Art. 1º: Rectificase el error material incurrido en el anexo 1º de la Resolución de Presidencia Nº 98/2008, reemplazando respecto del importe de los Sres. Caruso, Romero y Volpe, “$1000 (1 sesión), $200 (hora y excedente) y $50 (Fracción 15’)”, por “$1200 (1 sesión), $300 (hora y excedente) y $75 (Fracción 15’).