº 002/2007

Modificar las Resolución CM N° 1052/2006, estableciendo que la Sra. Consejera Dra. María Teresa del Rosario Moya permanecerá en funciones durante los días 2 al 31 de enero de 2007

Modificar las Resolución CM N° 1052/2006, estableciendo que la Sra. Consejera Dra. María Teresa del Rosario Moya permanecerá en funciones durante los días 2 al 31 de enero de 2007

Modificar las Resolución CM N° 1052/2006, estableciendo que la Sra. Consejera Dra. María Teresa del Rosario Moya permanecerá en funciones durante los días 2 al 31 de enero de 2007

Buenos Aires, 10 de enero de 2007

RES. Nº 2/2007

VISTA:

La Resolución CM N° 1052/2006, y la nota Nº 026/2007 de la Sra. Consejera Dra. María Teresa Moya, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución CM Nº 1052/2006 se estableció la nómina de empleados, magistrados y funcionarios que permanecerán en funciones durante la feria judicial correspondiente al mes de Enero 2007.

Que, de dicha Resolución se establece que la Sra. Consejera Dra. María Teresa del Rosario Moya permanecerá en funciones desde el 2 de enero hasta el 15 de enero de 2007.

Que, por otra parte mediante nota Nº 026/2007m de fecha 9 de enero de 2007, la Dra. María Teresa del Rosario Moya comunica que permanecerá en funciones desde el 2 de enero hasta el 31 de enero de 2007.

Que, por todo lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nº 31 y art. 65 del Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura, aprobado por Res. CM Nº 504/2005, corresponde rectificar la Resolución CM Nº 1052/2006,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Modificar las Resolución CM N° 1052/2006, estableciendo que la Sra. Consejera Dra. María Teresa del Rosario Moya permanecerá en funciones durante los días 2 al 31 de enero de 2007.

Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

RESOLUCIÓN Nº 2/2007

Carla Cavaliere Presidenta

María Teresa del Rosario Moya (conf. art. 26 Regl. Plenario)

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