Buenos Aires, 22 de junio de 2012
RES. OAyF Nº 149/2012
VISTO:
el expediente DCC 073/12-0, caratulado “DCC s/ Servicio de Recolección de Residuos Patogénicos” y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 28/34, la Oficina de Administración y Financiera, mediante Resolución OAyF Nº 72/2012, autorizó el llamado a Contratación Menor en cuestión, con un presupuesto oficial de pesos nueve mil seiscientos ($ 9.600,00) IVA incluido y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones. Asimismo, se instruyó a la Dirección de Compras y Contrataciones a que proceda a remitir invitaciones a no menos de tres (3) posibles oferentes y a realizar los anuncios en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Consejo de la Magistratura de la CABA y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también las comunicaciones a los funcionarios interesados. Finalmente, se estableció el 3 de mayo a las 16.00 horas como fecha para la apertura pública de ofertas.
Que a foja 36 se encuentra la constancia de publicación de la Resolución OAyF Nº 72/2012 en la página web del Poder Judicial de la Ciudad(www.jusbaires.gov.ar.) y a foja 37 la correspondiente a la publicación en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Consejo de la Magistratura de la CABA.
Que a fs. 38/51 se encuentran los mails con las invitaciones cursadas a diversos proveedores por parte de la Dirección de Compras y Contrataciones con las respectivas constancias de recibido.
Que a foja 144, se encuentra el Acta de Ofertas Recibidas, en la cual se deja constancia que solamente se ha presentado una (1) oferta, correspondiente a Soma SA, la cual fuera incorporada mediante Actuación Nº 8332/12, recibida el 3 de mayo de 2012 a las 11.33 hs., y cuya oferta económica es por un abono mensual de pesos setecientos ochenta ($ 780,00) por un plazo de doce (12) meses, con lo cual el monto total asciende a la suma de pesos nueve mil trescientos sesenta ($ 9.360,00) -conforme surge de fs. 56/7-.
Que a fs. 145/6 lucen incorporados el Cuadro Comparativo de Precios y el Cuadro de Documentación, los cuales fueron elaborados por la Dirección de Compras y Contrataciones.
Que a foja 151, la Dirección General de Asuntos Jurídicos observa que existe una diferencia entre el plazo de contratación que establece el artículo 20º del Pliego de Bases y Condiciones de Contratación Menor (24 meses) y la oferta acompañada por Soma SA (12 meses) y requiere que el Administrador General tome la intervención que le compete. En cumplimiento de lo solicitado, a foja 153 se le peticiona a la Dirección de Compras y Contrataciones que le solicite a la firma referida las aclaraciones pertinentes.
Que a foja 155 se encuentra el mail que envía la Dirección de Compras y Contrataciones a Soma SA y a foja 158 la empresa confirma que “la cotización realizada por nuestra Empresa corresponde a un período de 24 meses de servicio. Siendo la oferta total por (24) meses $ 9.360. (Nueve mil trescientos sesenta con 00/100).”
Que conforme surge del artículo 106º inc. d) del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, respecto de los defectos de forma, se estipula que “No podrán ser desestimadas aquellas ofertas que contengan defectos de forma. Se entenderán como defectos de forma: 1. Falta de precio unitario (en su caso se divide el precio total por la cantidad de bienes, o la cantidad de meses del servicio). 2. Falta de precio total (para su cálculo se multiplica el precio unitario). 3. Diferencias entre precio unitario y total (para su cálculo se toma el precio unitario como precio cotizado). 4. Falta de firmas en documentación institucional o de propaganda. 5. Falta de constitución de domicilio especial, cuando del membrete de la oferta o de otro lugar de la oferta, aún siendo indicación preimpresa, surja un domicilio cierto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 6. Falta de integridad de documentación anexa. 7. Otros defectos de forma que no impidan su exacta comparación con las demás presentadas, y siempre que su subsanación no vulnere el principio de igualdad ni mejore la posición del oferente en la compulsa. La enumeración precedente es meramente enunciativa y no taxativa. En los casos que correspondan, la Comisión Evaluadora de Ofertas intimará a los oferentes a subsanar los defectos de forma, otorgándoles un plazo que no podrá superar los tres (3) días, bajo apercibimiento de desestimar la oferta”. Por lo que corresponde entender que se ha subsanado el defecto de forma de la oferta presentada por Soma SA y tenerla como válida.
Que a foja 163, mediante Dictamen Nº 4553/2012, la Dirección General de Asuntos Jurídicos entiende que “teniendo en cuenta que no se vulnera el principio de igualdad ni se mejora la posición del oferente atento que hubo tan sólo una presentación en el marco del presente proceso de selección, y en virtud de los Principios de Economía y Razonabilidad conforme art 7 de la Ley Nº 2095, este Departamento entiende que previo a dictarse el acto administrativo se deberá solicitar a la empresa SOMA S.A., la rectificación del abono mensual conforme fuera arriba mencionado, a fin de la prosecución del trámite de esta Contratación Menor”
Que atento a lo solicitado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Dirección de Compras y Contrataciones remitió la consulta, vía correo electrónico a la oferente (foja 168) y la firma manifestó que “De acuerdo a lo solicitado, mencionamos a Uds. que el Abono Mensual es de $ 390.” (foja 170).
Que de tal modo, oído el dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y con el objeto de actuar conforme a derecho y garantizar la regular prestación de los servicios administrativos a la Jurisdicción, es menester autorizar el gasto del servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final, con provisión de insumos y contenedores, de los residuos patogénicos generados por la Dirección de Medicina Forense del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la firma Soma SA, por un plazo de veinticuatro (24) meses y por un total de pesos nueve mil trescientos sesenta ($ 9.360,00), con un abono mensual de pesos trescientos noventa ($ 390,00).
Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificada por 3389);
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 1/2012, que tiene por objeto la contratación del servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final, con provisión de insumos y contenedores, de los residuos patogénicos generados por la Dirección de Medicina Forense del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares.
Artículo 2º: Adjudicar la Contratación Menor Nº 1/2012 a la firma Soma SA, por un plazo de veinticuatro (24) meses y por un total de pesos nueve mil trescientos sesenta ($ 9.360,00), con un abono mensual de pesos trescientos noventa ($ 390,00), conforme oferta económica a fs. 56/7 y aclaraciones a fs. 158 y 170.
Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también notificar a la adjudicataria.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordena. A ese fin pase a la Dirección de Compras y Contrataciones.
RES. OAyF Nº 149/2012