RES. Nº 069/04

 

Crear la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas

Buenos Aires, 12 de febrero de 2004

RES. Nº 69/2004

VISTO:Las Resoluciones CM Nros. 789/2003, 896/2003, 897/2003, 912/2003 y 17/2004

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1° de la Resolución CM Nro. 789/2003, citada en el Visto, se estableció como fecha de constitución del Fuero Contravencional y de Faltas del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, el día 2 de febrero del año 2004.Que a fin de reforzar la planta profesional de los Juzgados de Primera Instancia del referido fuero, por Resolución CM Nº 896/2003 se dispuso la creación del cargo de Prosecretario Coadyuvante.

Que, a su vez, por Resoluciones CM Nº 897/2003 y 912/2003 se aprobó la dotación inicial de personal de los Juzgados Nros. 5 a 22 y se efectuaron las designaciones de los agentes que integran la misma.

Que, a los fines de posibilitar la conclusión de las obras de refacción y adecuación de las instalaciones destinadas a los referidos juzgados, por Resolución CM N° 17/2004 se extendió la feria judicial hasta el día 7 de febrero de 2004.

Que, tanto la planta de personal asignada a los Juzgados Nros. 5 a 22 como los espacios físicos asignados a los mismos, tienen carácter transitorio hasta tanto se concluyan las obras de infraestructura en las sedes de Tacuarí 138 y Beruti 3345 y se determine la efectiva carga de tareas del fuero recientemente constituido.

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario en esta primera etapa disponer la creación de una Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, con intervención para todos los juzgados referidos, a fin de centralizar la atención al público, informar sobre la radicación de las causas, recepcionar escritos y posibilitar la compulsa de expedientes.

Que, en tal sentido, cabe destacar las experiencias de implementación de oficinas comunes en diversos Poderes Judiciales, tanto a nivel nacional como internacional, con resultados positivos.

Que corresponde, asimismo, establecer la dotación inicial de personal que prestará servicios en esta unidad, estimándose conveniente que la planta mínima esté compuesta por un secretario letrado, quién será el responsable del área, un prosecretario administrativo, un oficial, seis auxiliares y seis auxiliares de servicio.

Que, finalmente, se juzga necesario aprobar un reglamento provisorio de la Mesa General de Entradas, que establezca los criterios básicos para su organización y funcionamiento.

Por ello, y en función de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la ley 31 y demás normas concordantes.

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:

Artículo 1º: Crear la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, con sede en la calle Beruti 3345 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2º: Aprobar el "Reglamento Provisorio de Organización y Funcionamiento de la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas" que como Anexo I integra la presente resolución.

Artículo 3°: Aprobar la dotación inicial de personal de la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, la que estará integrada por un secretario letrado, un prosecretario administrativo, un oficial, seis auxiliares y seis auxiliares de servicio, pudiendo ser modificada si las necesidades de servicio así lo justifican.

Artículo 4°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a los Sres. Titulares del Ministerio Público, a la Cámara de Apelaciones en lo Contravencional y de Faltas, a los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, a la Dirección de Programación y Administración Contable, a la Dirección de Infraestructura y Obras, al Departamento de Recursos Humanos y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 69/2004

Diego May Zubiría Bettina Paula Castorino

María Magdalena Iráizoz Juan Sebastián De Stefano

María Celia Marsili L. Carlos Rosenfeld

Res. CM N° 69/2004 - ANEXO I

REGLAMENTO PROVISORIO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA GENERAL DE ENTRADAS DE LA JUSTICIA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS

Art. 1: Todo expediente remitido por la Cámara de Apelaciones en lo Contravencional y de Faltas a los Juzgados de Primera Instancia con sede en el inmueble de Beruti 3345, será recibido por la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, donde se registrará número de expediente, materia, carátula y radicación. Una vez registrados, los expedientes serán distribuidos entre los Juzgados respectivos, en el día de su ingreso.

Art. 2°: La Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas evacuará las consultas del público relativas a la radicación de las causas. Se brindarán también informes sobre el estado de los expedientes, una vez concluido el proceso de informatización del fuero.

Art. 3°: Los escritos judiciales serán presentados en la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, donde se les dará cargo y serán remitidos en el día al Juzgado en que tramita la causa. Los escritos correspondientes a expedientes en que se hayan dispuesto medidas que afecten la libertad de las personal, amparos o medidas cautelares, serán girados en el acto. La demora en la remisión de los escritos, será considerada falta grave.

Art. 4°: Los expedientes permanecerán bajo la custodia del Juzgado en que tramiten. En caso de solicitarse su compulsa, el personal de Mesa de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas lo requerirá al Juzgado, que podrá remitirlo bajo recibo o autorizar su consulta en la sede del mismo. En caso de no encontrarse disponible el expediente para su compulsa, se informará dicha circunstancia al requirente.

Art. 5°: La custodia de los expedientes remitidos para su compulsa a la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas será responsabilidad de su Secretario Letrado, hasta su devolución al Juzgado en que tramitan. El personal de Mesa de Entradas sólo permitirá la compulsa del expediente contra entrega de credencial profesional o documento de identidad.

Art. 6: Los pases, devoluciones y elevaciones de expedientes serán efectuados por la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, que registrará dichos movimientos. También estará a cargo del personal de la Mesa General de Entradas el diligenciamiento de los oficios librados por los Juzgados.

Art. 7: Las cédulas de notificación serán remitidas diariamente por los Juzgados a la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas antes de las 10 horas, a fin de ser giradas al Departamento de Mandamientos y Notificaciones. En el caso de notificaciones con carácter urgente (con auto que así lo ordene y consignado expresamente en el cuerpo de la cédula), libradas con posterioridad al horario señalado, las mismas serán recepcionadas en la Mesa General de Entradas hasta las 15 horas.

Art. 8: Las disposiciones de los artículos 3° a 7° del presente Reglamento sólo serán de aplicación a los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 5 a 22.