RES. CAyF Nº076/05

Autorizar el pago a Policía Federal Argentina

 

Buenos Aires, 14 de octubre de 2005

 

RESOLUCION CAyF N° 76 /2005

 

VISTO :

La actuación nro. 13708/05,

 

CONSIDERANDO:

Que la Policía Federal Argentina remite a este Consejo la Factura N° 00024841 y la Nota de Débito Nº 6486, junto con las copias de las Planillas donde se discriminan los módulos facturados por el servicio de policía adicional por la suma total de treinta y un mil cuatrocientos cincuenta pesos ($ 30.450.-).

Que en cada una de las fojas de la liquidación obra la firma del Secretario de Coordinación y del Intendente de cada uno de los edificios o en que se prestó el servicio (v. fs. 6/21) y a fs. 2 y 25 obran memorandums mediante los cuales cual el Jefe de Seguridad del Consejo, Sr. Gabriel Pipet, da cuenta y detalla la prestación de los servicios durante el mes de junio de 2005, por la totalidad de 1.218 módulos de servicio.

La factura mencionada y la nota de débito, incluyen las 756 módulos de servicios prestaciones desarrolladas de acuerdo al convenio suscripto con la Policía Federal para los edificios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma, sitos en la Av. Alem 684, Av. de Mayo 761, Beruti 3345 y Combate de los Pozos 155, más los servicios no contemplados en dicho convenio, pero que fueron prestados en los edificios de H. Irigoyen 932 y Tacuarí 138, y de custodia de magistrados integrantes del fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad.

Que la prestación cumplida por Policía Federal Argentina (P.F.A.) totaliza 1218 módulos de servicio.

Que según informa la Dirección de Programación y Administración Contable existen 756 módulos que se encuentran incluidos en el convenio firmado el 9 de marzo de 2004 con la Policía Federal Argentina. Dicho servicio asciende al monto de dieciocho mil novecientos pesos ($ 18.900).

Que intervino la Dirección de Asuntos Jurídicos emitiendo el Dictamen N° 897/2005, manifestando que corresponde abonar por el régimen del legítimo abono, el servicio de policía adicional prestado durante el mes de junio de 2005 en los edificios de Hipólito Irigoyen Nº 932, Tacuarí Nº 138, refuerzo de Av. de Mayo 761 y los servicios relacionados con la custodia de magistrados del Contencioso Administrativo, porque el Consejo ha recibido un servicio útil, que al no retribuir con la contraprestación pertinente produciría un empobrecimiento de la otra parte, configurándose los requisitos que dan lugar a la aplicación de la teoría del enriquecimiento sin causa, que es suficiente causa obligacional.

Que en este estado, llegan las actuaciones a la Comisión de Administración y Financiera para que resuelva sobre la procedencia del pago por el régimen de legítimo abono.

Que los antecedentes reseñados precedentemente demuestran la intervención de las áreas competentes, y que éstas realizaron un exhaustivo control de la documentación aportada por la Policía Federal.

Que la Comisión de Administración y Financiera ha dispuesto que debían evitarse los pagos por legítimo abono, y recomendó la ampliación del convenio actual con la Policía Federal, hecho que se ha visto reflejado en el expediente 20/05 en el que tramita la suscripción del nuevo convenio, contemplando todos los objetivos en los que hoy se presta el servicio. Actualmente, la Dirección de Asuntos Jurídicos ha elaborado el respectivo proyecto que se encuentra a estudio del Plenario del Consejo.

Que, según lo dispuesto en el art. 1 punto iv), de la Res. CM N° 344/05, la Comisión de Administración y Financiera tiene la facultad de autorizar los pagos por legítimo abono.

En virtud de lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria, y la Resolución CM Nº 344/2005,

 

LA COMISION DE ADMINISTRACION Y FINANCIERA

 

RESUELVE:

Artículo 1°: Autorizar el pago a Policía Federal Argentina de once mil quinientos cincuenta pesos ($ 11.550.-), por el régimen de legítimo abono, por los servicios prestados durante el mes de junio de 2005, bajo la modalidad de "policía adicional".

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, publíquese en la página web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar) y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION CAyF N° 76 /2005

María Magdalena Iraizoz - Germán C. Garavano

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