Modificación art. 8º del Anexo I de Resolución Nº69/04. Mesa General de Entradas
Buenos Aires, 6 de julio de 2004
RES. N° 453/2004
VISTO:La Resolución CM N° 69/2004 y la presentación de los titulares de los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 2 y 4, de fecha 17 de junio de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución CM N° 69/2004, se dispuso la creación de la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, con asiento en la sede de Beruti 3345.
Que el artículo 8° del Reglamento Provisorio de Organización y Funcionamiento de la Mesa General de Entradas, obrante como Anexo I de la citada resolución, establece que las disposiciones de los artículos 3° a 7° sólo serán de aplicación a los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 5 a 22.
Que por actuación N° 9021/04, los Dres. Carlos Bentolila y Graciela Dalmas, titulares de los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 2 y 4, respectivamente, solicitan se arbitren los medios tendientes a autorizar a que la Mesa General de Entradas preste sus servicios a las unidades a su cargo.
Que, toda vez que los referidos Juzgados tienen asiento en la sede de Beruti 3345, no existe obstáculo alguno que impida dar trámite favorable a lo solicitado, correspondiendo modificar en tal sentido el Anexo I de la Resolución CM N° 69/2004.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:
Art. 1°: Modificar el artículo 8° del Anexo I de la Resolución CM N° 69/2004, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Las disposiciones de los artículos 3° a 7° del presente Reglamento serán de aplicación a todos los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas con asiento en la sede de Beruti 3345".
Art. 2º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a los Sres. Titulares del Ministerio Público, a la Cámara de Apelaciones en lo Contravencional y de Faltas, a los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 2 y 4 y, oportunamente, archívese.
RESOLUCION N° 453/2004
Juan Sebastián De Stefano Diego May Zubiría Bettina Paula Castorino
María Celia Marsili L. Carlos Rosenfeld María Magdalena Iráizoz
Carlos Francisco Balbín Carla Cavaliere Germán C. Garavano