Buenos Aires, 5 de febrero de 2013
RES. OAyF (RE) Nº 003 /2013
VISTO:
el expediente OAyF-020/13-0, caratulado “O. A. y F. s/ Contratación de Sobres Personalizados para los Sres. Consejeros s/ Caja Chica Especial” y;
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se iniciaron con motivo de la Nota DCPyRI Nº 6/2013 de la Jefa de Departamento de Ceremonial, Protocolo y Relaciones Institucionales, por la cual se puso en evidencia la necesidad de adquirir doscientos (200) sobres personalizados en tamaño A4, oficio y carta (23.5cm x 12.5cm), para cada uno de los consejeros de este Consejo, e igual cantidad sin personalizar, según el modelo acompañado (fs. 1/4).
Que la urgencia relativa a la señalada necesidad de adquirir sobres se destacó en el correo electrónico remitido por el precitado Departamento con fecha 29 de enero de 2013 (fs. 5).
Que en atención a lo señalado, esta Administración General entendió que se trata en el caso de servicios destinados a la satisfacción de necesidades cuya urgencia y magnitud es tal que impide la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno y, en tal sentido, encuadró el presente procedimiento en el tratamiento de excepción previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 (fs. 6).
Que conforme lo establecido en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento de lo actuado a la Dirección General de Auditoría Interna y Control de Gestión (fs. 9).
Que en tal estado y en cumplimiento de lo estipulado en el inciso 1) del artículo 6º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se solicitó -mediante los correos electrónicos obrantes a fojas 10/18- a las firmas Digicom S.A., Gráfica Golan y Compañía Papelera Sarandí cotización para la provisión, para cada consejero, de doscientos (200) sobres personalizados en tamaño A4, e igual cantidad sin personalizar (renglón Nº 1); provisión de doscientos (200) sobres personalizados en tamaño oficio, e igual cantidad sin personalizar (renglón Nº 2); provisión de doscientos (200) sobres personalizados tamaño carta de 23.5 cm x 12.5 cm, e igual cantidad sin personalizar (renglón Nº 3), según el detalle enviado en un cuadro adjunto.
Que mediante los correos electrónicos de fecha 4 de febrero de 2013, esta Administración General comunicó a las precitadas compañías que el plazo para proveer los sobres objeto de la presente contratación se extiende hasta el 20 de febrero de 2013 (fs. 19/21).
Que como resultado de las invitaciones cursadas, sólo la compañía Digicom S.A. cotizó los servicios requeridos (fs. 22) y remitió una propuesta por un monto total de pesos catorce mil setecientos cincuenta y dos ($ 14.752,00), IVA incluido. En particular, cotizó para el renglón Nº 1 la suma de pesos cinco mil ciento veinticuatro ($ 5.124,00), para el renglón Nº 2 la suma de pesos cinco mil ochocientos cincuenta y ocho ($ 5.858, 00), y para el renglón Nº 3 la suma de pesos tres mil setecientos setenta ($ 3.770,00), IVA incluido en todos los casos.
Que al respecto, corresponde señalar primeramente que la oferta presentada por la firma cotizante cumple con los requisitos técnicos solicitados en la invitación a presupuestar. Por otro lado, conforme surge de una razonable ponderación económica, cabe resaltar que la misma resulta conveniente a los intereses de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que puesto a resolver, encontrándose cumplidos los trámites previstos en la Resolución CM Nº 97/2012, acabadamente configurado el supuesto de excepción previsto en la citada normativa, atento la urgencia objetiva de la contratación encomendada, y con el objeto de dar inmediata respuesta al presente trámite, corresponderá autorizar la contratación con la compañía Digicom S.A. a fin de que provea a este Consejo de doscientos (200) sobres personalizados en tamaño A4, oficio y carta (23.5cm x 12.5cm), para cada uno de los consejeros de este Consejo, e igual cantidad sin personalizar. Ello, por constituir una oferta económica conveniente a los intereses de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los efectos de cubrir la necesidad de adquirir los referidos sobres con la urgencia requerida por la Jefa de Departamento de Ceremonial, Protocolo y Relaciones Institucionales (fs. 1).
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389), y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y 97/2012,
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorizar el gasto para la contratación de la firma Digicom S.A. para la provisión de doscientos (200) sobres personalizados en tamaño A4 para cada consejero, e igual cantidad sin personalizar, por la suma de pesos cinco mil ciento veinticuatro ($ 5.124,00); doscientos (200) sobres personalizados en tamaño oficio para cada consejero, e igual cantidad sin personalizar, por la suma de pesos cinco mil ochocientos cincuenta y ocho ($ 5.858,00); doscientos (200) sobres personalizados tamaño carta de 23.5 cm x 12.5 cm para cada consejero, e igual cantidad sin personalizar, por un monto de pesos tres mil setecientos setenta ($ 3.770,00), IVA incluido en todos los casos, conforme las especificaciones remitidas por el correo electrónico de fojas 10/12 y 19, y de acuerdo a la propuesta económica agregada a fojas 22. Ello, en función de los argumentos expuestos en los considerandos de la presente.
Artículo 2º: Remítase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que notifique al adjudicado del presente acto, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar. Comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y al Departamento de Ceremonial, Protocolo y Relaciones Institucionales. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.
RES. OAyF (RE) Nº 003 /2013