Declarar como inhábiles para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Buenos Aires, 3 de mayo de 2005
VISTO:
El paro de actividades de los empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante los días 26, 27, 28 de abril, y 2 de mayo de 2005, y el paro de actividades de los empleados del fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el día 29 de abril de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que, los paros de actividades referidos afectaron el normal funcionamiento del Poder Judicial de esta Ciudad.
Que las circunstancias descriptas constituyen suficiente causal para que este Consejo de la Magistratura decrete como inhábiles las referidas jornadas para todo el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires excluido el Tribunal Superior de Justicia, durante los días 26, 27, 28 de abril, y 2 de mayo de 2005; y para el fuero Contencioso Administrativo y Tributario el día 29 de abril de 2005, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución local, la Ley N° 31, y el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1º: Declarar como inhábiles para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, excluyendo al Tribunal Superior de Justicia los días 26, 27, 28 de abril, y 2 de mayo de 2005, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias.
Art. 2°: Declarar como inhábil para el fuero Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 29 de abril de 2005, sin perjuicio de la validez de los actos efectivamente cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias.
Art. 3º:Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, en las carteleras de todas las sedes del Poder Judicial de la Ciudad, en la página de Internet www.jusbaires.gov.ar, comuníquese y, oportunamente, archívese.
RESOLUCION Nº 314/2005 |
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Carla Cavaliere |
María Magdalena Iráizoz |
L. Carlos Rosenfeld |
(según su voto) |
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Carlos Francisco Balbín |
Bettina Paula Castorino |
Juan Sebastián De Stefano |
Germán C. Garavano |
María Celia Marsili |
Diego May Zubiría |