Contratación Menor Nº 01/2009 - Exp. CM Nº DCC-222/08-0 - Resolución OAyF Nº 07/2009

Autorizar el llamado a Contratación Menor Nº 01/2009 tendiente a la contratación de enlace punto a punto entre los edificios ubicados en Beazley 3680 y en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad., en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Contratación Menor, con un presupuesto oficial de Pesos veinticinco cuatrocientos diez ($ 25.410,00) IVA incluido.

Autorizar el llamado a Contratación Menor Nº 01/2009 tendiente a la contratación de enlace punto a punto entre los edificios ubicados en Beazley 3680 y en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad., en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Contratación Menor, con un presupuesto oficial de Pesos veinticinco cuatrocientos diez ($ 25.410,00) IVA incluido.

Autorizar el llamado a Contratación Menor Nº 01/2009 tendiente a la contratación de enlace punto a punto entre los edificios ubicados en Beazley 3680 y en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad., en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Contratación Menor, con un presupuesto oficial de Pesos veinticinco cuatrocientos diez ($ 25.410,00) IVA incluido.

Buenos Aires, 13 de enero de 2009.

VISTO:

El Expediente DCC Nº 222/08-0 por el que se propicia la contratación del servicio de enlace punto a punto entre los edificios ubicados en Beazley 3680 y en Av. Roque Sáenz Peña 636; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 42/44 mediante Nota Nº 1825-DCC-08 la Dirección de Compras y Contrataciones eleva a esta Oficina de Administración y Financiera las presentes actuaciones, con los antecedentes necesarios para impulsar la contratación de enlace punto a punto entre los edificios ubicados en Beazley 3680 y en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad.

Que la necesidad de la presente contratación encuentra fundamento en atención a la inminente apertura del edificio sito en la calle Beazley 3680, y la necesidad de proveer los servicios de comunicaciones indispensables para el desarrollo de las tareas en las dependencias que ocuparán el mencionado inmueble, todo ello en virtud de lo informado por la Dirección de Informática y Tecnología mediante las notas DIT Nº 89/2008 y DIT Nº 622/2008.

Que en virtud de la entrada en vigencia de la Ley Nº 2095 - Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que por Resolución CM Nº 445/2007 se autorizó la aplicación transitoria del Decreto Nº 408/GCBA/07, a todos los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, actualmente en trámite, excepto en aquello que se oponga a las disposiciones de los Pliegos de Condiciones Particulares.

Que el presupuesto estimado para la presente contratación, contemplando un plazo contractual de doce (12) meses, asciende a la suma de Pesos veinticinco mil cuatrocientos diez ($ 25.410) IVA incluido, conforme surge del Cuadro de Presupuesto agregado a fs. 9. En virtud de ello, la Dirección de Compras y Contrataciones entiende viable el llamado a Contratación Menor, conforme lo dispuesto en el Artículo 38º y cc. de la Ley Nº 2095 y la Res. CM Nº 445/2007 ( fs.10).

Que a fs. 12/16 se agrega el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones de la presente Contratación Menor y a fs.17/19 el pliego de Especificaciones Técnicas. Asimismo obra glosado a fs. 20/39 el listado de empresas a invitar, integrado conforme los listados obtenidos del Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, se solicitó la registración preventiva del presente gasto, conforme Constancia de Registración de fs. 40, informando la Dirección de Programación y Administración Contable “que ha tomado conocimiento delcompromiso adquirido para el ejercicio 2009 ( 9 meses) abril a diciembre y 2010 (3 meses) enero a marzo”. En idéntico sentido, “ informa que esta registración se encuentra sujeta a la disponibilidad de recursos en el presupuesto 2009”.

Que en virtud del artículo 12, inciso 1 del Decreto Nº 408/07 reglamentario del artículo Nº 38 de la Ley Nº 2095, en la modalidad de Contratación Menor “el Pliego de Bases y Condiciones es gratuito y se entrega al interesado junto con la invitación a participar en el procedimiento de contratación”.

Que a fs. 48 del citado expediente, ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, entendiendo “...que deberíaaprobase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas por resulta apto”.” ... Por todo lo expuesto y teniendo en cuenta lo manifestado a fs.42/44, por la Dirección de Compras y Contrataciones es opinión de esta Dirección que se debería autorizar el llamado a Contratación Menor en cuestión..” , todo ello, conforme Dictamen Nº 2809/2009.

Que en virtud de las atribuciones conferidas por la Resolución CM Nº 110/2006 y Res. CM Nº 405/07 el Secretario de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones designó a la Dra. Teresa De Filpo,para que asista al Jefe de Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones en el acto de aperturas de ofertas, y como responsable técnico en la Comisión de Recepción, al Director de Informática y Tecnología.

Que conforme el artículo 98 de la Ley Nº 2095 y el artículo 40 del Decreto Nº 408/GCBA/07 y toda vez que la Contratación Menor es un procedimiento de contratación directa, deberá publicarse por un (1) día en la cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Poder Judicial ( www. jusbaires.gov.ar).

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988,

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar el llamado a Contratación Menor Nº 01/2009 tendiente a la contratación de enlace punto a punto entre los edificios ubicados en Beazley 3680 y en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad., en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Contratación Menor, con un presupuesto oficial de Pesos veinticinco cuatrocientos diez ($ 25.410,00) IVA incluido.

Artículo 2º: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor Nº 01/2009 que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Artículo 3º: Aprobar el Pliego de Especificaciones Técnicas de la Contratación Menor Nº 01/2009 que como Anexo II forma parte integrante de la presente.

Artículo 4º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a remitir invitaciones a no menos de tres (3) posibles oferentes.

Artículo 5º: Establecer el día 16 de Febrero de 2009 a las 12.00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.

Artículo 6º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios en la cartelera del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, las comunicaciones a los funcionarios interesados.

Artículo 7º: Regístrese, publíquese en la Cartelera del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Compras y Contrataciones, a los funcionarios interesados, cúmplase y oportunamente archívese.

ANEXO I

CONTRATACIÓN MENOR N° 01/2009 (RES. OAyF Nº /2009)

SERVICIO DE ENLACE PUNTO A PUNTO

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

1. NORMATIVA APLICABLE

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

3. PLIEGO

4. RENGLÓN A COTIZAR

5. CONSTANCIA DE VISITA

6. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD

7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

8. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

9. PEDIDOS DE ACLARACIONES Y/O INFORMACIÓN

10. FORMA DE COTIZACIÓN

11. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

12. PLAZO DE ENTREGA E INSTALACIÓN

13. PLAZO DE CONTRATACIÓN

14. PRÓRROGA DEL CONTRATO

15. EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS:

16. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:

17. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS

18. FORMA DE PAGO

19. CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS

20. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA

21. CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.

22. APERTURA DE LAS OFERTAS

23. ADJUDICACIÓN

24. PENALIDADES

25. RESCISIÓN DEL CONTRATO

26. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN

27. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO LA CONTRATACIÓN

28. COMPETENCIA JUDICIAL

29. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

ANEXO A - CONSTANCIA DE VISITA

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES DE CONTRATACIÓN MENOR

1. NORMATIVA APLICABLE

El presente llamado a Contratación Menor se regirá por las disposiciones de la Ley N° 2.095, la Resolución CM Nº 445/2007 y las disposiciones contenidas en el presente Pliego.

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La Contratación Menor Nº 01/2009 tiene por objeto la contratación del servicio de enlace punto a punto entre los edificios ubicados en Beazley 3680 y en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad.

3. PLIEGO

El Pliego que rige la Contratación Menor Nº 01/2009, es entregado sin cargo, conjuntamente con la invitación a cotizar en la presente contratación.

4. RENGLÓN A COTIZAR

Renglón 1: Contratación del servicio de enlace punto a punto de dos Megabytes (2 Mb) entre los edificios ubicados en Beazley 3680 y en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad, conforme lo establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones y en el Pliego de Especificaciones Técnicas de la Contratación Menor Nº 1/2009.

5. CONSTANCIA DE VISITA

Será requisito ineludible de los oferentes realizar una revisión preventiva del inmueble situado en la calle Beazley 3680 de esta Ciudad, donde se proyecta ejecutar la instalación y la prestación del servicio, a fin de informarse debidamente de las condiciones del lugar físico, los posibles inconvenientes que se opongan al normal desenvolvimiento de los trabajos a ejecutar y todo cuanto pudiera influir para el justiprecio ofertado.

El Consejo de la Magistratura facilitará las visitas hasta cinco (5) días antes de la apertura de las ofertas, de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar posterior ignorancia y/o imprevisiones en las condiciones en que ejecutará y cumplirá el contrato.

Adquiridos los Pliegos, la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura extenderá la Constancia de Visita. Con dicha constancia se acreditará haber concurrido al citado edificio y verificado las instalaciones y condiciones incluidas en los Pliegos para la prestación del servicio solicitado. El mencionado certificado deberá adjuntarse obligatoriamente con la oferta.

El día y hora de la visita deberá ser previamente convenido con la Dirección de Informática y Tecnología, de lunes a viernes de 10:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 17:00 horas, al teléfono 4014-6160/1.

6. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD

Los interesados en participar en la presente contratación deberán encontrarse inscriptos y habilitados en el rubro, previo al acto de apertura de las ofertas, del Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad.

La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página www.buenosaires.gov.ar/rup, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP.

7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 18:00 horas y hasta las 12:00 horas del día 16 de Febrero de 2009, en sobre cerrado, en la Mesa de Entrada de este Consejo, sita en Av. Leandro N. Alem 684, entrepiso, debiendo estar dirigidas a la Secretaría de Coordinación del Consejo de la Magistratura, e indicando como referencia la leyenda “Contratación Menor Nº 01/2009, Expediente CM Nº DCC-222/08-0”

Las ofertas deberán estar firmadas en todas sus hojas por el oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiéndose presentar la documentación que acredite el carácter invocado.

8. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

La presentación de la oferta significa, de parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación menor, de la normativa que la regula y de las Circulares con consulta y sin consulta que se hubieren emitido, por lo que no es necesaria la presentación del Pliego de Bases y Condiciones y del Pliego de Especificaciones Técnicas con la oferta.

9. PEDIDOS DE ACLARACIONES Y/O INFORMACIÓN

Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones y al Pliego de Especificaciones Técnicas deberán efectuarse por escrito, con al menos setenta y dos (72) horas de anticipación a la fecha de apertura de las ofertas, mediante nota dirigida al Consejo de la Magistratura y deberán ser presentadas en la Mesa de Entradas de este Consejo, sin ensobrar, puesto que dicha dependencia deberá asignarle a las mismas un número de Actuación.

10. FORMA DE COTIZACIÓN

Las propuestas económicas deberán ser formuladas en pesos, indicando en números y en letras:

10.1 Costo de instalación del servicio cotizado.

10.2 Precio mensual del servicio cotizado

10.3 Precio total del servicio cotizado, contemplando un plazo contractual de doce (12) meses.

No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas.

11. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días corridos, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento de los plazos fijados para el mantenimiento de las ofertas, éstas se prorrogan automáticamente por igual plazo.

Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad del Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.

12. PLAZO DE ENTREGA E INSTALACIÓN

El plazo de entrega, con su respectiva instalación y puesta en marcha del servicio, será de un máximo de treinta (30) días, a partir de la recepción de la Orden de Compra.

13. PLAZO DE CONTRATACIÓN

Las prestaciones tendrán una duración de doce (12) meses.

El plazo contractual regirá a partir del día siguiente a la conformidad de la Recepción del Servicio, conforme el Punto 7 del Pliego de Especificaciones Técnicas.

14. PRÓRROGA DEL CONTRATO

El contrato aludido en el punto anterior podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de seis (6) meses de duración, opción que se formalizará con una anticipación mínima de un mes con anterioridad a su finalización. La prórroga del contrato podrá rescindirse sin causa por parte del Consejo y no generará derecho a indemnización para el Adjudicatario.

15. EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS:

Conforme el Artículo 101º, Inciso a) de la Ley Nº 2.095, no será necesario constituir garantías de mantenimiento de oferta, ni de cumplimiento de contrato en las compras o contrataciones mediante el procedimiento de contratación menor.

16. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:

El oferente deberá tener en vigencia en el R.I.U.P.P., el “Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos” expedido por el organismo competente dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del organismo de administración y apoderados, en el caso de sociedades, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

De no contar con dicho certificado actualizado, el oferente deberá presentarlo con posterioridad en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura.

17. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS

La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones, se considerarán el precio y la calidad de los bienes y/o servicios ofrecidos, conjuntamente con la idoneidad del oferente y demás condiciones de la propuesta.

18. FORMA DE PAGO

El cargo de instalación se pagará en función de los respectivos Partes de Recepción Definitiva de instalación y puesta en marcha del servicio.

El pago se efectuara dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de presentación de la factura, acompañada del correspondiente Parte de Recepción Definitiva de la Instalación y puesta en marcha del servicio.

El servicio de enlace punto a punto se pagara en forma mensual, a los treinta (30) días de la fecha de presentación de la correspondiente factura.

19. CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS

Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sita en la Av. Leandro N. Alem 684, entrepiso, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 8:00 a 18:00 horas.

20. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA

Junto con la presentación de facturas, deberá acompañarse obligatoriamente, una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento operado al momento de presentar la factura en la Dirección de Programación y Administración Contable, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Artículo 1º de la Ordenanza Nº 33.588 (B.M. 15.541), conforme lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 33.440 (B.M. 15.493) AD 350.29).

21. CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.

A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado, se comunica que este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reviste la condición de Exento. En consecuencia, en las ofertas no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.

El número de CUIT correspondiente al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el 30-70175369-7.

22. APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura de los sobres será pública y tendrá lugar el día 16 de Febrero de 2009 a las 12:00 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Leandro N. Alem 684, piso 7º frente, Ciudad de Buenos Aires, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas económicas.

Vencido el plazo de presentación de ofertas, los funcionarios y agentes designados según lo establecido en la Resolución CM N° 110/2006, procederán a la apertura de las ofertas y en forma inmediata a labrar y suscribir un acta que contendrá los siguientes datos:

a) Fecha, hora, N° de expediente y de contratación.b) Número de orden asignado a cada oferta.c) Nombre y Nº de CUIT de los oferentes.d) Montos de las ofertas.e) Las observaciones que se formulen en el acto de apertura.

f) Firma de los funcionarios intervinientes y de los asistentes que, invitados, aceptaran hacerlo.Las ofertas serán agregadas al Expediente, según el orden de su recepción.

23. ADJUDICACIÓN

Una vez confeccionada el acta de apertura de ofertas, la Dirección de Compras y Contrataciones, previa verificación de la inscripción de los oferentes al R.I.U.P.P. y de su estado registral, elaborará el cuadro comparativo de precios.

La dependencia requirente suscribirá el informe técnico, certificando -de corresponder- el cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos en los pliegos, con relación a los bienes y servicios ofertados.

Posteriormente, la Dirección de Compras y Contrataciones elevará las actuaciones a la Oficina de Administración y Financiera para su consideración y resolución.

La Resolución adoptada por el Administrador General del Poder Judicial se publicará por el término de un día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial, www.jusbaires.gov.ar.

24. PENALIDADES

La Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura será la encargada del contralor del grado de cumplimiento contractual por parte de la firma adjudicataria.

El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca al adjudicatario en estado de mora y, por lo tanto, sujeto a la aplicación, previo informe de la Dirección de Informática y Tecnología, de las sanciones establecidas en la normativa vigente y en los siguientes puntos:

24.1. En los casos en que la disponibilidad del servicio no sea la requerida en los Pliegos de la presente Licitación, se aplicará una penalidad de acuerdo al siguiente detalle:

Disponibilidad del SERVICIO

% Factura

Entre 100 y 99,5%

0%

Entre 99,49 % y 99,00 %

10%

Entre 98,99 % y 98,00 %

20%

Entre 97,99 % y 95,00 %

50%

Menor a 95%

100%

24.2. Si no se cumplieran las métricas de Restauración de Servicios, en casos de fallas atribuibles al adjudicatario, se aplicará una penalidad de acuerdo a la siguiente tabla:

Restauración del Servicio

Tiempo de Restauración

% Factura

Hasta 4 Horas

0%

Entre 4 Horas y 8 Horas

10%

Entre 8 Horas y 12 Horas

20%

Entre 12 Horas y 24 Horas

50%

Más de 24 Horas

100%

25. RESCISIÓN DEL CONTRATO

El Consejo de la Magistratura podrá rescindir el contrato de pleno derecho, cuando se produjera alguna de las siguientes causales:

25.1. Cuando transcurrido el plazo al que se hace referencia el Punto 12 del presente Pliego y de no mediar causa justificable, no se hubieran iniciado los trabajos objeto de la presente licitación.

25.2. En caso de interrupciones del servicio que afecten al 50% en un edificio determinado, en días hábiles, en el horario de 8:00 a 20:00hs, durante más de 20 horas dentro del mismo mes calendario, o más de 40 horas en un período de seis (6) meses.

25.3. Cuando las multas aplicadas en concepto de infracciones cometidas, alcanzaren en su monto el diez por ciento (10%) del importe total del contrato original.

26. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN:

De comprobarse la falta de veracidad de la información requerida por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para participar en las contrataciones que se realizan dentro de su órbita, ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para el oferente y/o adjudicatario el descarte de la oferta, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder.

27. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO LA CONTRATACIÓN

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto la contratación, en todo o en parte, sin que ello genere a favor de los proponentes derecho a reclamo o indemnización alguna.

28. COMPETENCIA JUDICIAL

Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Artículo 48, Ley Nº 7, B.O.C.B.A. N° 405), renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.

29. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:

a) Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a esta contratación hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones,

b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones,

c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.

Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.

ANEXO II

CONTRATACIÓN MENOR N° 01/2009 (RES. OAyF Nº /2009)

SERVICIO DE ENLACE PUNTO A PUNTO

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. GENERALIDADES

2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL ENLACE

3. ACUERDO DE NIVELES DEL SERVICIO

4. REPORTES

5. FORMA DE INSTALACIÓN

6. MANTENIMIENTO

7. RECEPCIÓN DEL SERVICIO

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. GENERALIDADES

El adjudicatario deberá tener en cuenta todos los trabajos que en las presentes especificaciones técnicas se indiquen, incluyendo aquellos no mencionados pero que son necesarios para el correcto funcionamiento de los servicios contratados.

2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL ENLACE

Enlace punto a punto de 2048 kbps de ancho de banda, entre los edificios ubicados en Beazley 3680 y en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad.

3. ACUERDO DE NIVELES DEL SERVICIO

3.1. La disponibilidad del enlace deberá ser del 99,7% medida en términos anuales y del 99,7% en términos mensuales, con una tasa de error de 1 bit errado cada 107 bit transmitidos.

El porcentaje de satisfacción se refiere a cada uno de los enlaces, sin desagregar por servicio TCP/UDP (DNS, HTTP, SMPT, etc).

3.2. El Tiempo Mínimo Medio entre Fallas (MTmBF) por mes será de 30 Horas por Mes.

3.3. El Tiempo Mínimo entre Fallas (TmBF) por mes será de 20 Horas por Mes.

3.4. El Tiempo Máximo de Restauración del Servicio (TMRS) por mes será menor a 2 Horas por Mes.

Siendo:

Tiempo Mínimo Medio entre Fallas (MTmBF): Es una constante que define el tiempo medio mínimo aceptable entre dos fallas consecutivas. Se deberá cumplir “MTBF > MTmBF “ dónde el “Tiempo Medio entre Fallas” (MTBF) se define como:

 

n = número de fallas ocurridas en el mes.

TBFi = Tiempo transcurrido entre la falla número (i) y la falla número (i-1).

TBF (Tiempo entre fallas): define el tiempo entre dos fallas consecutivas.

Debe cumplirse: TBFi > TmBF, siendo:

Tiempo Mínimo entre Fallas (TmBF): Es una constante que define el tiempo mínimo aceptable entre dos fallas consecutivas.

FTi (Tiempo de la falla): momento de ocurrencia de la falla. Puede definirse como:

Siendo Eji ( j : 1..3) alguno de los tiempos E1i, E2i ó E3i, el primero que se haya podido determinar para la falla número (i) donde E1, E2, E3 y E4 son eventos medidos en año, mes, día, hora y minuto, que corresponden a:

? E1 = Determinación efectiva de falla

? E2 = Notificación al proveedor por parte del cliente

? E3 = Respuesta del proveedor

? E4 = Solución efectiva de la falla

Tiempo Máximo de Restauración del Servicio (TMRS): Es una constante que define el tiempo máximo de restauración del servicio aceptable.

4. REPORTES

A los efectos de lograr un efectivo control por parte del Consejo de la Magistratura de los niveles de calidad de servicio acordados, el adjudicatario deberá facilitar un mecanismo de reportes e informes adecuados y en tiempo real sobre:

4.1. Servicios: (gráficos de uso del servicio, tráfico).

4.2. Fallas: listado de fallas, fecha y hora de inicio, fecha y hora de finalización, servicio afectado (enlace), fecha y hora de notificación de la falla, motivo de la falla, observación.

4.3. Utilización de línea: porcentaje de uso de la línea en bps, frames, etc., tanto de tráfico entrante como saliente comparado con el ancho de banda total disponible.

4.4. Disponibilidad: Porcentaje de satisfacción desagregado por servicio.

tTS = Tiempo total de servicio

tSE = Tiempo total de servicio efectivo

tTI = tTS - tSE (Tiempo total de indisponibilidad)

5. FORMA DE INSTALACIÓN

5.1. Acometidas al sitio.

Se instalarán los equipos en los edificios Av. Roque Sáenz Peña 636 y Beazley 3680 de esta Ciudad, adonde llegarán los vínculos; se conectarán los routers a los concentradores Ethernet existentes, y se dejarán en condiciones de funcionamiento.

Todas las acometidas a los edificios se ejecutarán en los lugares que expresamente autorice la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura.

Todos los costos relacionados con la instalación, tales como cableados, materiales o cualquier tipo de tareas necesarias para poner en marcha el servicio contratado, recaerán exclusivamente sobre la firma adjudicataria.

En el caso de que fuera necesario la instalación de mástiles, torres u otro elemento de soporte, estos deberán ser provistos por el adjudicatario, sin cargos adicionales.

5.2. Canalizaciones

Será responsabilidad del adjudicatario la ejecución de las canalizaciones desde el punto de acceso al edificio hasta el encuentro con las canalizaciones internas.

Para los cableados internos se utilizarán en general canalizaciones existentes cuyos recorridos se indicarán en oportunidad de la visita a los edificios.

5.3. Cableado

El adjudicatario proveerá la totalidad de cables, conectores y demás elementos accesorios necesarios para la correcta instalación y funcionamiento de los servicios contratados.

Todo el cableado será identificado en cajas de pase, en bandejas verticales en cada planta, en bandejas horizontales cada 6 metros, y a la salida o llegada a cualquier punto de interconexión.

Las protecciones eléctricas y atmosféricas y la conexión a la puesta a tierra serán ejecutadas por cuenta del adjudicatario.

Los oferentes deberán detallar ampliamente el método y equipamiento propuesto para concretar la conexión requerida, el que se considerará incluido en la oferta. La misma deberá especificar explícitamente si el enlace tiene tramos aéreos externos.

El oferente deberá informar cuáles deben ser las condiciones de adecuación de las instalaciones para la operación de los equipos, indicando en detalle: las medidas, pesos, consumos, niveles de tensión y frecuencia, sus tolerancias respectivas y condiciones ambientales.

5.4. Routers

La prestación de los servicios adjudicados incluirá la provisión de los routers en modalidad de comodato. A tales efectos, junto a la oferta económica, los oferentes deberán acompañar una descripción de las características técnicas de los equipos, a los efectos de verificar el cumplimiento de las especificaciones correspondientes a los “Estándares Tecnológicos para la Administración Pública” vigentes, versión 11 Primavera 2004 emitidos por la Subsecretaría de la Gestión Pública (Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación) para “Router Modular Multiprotocolo” Código ETAP (LAN-015) con los siguientes opcionales: “Soporte de compresión de datos en enlaces seriales”.

Se aceptará la provisión de un router que verifique el cumplimiento de las especificaciones ETAP (LAN-015) con soporte de compresión de datos en enlaces seriales; y en la dependencia remota la provisión de routers que verifiquen el cumplimiento de las especificaciones ETAP (LAN-013) con soporte para la compresión de datos en enlaces seriales.

No será posible la utilización de la interfaz Fast Ethernet como interfase WAN. La ETAP es clara en la especificación del Router Modular Multiprotocolo (LAN-015) en el punto “Puertos WAN”.

La ETAP aclara que el soporte de compresión de datos corresponde a enlaces seriales; por lo cual, los servicios que se provean por interfaces Ethernet no contarán con dicha precisión.

6. MANTENIMIENTO

El adjudicatario deberá prestar el servicio de mantenimiento técnico preventivo y correctivo durante las 24 horas de los 365 días del año, incluyendo: 1) la provisión de repuestos; 2) mano de obra; 3) supervisión técnica, y todo otro elemento que garantice la correcta prestación del servicio a partir de su efectiva puesta en marcha y mientras dure la vigencia del contrato. Los cargos por mantenimiento técnico preventivo y correctivo estarán incluidos en el abono mensual.

El plazo para la reposición del servicio será como máximo, el especificado para el TMRS en el Punto 3.4. del presente Pliego, contado a partir del momento de la notificación fehaciente de la falla producida.

Se considerará fuera de servicio cuando no se cumpla con cualquiera de las pautas de tasa de error establecidas en el Punto 4 del presente Pliego.

Para realizar los reclamos se deberá comunicar fehacientemente el lugar, teléfono (preferentemente telefax) donde dirigirlos y el procedimiento.

El adjudicatario deberá contar con un centro de asistencia al usuario, donde puedan evacuarse consultas en forma telefónica y por correo electrónico, cuyo horario será igual al indicado para el servicio de mantenimiento.

7. RECEPCIÓN DEL SERVICIO

La recepción de las instalaciones que sirven como soporte para la prestación del servicio, tendrá lugar una vez que el adjudicatario haya cumplido satisfactoriamente con:

• Instalación del enlace con todo su equipamiento;

• Provisión del(los) router(s). La delegación de la administración del (los) router(s) es absolutamente necesaria.

• Puesta en estado operativo de la totalidad de los equipos y servicios requeridos para el enlace y los routers;

• Ensayos, mediciones y prueba del enlace. En particular, deberá certificar la tasa de error de la instalación;

• Configuración del router y delegación de su administración al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

• Configuración del servicio de acuerdo a las necesidades del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

ANEXO A

CONTRATACIÓN MENOR Nº 1/2009

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

ANEXO A - CONSTANCIA DE VISITA

Se deja constancia que la empresa .......................................................................... realizó la visita prevista en la cláusula 5 del Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor Nº 1/2009 (Servicio de Enlace Punto a Punto), en la Sede objeto de la referida contratación:

Sede

Fecha

Firma por Consejo

Firma p/Empresa Visitante

Beazley 3680