Contratación Directa Nº 71/2016- Resolución OAyF Nº 328/2016- Expediente CM Nº DCC 238/15-4 "Contratación del Seguro para un Equ

                                                                        

                                                                                 Buenos Aires,   24  de octubre  de 2016

 

RES. OAYF Nº   328  /2016

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 238/15-4 caratulado “D.G.C.C. s/ Contratación del Seguro para un Equipo de Video Conferencia –AGIP/CFJ”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante correo electrónico obrante a fojas 1, el Centro de Formación Judicial solicitó con carácter  urgente la contratación de un seguro para un equipamiento de videoconferencia próximo a recibir. A su vez, adjuntó copia de la Orden de Compra emitida por la Administración General de Ingresos Públicos y copia del Acta Complementaria I -celebrada entre las partes mencionadas- por medio de la cual se establece la entrega en Comodato por el plazo de treinta (30.-)  días,  del equipamiento de video conferencia detallado en la Cláusula Segunda del Acta en cuestión (fs. 1/4).

Que entonces, tomó intervención la Dirección General de Compras y Contrataciones y adjuntó la constancia de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores de Nación Seguros S.A. (fs. 9/10) y entendió que “(…) corresponde proceder a la contratación del seguro para un equipo de Video Conferencia con la firma Nación Seguros S.A. (adjudicataria del Renglón 2 de la Licitación Pública N° 28/2015) a través del procedimiento de Contratación Directa prevista en el Art. 28 Inc.6) de la Ley 2095 modificada por Ley 4764; toda vez que el  seguro requerido resulta complementario al contratado…) (fs. 11).

Que seguidamente, la mentada Dirección General remitió la correspondiente Invitación a Cotizar -en la Contratación Directa N° 71/2016- a la firma Nación Seguros S.A. tendiente a la contratación del Seguro de Incendio, Robo y Daños (incluyendo daños por fallas en el suministro de energía eléctrica de la red pública) en todo el territorio de la República Argentina, para el equipamiento de video conferencia a instalarse en la calle Bolívar 177, piso 2°, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, descripto en el Anexo I de la citada Invitación a Cotizar, y conforme los valores allí estipulados, junto al Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM Nº 01/2014 con la modificación introducida por Resolución Pres. N° 554/2014 (fs. 12/23).

Que a fojas 24 luce agregada el Acta de Recepción de la Propuesta Económica -labrada el día 4 de octubre del corriente por la Dirección General de Compras y Contrataciones- de la que surge que la firma Nación Seguros S.A. presentó una oferta en el marco de la Contratación Directa Nº 71/2016 -glosada a fojas 28/30 - por un monto total de quinientos cincuenta pesos con 45/100 IVA incluido ($ 550,45).  A su vez, a  fojas 27 se anejó la Declaración Jurada de Aptitud para Contratar correspondiente a la mencionada aseguradora.

Que entonces,  la Dirección General de Compras y Contrataciones solicitó al Centro de Formación Judicial la realización de la afectación presupuestaria preventiva para la presente contratación y que se expida respecto  de la oferta presentada por la firma Nación Seguros S.A. (fs. 36 y fs. 38).

Que el Centro de Formación Judicial informó que procedió a requerir al Tribunal Superior de Justicia la realización de la afectación presupuestaria respectiva (cfr. correo electrónico que luce a fs. 37). A su vez, prestó conformidad a la oferta económica de autos mediante Memo CFJ N° 406/16 que se encuentra glosado a fojas 41.

Que requerida su opinión, mediante Dictamen Nº 7260/2016, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, previa reseña de lo actuado y tras citar la normativa aplicable al caso (cfr. inciso 6 del artículo 28 de la Ley 4764 y Resolución CM N° 1/2014) observó que se encontraba pendiente la agregación de la constancia de la afectación preventiva de la partida presupuestaria solicitada a fojas 36 y que una vez cumplido con ello, concluyó que “… no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del trámite del presente expediente) (fs. 47/48).

Que atento la observación formulada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Dirección General de Compras y Contrataciones remitió la Nota DGCC N° 611/2016 a través de la cual adjuntó el Memo CFJ N° 429/16  por medio del cual adunó copias certificadas de la afectación presupuestaria preventiva realizada por el Tribunal Superior de Justicia, correspondiente a la contratación de marras (fs. 66/68).

Que en atención a lo relatado y puesto a resolver, a fin de dar respuesta a la solicitud del Centro de Formación Judicial, de acuerdo a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y a lo establecido en el inciso 6 del artículo 28 de la Ley 2095 modificada por la Ley 4764, no se encuentra óbice para aprobar la Contratación Directa N° 71/2016 tendiente a la contratación del Seguro de Incendio, Robo y Daños (incluyendo daños por fallas en el suministro de energía eléctrica de la red pública), en todo el territorio de la República Argentina para equipamiento de video conferencia a instalarse en la calle Bolívar 177, piso 2° de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires y adjudicarla a la firma Nación Seguros S.A. por la suma total de quinientos cincuenta pesos con 45/100  ($ 550,45) IVA incluido, conforme la oferta económica incorporada a fojas 28/30 y de acuerdo a la Invitación a Cotizar y su Anexo I obrante a fojas 12/23.

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la Contratación Directa N° 71/2016 que se adjudicará en el presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar lo que se resuelva en el presente acto a la firma que resulte adjudicataria.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 71/2016 tendiente a la contratación del Seguro de Incendio, Robo y Daños (incluyendo daños por fallas en el suministro de energía eléctrica de la red pública), en todo el territorio de la República Argentina para el equipamiento de video conferencia a instalarse en la calle Bolívar 177, piso 2° de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a la Invitación a Cotizar y su Anexo I obrante a fojas 12/23.

 

Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Directa Nº 71/2016 a la firma Nación Seguros S.A. por la suma total de quinientos cincuenta pesos con 45/100  ($ 550,45) IVA incluido, conforme la oferta económica incorporada a fojas  28/30 y de acuerdo a la Invitación a Cotizar y su Anexo I obrante a fojas 12/23. Ello, en función de lo expuesto en los considerandos de la presente.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la Contratación Directa N° 71/2016 que se adjudicó en el artículo 2º del presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar lo resuelto en el presente acto a la firma adjudicataria.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese al Centro de Formación Judicial y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAYF Nº  328    /2016

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