Lic. Publica Nº 22/09 Expte. CM DCC Nº 106/09 Res. OAyF Nº 231/09

Aprobar la ampliación de los Renglones Nº 1.1 - provisión de equipos splits frío-calor 3000 fs/h-, Nº 1.2 -instalación de equipos splits frío-calor de 3000 fs/h-, Nº 3.1 - provisión de equipos splits frío de 6000 fs/h- y Nº 3.2 -instalación de equipos splits frío de 6000 fs/h-con la empresa Consultora Integral de Producción y Servicios S.A.

Aprobar la ampliación de los Renglones Nº 1.1 - provisión de equipos splits frío-calor 3000 fs/h-, Nº 1.2 -instalación de equipos splits frío-calor de 3000 fs/h-, Nº 3.1 - provisión de equipos splits frío de 6000 fs/h- y Nº 3.2 -instalación de equipos splits frío de 6000 fs/h-con la empresa Consultora Integral de Producción y Servicios S.A.

Aprobar la ampliación de los Renglones Nº 1.1 - provisión de equipos splits frío-calor 3000 fs/h-, Nº 1.2 -instalación de equipos splits frío-calor de 3000 fs/h-, Nº 3.1 - provisión de equipos splits frío de 6000 fs/h- y Nº 3.2 -instalación de equipos splits frío de 6000 fs/h-con la empresa Consultora Integral de Producción y Servicios S.A.

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2009.

VISTO:

El Expediente DCC Nº 106/09-0 por el que tramita la Licitación Pública Nº 22/2009 tendiente a la adquisición e instalación de equipos de aire acondicionado para las distintas áreas del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF Nº 193/2009 cuya copia fiel luce a fs. 406/407, se adjudicó la Licitación Pública Nº 22/2009, a la firma Consultora Integral de Producción y Servicios S.A., por la suma total de ciento un mil seiscientos veinticinco pesos ($ 101.625) IVA incluído.

Que las Ordenes de Compra Nº 236 y Nº 241 por las cuales se formalizó la contratación de marras lucen a fs. 414/415 y 437.

Que atento el requerimiento ingresado mediante Actuación Nº 28283/09, por la cual el Sr. Juez a cargo del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 27 solicitó la provisión de un equipo split de aire acondicionado para la dependencia a su cargo, el suscripto instruyó a la Dirección de Compras y Contrataciones a impulsar la ampliación de la respectiva orden de compra.

Que en tal sentido y mediante Nota DCC Nº 1385 la Dirección de Compras y Contrataciones eleva a esta Oficina de Administración y Financiera las presentes actuaciones, con los antecedentes necesarios para promover la ampliación propiciada en el marco de lo dispuesto por el art. 117, inc. l) de la Ley 2095 (confr. fs. 442/444).

Que el referido artículo dice, en su parte pertinente: “Facultades del Organismo Contratante. Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede: I. Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un quince por ciento (15%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o disminución puede incidir, sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda los porcentajes previstos, según corresponda.”

Que en el caso de marras, teniendo presente el monto de adjudicación ya referenciado, la ampliación que por la presente se propicia podría ascender a la suma máxima de quince mil doscientos cuarenta y tres pesos con 75/100 ($ 15.243,75).

Que conforme surge de la Nota Nº 1438-DCC CM-09 la Dirección de Compras y Contrataciones rectifica el error material incurrido en su anterior comunicación. En tal sentido y de acuerdo al detalle brindado por el Sr. Director de Obras y Mantenimiento (confr. fs. 439), los renglones a ampliar son los siguientes: Renglón 1.1., 1.2, 3.1 y 3.2, por la provisión e instalación de dos (2) equipos splits frío/calor de 3000 fs/h y la provisión e instalación de un (1) equipo split frío de 6000 fs/h, por la suma total de catorce mil cincuenta y cinco pesos ($14.055), representando el 13,83% del total adjudicado.

Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, se solicitó la afectación preventiva del presente gasto, y conforme Constancia de Registración Nº 236/12-09, se acredita la existencia de partidas presupuestarias necesarias (fs. 440/441).

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete mediante Dictamen Nº 3252/2009, entendiendo que, en función de los antecedentes obrantes en las presentes actuaciones “y siempre y cuando se cumplimenten, los requisitos establecidos en la normativa vigente, esta Dirección nada tiene que objetar desde el punto de vista jurídico respecto a la viabilidad de la ampliación en cuestión.”

Que cumplidos y verificados que fueran los extremos que permiten la ampliación contractual, y oído que fuera el Sr. Director de Asuntos Jurídicos, no encuentro óbice para proceder a ampliar la Orden de Compra Nº 236 en los términos ya señalados.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988,

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Aprobar la ampliación de los Renglones Nº 1.1 - provisión de equipos splits frío-calor 3000 fs/h-, Nº 1.2 -instalación de equipos splits frío-calor de 3000 fs/h-, Nº 3.1 - provisión de equipos splits frío de 6000 fs/h- y Nº 3.2 -instalación de equipos splits frío de 6000 fs/h- de la Orden de Compra Nº 236, por la suma total de catorce mil cincuenta y cinco pesos ($ 14.055) con la empresa Consultora Integral de Producción y Servicios S.A., en las condiciones y precios originalmente convenidos en el marco de la Licitación Pública Nº 22/2009, que tramitó por Expte. DCC Nº 106/09-0.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a efectivizar la ampliación aprobada por la presente.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también, las comunicaciones a la adjudicataria.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordena precedentemente, notifíquese al adjudicatario, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, para su cumplimentación,

y oportunamente archívese.