Licitación Pública Nº 36/2009 - Exp. CM Nº DCC-170/09-0 - Circular Sin Consulta Nº 1 - Resolución CAFITIT Nº 66/2009

Aprobar la Circular sin Consulta Nº 1 de la Licitación Pública Nº 36/2009, que como Anexo I se adjunta a la presente resolución.

Aprobar la Circular sin Consulta Nº 1 de la Licitación Pública Nº 36/2009, que como Anexo I se adjunta a la presente resolución.

Aprobar la Circular sin Consulta Nº 1 de la Licitación Pública Nº 36/2009, que como Anexo I se adjunta a la presente resolución.

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2009

RESOLUCIÓN CAFITIT Nº 66 /2009

VISTO:

 

El expediente “DCC N° 170/09-0 s/ Antecedentes para la Obra Beruti 3343/45 – Primera Etapa -; y

CONSIDERANDO:

 

Que por Resolución de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones Nº 60/2009, se aprobó el llamado a Licitación Pública Nº 36/2009 para la primera etapa de readecuación de Beruti 3343/45, con un presupuesto oficial de Pesos Ocho Millones Quinientos Diecinueve Mil Novecientos Diecinueve con Veintiséis Centavos ($8.519.919,26), fijándose como fecha de apertura pública de ofertas el día 2 de diciembre de 2009 a las 12:00 horas.

Que la Dirección y el Departamento de Planificación y Proyectos mediante Memo Nº 133/09, remite el proyecto de la circular sin consulta nro. 1, a los fines de realizar aclaraciones técnicas para la presente contratación.

Que intervino la Oficina de Administración y Financiera, sin realizar observaciones al respecto.

Que en tal estado llega la actuación a la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones.

Que conforme lo expuesto precedentemente, se observa que el área técnica recomienda realizar aclaraciones sobre los pliegos aprobados, que no implican modificaciones sustanciales de las condiciones de la contratación.

Que habiendo intervenido las áreas competentes, no resulta conveniente apartarse del criterio sugerido por ellas.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31, sus modificatorias y la Resolución CM Nº 344/2005.

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA,

INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1°: Aprobar la Circular sin Consulta Nº 1 de la Licitación Pública Nº 36/2009, que como Anexo I se adjunta a la presente resolución.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial, y a notificar la presente resolución a los adquirentes del Pliego, y a las Cámaras del sector.

Artículo 3°:Regístrese, anúnciese en la Cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, notifíquese a los adquirentes del Pliego, y a las Cámaras, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección General de Infraestructura y Obras, cúmplase y, oportunamente, archívese.