Autorizar el gasto por la contratación con la firma SIEMENS S.A., para el recambio (provisión y colocación) de dos (2) fuentes de estante para HiPath 3750 (NID -15004229), por un valor total de cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos con treinta y seis centavos ($5.859, 36), IVA incluido (vid. fs. 2/3).
Autorizar el gasto por la contratación con la firma SIEMENS S.A., para el recambio (provisión y colocación) de dos (2) fuentes de estante para HiPath 3750 (NID -15004229), por un valor total de cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos con treinta y seis centavos ($5.859, 36), IVA incluido (vid. fs. 2/3).
Autorizar el gasto por la contratación con la firma SIEMENS S.A., para el recambio (provisión y colocación) de dos (2) fuentes de estante para HiPath 3750 (NID -15004229), por un valor total de cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos con treinta y seis centavos ($5.859, 36), IVA incluido (vid. fs. 2/3).
Buenos Aires, 18 de enero de 2010.
VISTO:
el expediente OAyF 005/10-0, caratulado OAyF s/Caja Chica Especial: Reparación de la Central Telefónica Beruti
CONSIDERANDO:
Que tratan los actuados de la solicitud impulsada por la Dirección de Informática y Tecnología tendiente a la reparación de la Central Telefónica de la sede judicial Beruti. En la Nota DIT Nº 9 (fs. 3 y 8), el Lic. Waicman explica que los equipos se encuentran fuera de servicio y que la empresa proveedora de los mismos, a la sazón SIEMENS S.A., diagnosticó que la falla se debe al colapso de dos fuentes de alimentación que deben ser reemplazadas. Para ello, presupuesta el trabajo en un valor total de cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos con treinta y seis centavos ($5.859, 36), IVA incluido (vid. fs. 2/3).
Que en este sentido, toda vez que la necesidad puesta de manifiesto compromete el normal desempeño de las dependencias judiciales y administrativas que operan en la sede Beruti y exige, por tanto, una respuesta urgente, se encauzaron actuaciones a través del procedimiento de excepción instrumentado por la Res. CM Nº 236/2009.
Que en la especie se configura uno de los supuestos de excepción previstos en el art. 7, inc. 2 del Régimen de Caja Chica Especial pues, como es dable a cualquiera advertirlo, la requisitoria que motiva este trámite requiere una respuesta urgentísima, que no se compadece con el procedimiento regular de búsqueda de cotizaciones (art. 6 del citado régimen).
Que de tal modo, con el objeto de impedir la paralización de las actividades de los Tribunales y oficinas administrativas ubicados en la sede Beruti, para las que las líneas telefónicas representan un elemento de primera necesidad, es menester autorizar el gasto por la contratación con la firma SIEMENS S.A., para el recambio (provisión y colocación) de dos (2) fuentes de estante para HiPath 3750 (NID -15004229), por un valor total de de cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos con treinta y seis centavos ($5.859, 36), IVA incluido (vid. fs. 2/3).
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículo 4to, inciso f) y 10 de la Ley 1988, por las Res. CM Nº 819/2006 y Res. CM Nº 236/2009;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorizar el gasto por la contratación con la firma SIEMENS S.A., para el recambio (provisión y colocación) de dos (2) fuentes de estante para HiPath 3750 (NID -15004229), por un valor total de cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos con treinta y seis centavos ($5.859, 36), IVA incluido (vid. fs. 2/3).
Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del Régimen de Caja Chica Especial, debiendo dar oportuna intervención a la Dirección de Informática y Tecnología, para la recepción del servicio.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección de Informática y Tecnología. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones a los fines previstos en el artículo anterior y oportunamente, archívese.