Buenos Aires, 01 de diciembre de 2016
Res. OAyF Nº 367 /2016
VISTO:
El Expediente DGCC N° 154/16-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Provisión, Actualización y Mantenimiento de Software Antivirus” y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota N° 118 de la Dirección General de Informática y Tecnología informó acerca de la necesidad de actualizar el servicio de antivirus en los servidores de este Consejo de la Magistratura, así como la provisión del servicio aludido, a los equipos de escritorio del Poder Judicial. En tal sentido, indicó que actualmente el servicio es prestado por la empresa “Trend Argentina” y que debería considerarse la posibilidad de extender la contratación vigente y morigerar el elevado costo que podría implicar renovar el servicio de equipos de escritorio con otra firma. Finalmente informó que el número de Licencias de software antivirus a contratar asciende a tres mil quinientas (3.5 00.-) (fs. 4).
Que entonces, mediante Memo SCAGyMJ N° 212/2016 la Secretaría de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial prestó conformidad a la propuesta y remitió lo actuado a la Dirección General de Informática y Tecnología precedentemente apuntada (fs. 3).
Que en consonancia con lo antedicho, la Dirección General de Informática y Tecnología remitió las especificaciones técnicas para la actualización del mantenimiento software antivirus Enterprise Security for Endpoints – Standard para doscientos cincuenta y un (251.-) usuarios y para la contratación de la provisión y mantenimiento del servicio de antivirus Enterprise Security for Endpoints – Standard para tres mil doscientos cuarenta y nueve (3249.-) usuarios. En ambos casos, por el término de veinticuatro (24.-) meses. Finalmente, informó el monto del presupuesto estimado para la presente contratación (cfr. Nota N° 350 y adjuntos de fs. 6/10).
Que así las cosas, la Dirección General de Compras y Contrataciones elaboró el proyecto de Invitación a Cotizar (fs. 18/19) y lo puso a consideración de la Dirección General de Informática y Tecnología (cfr. Nota DGCC N° 465/2016 de fs. 20). En respuesta, el área técnica manifestó que no tenía observaciones que formular (v. Nota N° 388 de fojas 22).
Que a los efectos de verificar el cumplimiento del requisito estipulado en el artículo 22 de la Resolución CM Nº 1/2014 -reglamentaria de la Ley de Compras y Contrataciones- la Dirección General de Compras y Contrataciones consultó el estado registral de la firma EDSI Trend Argentina S.A. ante el BAC -Sistema de Compras Públicas- del que surge que se encuentra inscripta y agregó copia de la Nota presentada por la firma EDSI Trend Argentina S.A. que da cuenta que dicha empresa es la única representante autorizada para la comercialización de productos y servicios de Trend Micro en la República Argentina (fs. 26).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones entendió viable proceder a la renovación del servicio de actualización y mantenimiento de licencias de software antivirus y extender dicho servicio para los equipos de escritorio de los distintos usuarios, con la firma EDSI Trend Argentina S.A. mediante el procedimiento de contratación directa por adjudicación simple previsto en el artículo 28 del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014 reglamentaria de la Ley 2095 y su modificatoria la Ley 4764 (fs. 27).
Que en ese estado, esa Dirección General incorporó la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 65/2016 (fs. 29/30) y el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM N° 01/2014 (fs. 31/38), cursados mediante correo electrónico a la firma E.D.S.I. Trend Argentina S.A. (fs. 28).
Que cabe destacar que la Invitación a Cotizar prevé que “Las propuestas deberán ser formuladas, por renglón, en Dólares Estadounidenses (…)” y que la oferta podrá solicitar el pago por anticipado, debiendo integrar un seguro de caución por el monto total adjudicado, en garantía de pago anticipado (cfr. Puntos D y F de la Invitación a Cotizar de fs. 29/30).
Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica agregada a fojas 41, la firma EDSI Trend Argentina S.A. presentó una oferta -incorporada a fojas 44/100- que contiene una (1.-) propuesta económica por un total de noventa y ocho mil cuatrocientos veintiún dólares estadounidenses con 40/100 (US$ 98.421,40) IVA incluido, por la cotización de los servicios solicitados Renglones 1 y 2 de la invitación a cotizar de autos.
Que por otro lado, en respuesta a la intimación cursada por la Dirección General de Compras y Contrataciones (v. correo electrónico de fs. 101) la oferente envío una nota suscripta por Trend Micro Latinoamérica S.A. de C.V en la cual manifiesta que: “(…) la empresa E.D.S.I. Trend Argentina S.A. en fecha de hoy actualmente es el único representante autorizado para la comercialización de productos y servicios de Trend Micro en la República Argentina” (fs. 105).
Que en su carácter de área requirente y técnica competente, la Dirección General de Informática y Tecnología indicó que la oferta se ajustaba a las necesidades del Organismo (v. Nota Nº 428 de fs. 108).
Que posteriormente, la oferente presentó una Nota aclaratoria en la que informó que requerirá el pago anticipado y en función de ello, en el momento oportuno, presentará la garantía de adjudicación correspondiente (fs. 110/111).
Que acto seguido, se agregó la Constancia de Registración Presupuestaria N° 216/09 2016, cumplimentado de este modo lo establecido en la Ley 70 (fs. 112/113).
Que en este estado, la Dirección General de Compras elevó los actuados mediante Nota N° 533-DGCC-16 que luce agregada a fojas 114.
Que requerida que fuera al efecto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y requirió -con carácter previo a la emisión del Dictamen correspondiente- a la Dirección General de Informática y Tecnología la presentación de un informe técnico pormenorizado en relación al requisito de exclusividad contemplado en la normativa aplicable al presente, debiendo informar si el mismo alcanza a los dos (2.-) renglones de la contratación de marras (fs. 118). En respuesta esa Dirección General aclaró expresamente que los productos comprendidos en los Renglones 1 y 2 de la presente contratación son comercializados en forma exclusiva en Argentina por la firma EDSI Trend Argentina S.A. (fs. 120).
Que a su vez, la Dirección General de Compras y Contrataciones solicitó -vía correo electrónico- a la empresa oferente que aclarara si la Declaración Jurada de Exclusividad presentada oportunamente resultaba comprensiva de los dos (2.-) renglones de contratación en cuestión (fs. 122/123). La empresa oferente, contestó afirmativamente (fs. 124).
Que entonces, tomó nueva intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 7272/2016. Allí, previa reseña de lo actuado, destacó lo dispuesto por el artículo 28 del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014 -reglamentaria de la Ley de Compras y Contrataciones- respecto del procedimiento para las contrataciones directas por adjudicación simple y entendió que procede su aplicación en el caso de marras. Luego, observó que en los presentes actuados no luce agregado el acto administrativo que autoriza la presente Contratación Directa. Finalmente concluyó lo siguiente: “(…) teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones, lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones, el informe técnico y la normativa aplicable, así como la observación realizada precedentemente, esta Dirección General no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones…” (fs. 127/130).
Que así las cosas y sin perjuicio de lo expuesto por las dependencias intervinientes, esta Oficina de Administración y Financiera instruyó a la Dirección General de Compras y Contrataciones a que solicitara a la empresa EDSI Trend Argentina S.A. que aclarara la propuesta económica presentada a fojas 46/51 de estos actuados (fs. 134 y fs. 136). La respuesta al requerimiento luce agregada a fojas 137/140. De allí se desprende, sin hesitación alguna que la oferta económica presentada por la firma EDSI Trend Argentina S.A. por los servicios solicitados en los Renglones 1 y 2 de la Invitación a Cotizar de la Contratación Directa N° 65/2016 asciende a la suma de noventa y ocho mil cuatrocientos veintiún dólares estadounidenses con 40/100 IVA incluido (US$ 98.421,40) IVA incluida.
Que a su vez, la Dirección General de Informática y Tecnología -en su calidad de área técnica y requirente- prestó conformidad a la propuesta económica agregada a fojas 138/140 (cfr. Nota N° 587 de fs. 145).
Que puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera, previo a resolver y respecto a la observación formulada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos es dable señalar que en los presentes actuados se dio cabal cumplimiento al procedimiento establecido en el artículo 28 del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014 referido a la Contratación Directa por Adjudicación Simple por Exclusividad y el dictado del acto de aprobación procede conjuntamente con el de adjudicación por parte del órgano competente.
Que aclarada la observación efectuada por el área de asesoramiento jurídico permanente de este Organismo y en línea con lo dictaminado por ella, de acuerdo a los antecedentes mencionados, a la conformidad brindada por la Dirección General de Informática y Tecnología en su calidad de área requirente y técnica competente y con especial ahínco en la conformidad prestada por la Secretaría de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, y cumplidos los pasos de rigor, corresponderá aprobar lo actuado en la Contratación Directa N° 65/2016 por adjudicación simple que tiene por objeto la renovación, upgrade y mantenimiento de doscientas cincuenta y un (251.-) licencias de software antivirus Enterprise Security for Endpoints- Standard y la provisión y mantenimiento de tres mil doscientos cuarenta y nueve (3249.-) licencias de software antivirus Enterprise Security for Endpoints-Standard, por el término de veinticuatro (24.-) meses, de acuerdo a la Invitación a Cotizar obrante a fojas 29/30.
Que a su vez, corresponderá adjudicar la Contratación Directa N° 65/2016 a la firma EDSI Trend Argentina S.A. por la suma total de noventa y ocho mil cuatrocientos veintiún dólares estadounidenses con 40/100 (US$ 98.421,40) IVA incluido. Ello, de acuerdo con la oferta obrante a fojas 44/100 con sus aclaratorias de fojas 111 y 138/140 y de conformidad con la Invitación a Cotizar de fojas 29/30.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras para que se instrumenten las medidas correspondientes para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97. Asimismo, deberá notificar lo que se resuelva en el presente acto a la firma que resulte adjudicataria y comunicarle que a los efectos de hacer efectivo el cobro del monto de su oferta en concepto de anticipo, deberá presentar un seguro de caución por el importe que se le anticipe, de conformidad con lo dispuesto por el Punto F de la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa Nº 65/2016.
Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias y la Resolución Presidencia N° 391/2013;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 65/2016 por adjudicación simple que tiene por objeto la renovación, upgrade y mantenimiento de doscientas cincuenta y un (251.-) licencias de software antivirus Enterprise Security for Endpoints- Standard y la provisión y mantenimiento de tres mil doscientos cuarenta y nueve (3249.-) licencias de software antivirus Enterprise Security for Endpoints-Standard, por el término de veinticuatro (24.-) meses, de acuerdo a la Invitación a Cotizar obrante a fojas 29/30.
Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Directa N° 65/2016 a la firma EDSI Trend Argentina S.A. por la suma total de noventa y ocho mil cuatrocientos veintiún dólares estadounidenses con 40/100 (US$ 98.421,40) IVA incluido. Ello, de acuerdo con la oferta obrante a fojas 44/100 con sus aclaratorias de fojas 111 y 138/140 y de conformidad con la Invitación a Cotizar de fojas 29/30. Ello, por los argumentos expuestos en los considerandos del presente acto.
Artículo 3°: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación adjudicada en el artículo 2° del presente acto, y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97. Asimismo, deberá notificar lo que se resuelva en el presente acto a la firma adjudicataria y comunicarle que a los efectos de hacer efectivo el cobro del monto de su oferta en concepto de anticipo, deberá presentar un seguro de caución por el importe que se le anticipe, de conformidad con lo dispuesto por el Punto F de la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa Nº 65/2016.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, a la Dirección General de Informática y Tecnología y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.