Sustituir el Anexo I de la Resolución CAyF Nº 39/05, por el texto que como Anexo I integra la presente Resolución de la CAyF.-
Buenos Aires, 11 de abril de 2006
VISTO:
La Ley Nº 70, las Resoluciones CM Nº 29/99, CM Nº 878/03, CM Nº 86/04, CM Nº 87/04, CM Nº 195/04, CM Nº 416/04, CM Nº 508/04, CM Nº 592/04, CM Nº 983/04, CM Nº 148/05, CM Nº 376/05, CM Nº 680/05 CAyF Nº 18, CAyF Nº 39/05, CAyF Nº 42/05, CAyF Nº 44/05, CAyF Nº 100/05, CAyF Nº 101/05, CAyF Nº 102/05, y la Resolución de la CAyF Nº 103/05, y
CONSIDERANDO:
Que las normas referidas en el Visto establecen, modifican y reglamentan el procedimiento general para Cajas Chicas
Que los fondos otorgados mediante el Régimen General de Caja Chica, tienen como objetivo el de cubrir los gastos de menor cuantía que no puedan ser proveídos por el Consejo de la Magistratura.
Que resulta necesario establecer en una sola resolución todo lo referente al procedimiento general de cajas chicas, y a su vez realizar algunas modificaciones al monto asignado a las distintas dependencias de este Poder Judicial, a fin de cubrir los gastos necesarios para el óptimo desenvolvimiento de las funciones a su cargo.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Sustituir el Anexo I de la Resolución CAyF Nº 39/05, por el texto que como Anexo I integra la presente Resolución de la CAyF.-
ARTICULO 2°: Aprobar los importes de las Cajas Chicas y Viáticos, que obran como Anexo II, el que a todos los efectos forma parte integrante de la presente resolución.-
ARTICULO 3°: Aprobar como Anexos III y IV, la Planilla de Rendición de Caja Chica y la Planilla de Rendición de Viáticos, respectivamente, los que a todos los efectos forman parte integrante de la presente resolución.-
ARTICULO 4°: Autorizar de manera excepcional y exclusiva, a los titulares de las dependencias del Ministerio Público a liquidar y solicitar el reintegro de los gastos de
combustibles para automóviles propios, generados en razón de la materialización de actividades jurisdiccionales propias de su cargo, de acuerdo a la asignación y procedimientos establecidos en la Res. CM Nº 878/03.-
ARTICULO 5°: Establecer que la presente Resolución se aplicará a las rendiciones de Cajas Chicas presentadas a partir del 1º de Abril de 2006.-
ARTICULO 6º: Regístrese, publíquese en la página Web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a todas las dependencias que dispongan de Cajas Chicas, a la Dirección de Programación y Administración Contable, al Departamento de Tesorería, y oportunamente archívese.-
RESOLUCION N° 237 /2006
Carla Cavaliere María Magdalena Iráizoz L. Carlos RosenfeldRicardo Félix Baldomar Juan Sebastián De Stefano (en discidencia)Germán Carlos Garavano (segun voto)Ramiro Monner Sans
ANEXO I DE LA RESOLUCION Nº
CARACTERISTICAS GENERALES
1.-Pueden efectuarse por éste Régimen erogaciones urgentes y de menor cuantía, siempre y cuando se justifique adecuadamente la imposibilidad de la provisión de los bienes y/o servicios requeridos al Consejo de la Magistratura, justificando el cumplimiento de éste requisito con el intercambio de correo electrónico entre el solicitante y la División de Recepción y Custodia, adjunta a la rendición. Por otro lado, la Dirección de Programación y Administración Contable podrá solicitar, si lo considera conveniente, la documentación adicional que respalde dicha afirmación.
2.- A modo meramente enunciativo no podrán afrontar mediante este Régimen, gastos por los siguientes conceptos:
a) Pagos a Personal.-
b) Repuestos, Lubricantes, Combustibles y cualquier otro gasto relacionado con vehículos que no sean propiedad del Consejo de la Magistratura.-
c) Consumo de Telefonía Celular, excepto autorización expresa.-
d) Bienes muebles registrables y/o inventariables.-
e) Medicamentos y/o artículos de farmacia y/o perfumería.-
f) Mobiliario en general: nuevos, usados, y/o reparaciones, restauraciones, retapizados.-
g) Electrodomésticos
h) Libros.-
i) Sellos.-
j) Gastos de servicios de Televisión, Radio, Cable, y/o Música funcional, excepto autorización expresa.-
k) Accesorios de Computación.-
l) Honorarios a Profesionales, Peritos.-
ll) Encuadernaciones.-
m) Enmarcado de Diplomas, Títulos, Certificados, y similares.-
3.- Los gastos en comidas y/o refrigerios y elementos de limpieza no podran superar en total la suma de $ 200 por cada rendición.-
4.- Las rendiciones de Caja Chica son 12 por año.
5.- El tope por comprobante se estipula en:
Para las Cajas Chicas de $ 500 hasta $ 300.-
Para las Cajas Chicas de $ 1.000 ó más hasta $ 500.-
6.- Se admitirá que hasta un 20 % del monto previsto en el Anexo II de viáticos, se rindan sin los comprobantes correspondientes en el formulario que obra como Anexo IV.
ANEXO II DE LA RESOLUCION Nº
1.- UNIDADES CONSEJEROS
Caja Chica y/o viáticos $ 600.-
2.- SECRETARIA DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA
Caja Chica y/o viáticos $ 500.-
3.- SECRETARIA DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA Y ACUSACIÓN
Caja Chica y/o viáticos $ 500.-
4.- SECRETARIA DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN DE JUECES, JUEZAS E INTEGRANTES DEL MINISTERIO PÚBLICO
Caja Chica y/o viáticos $ 500.-
5.- DEPARTAMENTO DE COORDINACION EJECUTIVA Y DIVISION DE PRENSA Y RELACIONES PUBLICAS
Caja Chica $ 2.000. (donde $ 1000 corresponden a las erogaciones de la Div. de Prensa y Relaciones Públicas) -
6.- DEPARTAMENTO DE TESORERIA
Caja Chica de $ 2.500.-
Viáticos $ 500.-
7.- DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURIDICOS
Caja Chica y/o viáticos de $ 500.-
8.- CENTRO DE FORMACION JUDICIAL
Caja Chica $ 500.-
9.- DIRECCION DE APOYO OPERATIVO
Caja Chica $ 500.-
10.- DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y OBRAS
Caja Chica $ 1.500.-
Viáticos $ 500.-
11.- DIRECCIÓN DE POLÍTICAS JUDICIALES
Caja Chica y/o Viáticos $ 800.- (donde $ 300 corresponden a las erogaciones de la Div. de Información Judicial) -
12.- DEPARTAMENTO DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES
Caja Chica $ 500.-
13.- DEPARTAMENTO DE INFORMATICA Y TECNOLOGIA
Caja Chica y/o viáticos $ 3.000.-
14.- DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO
Caja Chica $ 1.500.-
15.- INTENDENCIA ALEM 684
Caja Chica $ 1.500.-
Viáticos $ 500.-
16.- INTENDENCIA AV. DE MAYO 761
Caja Chica $ 1.500.-
Viáticos $ 500.-
17.- INTENDENCIA BERUTI 3345
Caja Chica $ 1.500.-
Viáticos $ 500.-
18.- INTENDENCIA COMBATE DE LOS POZOS 155
Caja Chica $ 1.500.-
Viáticos $ 500.-
19.- INTENDENCIA TACUARI 138
Caja Chica $ 1.500.-
Viáticos $ 500.-
20.-INTENDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA 636
Caja Chica $ 1.500.-
Viáticos $ 500.-
21.- JUSTICIA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA Y TRIBUTARIA DE 1ª Y 2ª INSTANCIA
Cajas Chicas $ 1.000.-
22.- SECRETARIA GENERAL DE CAMARA DE LA JUSTICIA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA Y TRIBUTARIA
Caja Chica $ 1.500.-
Viáticos $ 500.-
23.- JUSTICIA CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS DE 1ª y 2ª INSTANCIA
Cajas Chicas $ 1.000.-
24.- SECRETARIA GENERAL DE CAMARA DE JUSTICIA CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS
Caja Chica $ 3.000.-
Viáticos $ 1.000.-
25.- MESA GENERAL DE ENTRADAS JUSTICIA CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS
Caja Chica $ 1.000.-
26.- SECRETARIA JUDICIAL DE COORDINACION Y SEGUIMIENTO DE EJECUCION DE SANCIONES
Caja Chica $ 500.-
27.- FISCALIAS DE 1ª Y 2ª INSTANCIA DEL FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO
Caja Chica $ 1.000.-
28.- FISCALIAS DE 1ª Y 2ª INSTANCIA DEL FUERO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS
Caja Chica $ 1.000.-
29.- FISCALIA GENERAL
Caja Chica $ 1.000.-
Viáticos $ 500.-
30.- SECRETARIA GENERAL DE FISCALIA DE CAMARA
Caja Chica $ 2.000.-
Viáticos $ 1.000.-
31.- OFICINA DE INVESTIGACIONES JUDICIALES
Caja Chica 2.000.-
32.- ASESORIA GENERAL TUTELAR
Caja Chica $ 1.500.-
33.- ASESORIAS TUTELARES JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA
Caja Chica $ 1.000.-
34.- DEFENSORIAS DE 1ª INSTANCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS Y CONTRAVENCIONALES Y DE FALTAS
Cajas Chicas $ 1.000.-
35.- DEFENSORIA GENERAL
Caja Chica $ 1.500.-
36.- DEFENSORIAS GENERALES ADJUNTAS
Caja Chica $ 1.000 c/u.-
37.- FISCALIAS GENERALES ADJUNTAS
Caja Chica $ 1.000 c/u.-
38.- ASESORIAS GENERALES TUTELARES ADJUNTAS
Caja Chica $ 1.000.-