Art. 1º: Conceder licencia por motivos particulares sin goce de haberes a María Agostina Medina (Legajo N° 5433), a partir del 1° de abril de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023 inclusive, conforme lo establecido en el artículo 61 del Reglamento Interno del Poder
Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Res. CM N° 170/2014) y en el artículo 65 del Convenio Colectivo General de Trabajo del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Res. Pres. N° 1259/2015).