Tener por concedida a la Srta. Maria Clara Pereyra, Categoria 17 SG - en el Departamento de Informática y Tecnología, licencia extraordinaria por enfermedad de largo tratamiento desde el día 6 de julio y hasta el día 11 de agosto de 2006, inclusive.
Tener por concedida a la Srta. Maria Clara Pereyra, Categoria 17 SG - en el Departamento de Informática y Tecnología, licencia extraordinaria por enfermedad de largo tratamiento desde el día 6 de julio y hasta el día 11 de agosto de 2006, inclusive.
Tener por concedida a la Srta. Maria Clara Pereyra, Categoria 17 SG - en el Departamento de Informática y Tecnología, licencia extraordinaria por enfermedad de largo tratamiento desde el día 6 de julio y hasta el día 11 de agosto de 2006, inclusive.
Buenos Aires, 22 de agosto de 2006.
VISTO:
Las Notas del Departamento de Informática y Tecnología, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante las Notas del visto, la agente Maria Clara Pereyra, Categoría 17 SG en el Departamento de Informática y Tecnología, solicita licencia extraordinaria por enfermedad de largo tratamiento desde el 6 de julio y hasta el día 11 de agosto de 2006 inclusive.
Que, el agente de referencia, acompaña certificados médicos de la Obra Social del Poder Judicial, y constancias de control de ausentismo del medico laboral, donde consta su diagnóstico.
Por lo expuesto, atento al tiempo de inasistencia, el diagnóstico, la conformidad de su Superior jerárquico, habiendo justificado en debida forma sus inasistencias en el período antes mencionado, procede otorgar la licencia solicitada como extraordinaria de largo tratamiento conforme lo establecido en el art. 75 del Reglamento interno.
Por ello, lo informado por el Departamento de Relaciones Laborales y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley N° 31,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1º: Tener por concedida a la Srta. Maria Clara Pereyra, Categoria 17 SG - en el Departamento de Informática y Tecnología, licencia extraordinaria por enfermedad de largo tratamiento desde el día 6 de julio y hasta el día 11 de agosto de 2006, inclusive.
Art. 2°: Regístrese, comuníquese al Departamento de Relaciones Laborales a fin de dejar constancia en el legajo personal de la Srta. Pereyra y a la Secretaría Técnica a los efectos de notificar a la interesada y a su superior jerárquico, y oportunamente archívese.
RESOLUCIÓN N° 591 /2006
Juan Sebastián De Stefano SecretarioCarla Cavaliere Presidenta