Art. 1º: Conceder licencia extraordinaria por enfermedad de largo tratamiento desde el día 22 de agosto de 2016 y hasta la obtención del alta médica o hasta la licencia por maternidad, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Res. Pres. N° 1259/15, a la Dra. Mercedes Aveldaño, Prosecretaria Letrada en la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario.