Art. 1°: Establecer que el cargo de Escribiente, que actualmente integra la estructura del Registro Judicial de Contravenciones dependiente de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, conforme lo informado en los considerandos de la presente, pase a integrar la estructura de la Secretaría General de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas.