Buenos Aires, 22 de marzo de 2017
RES. OAyF Nº 083 /2017
VISTO:
El Expediente DGCC N° 006/17-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Impresión Constitución Pocket”; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo Nº 540/2016 (fs. 3/7) y su rectificatorio Memo N° 49/2017 (fs. 26/27) la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de tres mil (3.000.-) ejemplares de la “Constitución Nacional y de la Ciudad” (versión pocket) de acuerdo a las especificaciones que adjuntó. Asimismo, acompañó copia del Acta Nº 10 de la Reunión del Consejo Editorial de donde surge la aprobación de la publicación referida (v. Punto 1.2 del Acta).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. del cual se desprende que el monto por la impresión pretendida asciende a la suma total de ciento treinta y tres mil trescientos veinte pesos ($133.320,00) IVA incluido (fs. 32).
Que a su vez la aludida Dirección General puso de resalto que la firma Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 14 y fs. 17).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable afectó la suma necesaria para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancias N° 393/01 2017 de fs. 15/16, 1083/02 2017 de fs. 33/34 y 494/03 2017 de fs. 43).
Que asi las cosas, mediante Memo Nº 71/2017 la Editorial Jusbaires informó que las especificaciones técnicas detalladas en el presupuesto glosado a fojas 32 se ajustan a lo requerido (fs. 39).
Que entonces, la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 7504/2017. Allí, luego de realizar una reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente concluyó que “no existe obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones” (fs. 49/50).
Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 06/2017 con la firma Eudeba S.E.M. para la impresión de tres mil (3.000.-) ejemplares de la “Constitución Nacional y de la Ciudad” (versión pocket), por la suma total de ciento treinta y tres mil trescientos veinte pesos ($133.320,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 32.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión referida.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y efectúe las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 06/2017 con la firma Eudeba S.E.M. para la impresión de tres mil (3.000.-) ejemplares de la “Constitución Nacional y de la Ciudad” (versión pocket).
Artículo 2º: Autorícese el gasto por la impresión de tres mil (3.000.-) ejemplares de la “Constitución Nacional y de la Ciudad” (versión pocket), por la suma total de ciento treinta y tres mil trescientos veinte pesos ($133.320,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 32.
Artículo 3°: Dése intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión autorizada en el artículo 2° del presente acto.
Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Editorial Jusbaires y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
Res. OAyF Nº 083 /2017