Licitación Pública Nº 10/2014- Expediente CM Nº DCC 116/14-0- Resolución OAyF Nº 304/2014

Buenos Aires,    18    de septiembre de 2014

 

 

RES. OAyF Nº  304 /2014

 

VISTO:

el Expediente DCC N° 116/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Vehículos”; y

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución OAyF Nº 238/2014 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 10/2014 de etapa única, bajo la modalidad de compra unificada que tiene por objeto la adquisición de vehículos para el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, cantidades, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de dos millones quince mil pesos ($ 2.015.000,00), IVA incluido (fs. 79/86).

Que en particular, el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 10/2014 contempla tres (3.-) renglones: el Renglón 1 referido a la provisión de cinco (5.-) vehículos automotores, conforme las características mínimas allí indicadas; el Renglón 2 atinente a la provisión de dos (2.-) vehículos automotores, conforme las características mínimas que allí se detallan; y el Renglón 3 tendiente a la provisión de un (1.-) vehículo automotor para transporte de personas, conforme las características mínimas que ahí se enumeran.

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones designó al responsable de asistir al acto de apertura de ofertas, a los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas (fs. 88) y al Sr. Director de Servicios Generales y Obras Menores como responsable técnico (fs. 130).

Que luego, la aludida Dirección puso en conocimiento de la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna la tramitación de la Licitación en cuestión (fs. 90).

Que se realizaron las publicaciones de la convocatoria en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 92) y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 127/128). A su vez, se remitieron comunicaciones electrónicas a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 94), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 96) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 98/126).

Que a fojas 129 luce incorporada la constancia de que el día 6 de agosto se realizó la reunión informativa sobre la Licitación Pública N° 10/2014.

Que la firma Revor (concesionaria de Peugeot Citroen Argentina S.A.) efectuó una consulta técnica el día 12 de agosto del corriente respecto a la admisibilidad de un modelo de vehículo (fs. 133). Dicha presentación fue realizada en forma extemporánea, de acuerdo a lo estipulado en el punto 18 del Pliego de Condiciones Particulares de la presente licitación.

Que a fojas 138 se encuentra agregado el Listado de Entrega de Pliegos de Bases y Condiciones y a fojas 139/143 lucen las constancias de entrega respectivas, suscriptas por cada una de las firmas que procedieron a su retiro: Peugeot Citroen Argentina S.A., Automóviles San Jorge S.A., Igarreta S.A.C.I., Serra Lima S.A. y Espasa S.A.

Que así las cosas, tal como fue establecido en el artículo 5° de la Resolución OAyF N° 238/2014, con fecha 14 de agosto de 2014 se realizó el acto de apertura de ofertas y se labró el Acta de Apertura Nº 13/2014, que luce incorporada a fojas 146. De allí surge la presentación ante la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de dos (2.-) sobres conteniendo ofertas.

Que tal como se desprende del cuadro agregado a fojas 147, presentaron oferta las empresas Igarreta S.A.C.I. -agregada a fojas 150/226- que cotizó por un monto total de un millón cuatrocientos veintisiete mil ochocientos pesos ($ 1.427.800,00) y Peugeot Citroen Argentina S.A. -glosada a fojas 229/256- que presupuestó por la suma de un millón ochocientos sesenta mil pesos ($ 1.860.000,00). A su vez, en dicho cuadro se detallaron las pólizas de seguro de caución presentadas por las oferentes, por los montos de ciento veinte mil pesos ($ 120.000,00) y de cien mil pesos ($ 100.000,00), respectivamente. Éstas han sido remitidas a la Dirección de Compras y Contrataciones para su debido resguardo en la caja fuerte de este Consejo de la Magistratura (fs. 274).

Que luego, la Comisión Evaluadora de Ofertas agregó las consultas relativas al estado registral de los oferentes, efectuadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (fs. 257/270).

Que posteriormente, la Unidad de Evaluación de Ofertas le solicitó a las dos (2.-) oferentes que presentaran cierta información faltante (fs. 271/272). En respuesta, la firma Peugeot Citroen Argentina S.A. realizó una presentación que tramitó por Actuación N° 19909/14 (fs. 275/280).

Que en ese estado, se solicitó intervención a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores en su carácter de responsable técnico (fs. 281).

Que entonces, la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores indicó que la oferta presentada por la firma Peugeot Citroen Argentina S.A. para los Renglones 1 y 2 cumplían con lo requerido mientras que la correspondiente a Igarreta S.A. solo cumplía con lo solicitado respecto al Renglón 2 y no así en lo atinente al Renglón 1 puesto que no poseía la cantidad de asientos traseros solicitados. En tanto, puso de resalto que ninguna de las firmas había presentado ofertas para el Renglón 3 (v. Nota DSGyOM N° 714/14 de fs. 283/284).

Que a fojas 286/287 luce agregada la consulta practicada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, relativa al Certificado Fiscal para contratar de la empresa Peugeot Citroen Argentina S.A., de donde surge que dicho certificado se encuentra vigente.

Que a fojas 288/294 obra agregado el Dictamen de Evaluación de Ofertas. Allí, luego de evaluar las ofertas presentadas, la Unidad Evaluadora de Ofertas expresó lo siguiente respecto de la oferta presentada por la firma Igarreta S.A.C.I.: “Del análisis efectuado y de acuerdo con lo aquí expresado, esta Comisión estima que la presente debe ser considerada como oferta admisible para el Renglón N° 2 y no admisible para el Renglón N° 1, no habiendo presentado oferta para el Renglón N° 3”. A su vez, en cuanto a la oferta presentada por Peugeot Citroen Argentina S.A. entendió: “Del análisis efectuado y de acuerdo con lo aquí expresado, esta Comisión estima que la presente debe ser considerada como oferta admisible para el Renglón N° 1 e inconveniente para el Renglón N° 2 al superar en un 54 % el presupuesto oficial, no habiendo presentado oferta para el renglón N° 3”. En atención a ello, y previa confección de un Cuadro Comparativo de Ofertas Admisibles, la precitada Comisión concluyó que “corresponde preadjudicar por un total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 1.627.800.-), de acuerdo al siguiente detalle: El Renglón N° 1 a la empresa PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A. por la suma total de PESOS UN MILLON NOVENTA MIL PESOS ($ 1.090.000.-). El Renglón N° 2 a la empresa IGARRETA S.A.C.I. por la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($537.800.-). Declarar el Renglón N° 3 DESIERTO”.

Que a fojas 296 se agregó la constancia de notificación de lo dictaminado a las oferentes y a fojas 297/301 lucen las constancias de recepción correspondientes. A su vez, se procedió a realizar la publicación del Dictamen en la página de Internet de este Consejo (fs. 304).

Que requerida que fuera al efecto, mediante Dictamen Nº 5913/2014, la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete, realizó una breve reseña de lo actuado y puso de resaltó que “(…) no surge de las presentes actuaciones la publicación del Dictamen precitado [Dictamen de Evaluación de Ofertas] en la cartelera de la Dirección de Compras y Contrataciones ni en el Boletín Oficial”. Luego, concluyó que “(…) con todas las consideraciones precedentemente expuestas, teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa aplicable, esta Dirección General opina que, una vez cumplimentadas las publicaciones del dictamen referido conforme la legislación vigente, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga el trámite de las presentes actuaciones” (fs. 309/310).

Que a fojas 314/315 se ha incorporado la constancia de publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 4478 del día 11 de septiembre de 2014. Con respecto a lo señalado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos respecto de la ausencia de publicación del dictamen de evaluación de ofertas en la cartelera de la Dirección de Compras y Contrataciones, corresponde dejar sentado que dicha publicación no está prevista en la normativa aplicable al caso.

Que en este estado, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección, conforme lo oportunamente dictaminado por el área técnica, lo manifestado por la Comisión Evaluadora de Ofertas y por el área de asesoramiento jurídico permanente de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -y cumplimentadas todas las publicaciones requeridas conforme la Ley Nº 2095, su modificatoria y sus reglamentaciones- corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 10/2014 de etapa única, bajo la modalidad de compra unificada que tiene por objeto la adquisición de vehículos para el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, cantidades, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 238/2014.

Que asimismo, corresponderá adjudicar el Renglón N° 1 de la Licitación Pública N° 10/2014 a la empresa Peugeot Citroen Argentina S.A. por la suma total de un millón noventa mil pesos ($ 1.090.000,00), de acuerdo con la propuesta obrante a fojas 229/255 y con el Pliego de Condiciones Particulares correspondiente a la licitación de marras y el Renglón N° 2 de la Licitación Pública N° 10/2014 a la empresa Igarreta S.A.C.I. por la suma de quinientos treinta y siete mil ochocientos pesos ($ 537.800,00), de acuerdo con la propuesta obrante a fojas 150/226 y con el Pliego de Condiciones Particulares correspondiente a la licitación de marras. En ambos casos, por resultar propuestas admisibles técnicamente y convenientes económicamente.

Que finalmente, corresponderá declarar desierto el Renglón N° 3 en razón de no haberse presentado ninguna oferta e instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a que consulte a la Presidencia de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial si persiste la necesidad de la adquisición en cuestión y en tal caso a que arbitre los medios necesarios para impulsar un nuevo procedimiento de contratación.

Que a su vez, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31, sus modificatorias, y por la Resolución de Presidencia N° 391/2013;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 10/2014, de etapa única, bajo la modalidad de compra unificada que tiene por objeto la adquisición de vehículos para el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, cantidades, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 238/2014.

 

Artículo 2º: Adjudíquese el Renglón N° 1 de la Licitación Pública N° 10/2014 a la empresa Peugeot Citroen Argentina S.A. por la suma total de un millón noventa mil pesos ($ 1.090.000,00), de acuerdo con la propuesta obrante a fojas 229/255 y con el Pliego de Condiciones Particulares correspondiente a la licitación de marras. Ello por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.

 

Artículo 3°: Adjudíquese el Renglón N° 2 de la Licitación Pública N° 10/2014 a la empresa Igarreta S.A.C.I. por la suma de quinientos treinta y siete mil ochocientos pesos ($ 537.800,00), de acuerdo con la propuesta obrante a fojas 150/226 y con el Pliego de Condiciones Particulares correspondiente a la licitación de marras. Ello por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.

 

Artículo 4°: Declárese desierto el Renglón N° 3 de la Licitación Pública N° 10/2014 en razón de no haberse presentado ninguna oferta.  

Artículo 5°: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá consultar a la Presidencia de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial si persiste la necesidad de la adquisición del vehículo correspondiente al Renglón N° 3 de la Licitación Pública N° 10/2014 y en tal caso arbitrar los medios necesarios para impulsar un nuevo procedimiento de contratación.

Artículo 6º: Regístrese, publíquese y notifíquese como se ordena. Comuníquese a la Presidencia de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.

 

RES. OAyF Nº 304  /2014

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