Art. 1°: Suspender los efectos de la Resolución de Presidencia Nº 1171/2017 hasta tanto intervenga, en forma expresa, el Señor Administrador General del Poder Judicial, corroborando la existencia del crédito presupuestario en los términos de la Res. CM Nº 220/2015 modificatoria de la Res. CM Nº 1046/2011.