Licitación Pública Nº 45/2010 sobre Adq. de Caratulas Expte. CM Nº OAyF 166/10-0 Res. OAyF Nº 251/10

Autorizar el llamado a Licitación Pública de etapa únicaNº 45/2010 tendiente a la adquisición de carátulas para expedientes para el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Areas Administrativa y Jurisdiccional), el Ministerio Público Tutelar y el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2010

 

RES. OAyF Nº 251 /2010

 

 

VISTO:

El expediente OAyF Nº 166/10-0 mediante el cual se impulsa la adquisición de carátulas para expedientes para el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Areas Administrativa y Jurisdiccional), el Ministerio Público Tutelar y el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y

 

CONSIDERANDO:

Que a fs. 97/98 mediante Nota Nº 1530/10, la Dirección de Compras y Contrataciones elevó las actuaciones, con los antecedentes necesarios para propiciar la adquisición del Visto y al propio tiempo da cuenta que : “ Vigente la Ley Nº 2095 (…) reglamentada por este Consejo mediante Resolución CM Nº 810/2010. esta Dirección entiende viable el llamado a una Licitación Pública de etapa única, conforme a lo dispuesto en los Artículos 25º, 27º, 31º,32º y cc de la Ley Nº 2095”

Que la necesidad de la presente licitación quedó plasmada en la Nota Nº 969-DCC CM -10 (fs 9) a través de la cual el Sr. Director de Compras y Contrataciones informó la imperiosidad de dar curso a la tramitación canalizada mediante la licitación pública para adquisición de carátulas y carpetas para el ejercicio 2011. Asimismo expresó que la misma no está prevista en el Plan Anual de Compras del corriente ejercicio.

Que instruida que fuera por este Administrador (fs.15), a efectos de establecer las especificaciones técnicas que se requerirán en este procedimientos licitatorio se instruyó expresamente a la Dirección de Compras y Contrataciones, de la siguiente manera: “a) fijar un margen de tolerancia sobre el gramaje requerido en las cartulinas (…), b) preveer la intervención del INTI en la evaluación de los oferentes y en el control de los productor entregados y, c) precisar con máximo detalle las cualidades que deben reunir las carpetas de cartón forradas en tela plástica con bolsillo en el frente”. Por último dispuso: “ que deberán incrementarse las cantidades consignadas a fs. 9 y vta. A razón de un treinta por ciento (30%) por renglón”.

Que en el orden de ideas precitado, a fs. 20/26, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial elaboró un informe con relación a las muestras remitidas al efecto y la Dirección de Compras y Contrataciones hizo lo propio confeccionando el Cuadro de Presupuesto, ascendiendo es mismo a la suma de cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos cuarenta pesos ( $ 462.240,00) IVA incluido (fs. 73)

Que a través de las solicitudes que lucen a fs. 1/8 el Área competente procedió a reflejar en los renglones del anteriormente invocado Cuadro Presupuesto, los requerimientos de la Secretaría General de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario y la Secretaría General de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas, de manera tal que tanto el Ministerio Público Tutelar (fs. 55/56, 60/63 y 70/72) como el Ministerio Publico Fiscal formaran parte de esta contratación, no así la Defensoría General ( fs. 54).

Que corresponde tomar como referencia para la realización del presente procedimiento el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, aprobado por Resolución CM Nº 810/2010.

Que a fs. 81/86 se agrega el proyecto de pliego de condiciones particulares. A fs. 87 se agrega el modelo de publicación en el Boletín Oficial, y a fs. 88/92 el listado de empresas a invitar, integrado conforme los listados obtenidos del Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el rubro Nº 601 y 602.

Que es de hacer notar que teniendo en cuenta las disposiciones impartidas por este Administrador, la Dirección de Compras y Contrataciones procedió a no incluir en el listado de empresas a invitar a las últimas adjudicatarias de la respectiva anterior licitación, dado que las que resultaran adjudicatarias (Visapel SA y Librería y Papelería P&B SRL) incurrieron en incumplimientos , ocasionando la rescisión parcial del suministro ( Resolución OAyF Nº 172/2010), conforme surge de la Nota DCC 1530-2010 a fs. 98.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones propone la entrega sin costo de los Pliegos de Condiciones Particulares, según el artículo 86 inc. g de la Reglamentación de la Ley 2095.

Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó la registración preventiva del presente gasto. A tal efecto la Dirección de Programación y Administración Contable informa que: “ esta Dirección ha tomado conocimiento de la solicitud de afectación, por lo cual procederá a proponer la reasignación de partidas necesaria. Asimismo, y en relación a la solicitud para el ejercicio 2011 la afectación quedará supeditada a la aprobación de la Ley de presupuesto correspondiente” (fs. 95/96).

Que a fs. 102/103 ha tomado intervención el Departamento Dictámenes y Procedimientos Administrativos de la Dirección de Asuntos Jurídicos, el cual mediante Dictamen Nº 3723/2010, expreso: “en concordancia con lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones a fs. 74, este Departamento entiende viable el llamado a Licitación Pública de etapa única, conforme lo dispuesto en los arts. 25º, 27º, 31º, 32º y cc de la ley Nº º 2095 y la Res. CM Nº 810/2010”.

Que en ese orden de ideas el Organo de Asesoramiento permanente finalizó el citado dictamen de la siguiente manera: “…a fs. 75/78, luce el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, aprobado por la Resolución citada ( Res. Nº 810/2010) en el párrafo anterior. De igual modo, obra agregado a fs. 81/86 el proyecto del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que no merece observación alguna desde el punto de vista jurídico. De acuerdo a lo indicado precedentemente , este Departamento nada tiene que objetar”.

Que la presente convocatoria a Licitación Pública deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por dos (2) días, con cuatro (4) de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, anunciarse en la Cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Poder Judicial (www. jusbaires.gov.ar).

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificado por la Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorizar el llamado a Licitación Pública de etapa únicaNº 45/2010 tendiente a la adquisición de carátulas para expedientes para el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Areas Administrativa y Jurisdiccional), el Ministerio Público Tutelar y el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la presente Resolución, con un presupuesto oficial de cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos cuarenta pesos ( $ 462.240,00) IVA incluido.

 

Artículo 2º: Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 45/2010, que como Anexo I integra la presente Resolución.

 

Artículo 3º: Aprobar el modelo de aviso para la publicación del presente llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo II integra la presente Resolución.

 

Artículo 4º: Establecer la entrega sin costo de los pliegos necesarios para presentar la oferta en la Licitación Pública Nº 45/2010.

 

Artículo 5º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a remitir invitaciones a no menos de diez (10) posibles oferentes y a Cámara Argentina de Comercio, Unión Argentina de Proveedores del Estado y Guía General de Licitaciones y Presupuestos excluyendo a las adjudicatarias de la Licitación Pública Nº 39/2009 (Visapel SA y Librería Papelería P& B SRL).

 

Artículo 6º: Establecer el día 26 de enero de 2011 como fecha límite para recibir consultas de la presente contratación

 

Artículo 7º: Establecer el día 3 de febrero de 2011 a las 12.00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.

 

Artículo 8º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por dos (2) días, con cuatro (4) de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, los anuncios en la cartelera del Consejo de la Magistratura de la CABA y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, las comunicaciones a los funcionarios interesados.

 

Artículo 9º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente archívese.

 

 

ANEXO I

 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 45/2010 (RES. OA y F Nº 251 /2010)

ADQUISICIÓN DE CARÁTULAS PARA EXPEDIENTES

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

 

1. GENERALIDADES

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

3. PLIEGOS

4. RENGLONES A COTIZAR

5. MUESTRAS

6. FORMA DE COTIZACIÓN

7. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

8. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN

9. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS

10. ADJUDICACIÓN

11. PLAZOS DE ENTREGA

12. LUGAR DE ENTREGA. CONFORMIDAD. PLAZO. PRUEBAS.

13. FORMA DE PAGO

14. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

15. APERTURA DE LAS OFERTAS

16. COMUNICACIONES Y CONSULTAS. DENUNCIA DE DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

 

1. GENERALIDADES

El presente Pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios (PCG) aprobado por Resolución CM Nº 810/2010, para la presente contratación.

 

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La Licitación Pública Nº 45/2010 es de etapa única y tiene por objeto la adquisición de carátulas y carpetas para se utilizadas en el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Áreas Administrativa y Jurisdiccional), el Ministerio Público Tutelar y el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

3. PLIEGOS

Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas que hayan retirado los Pliegos que rigen la presente Licitación Pública, los que serán entregados sin cargo.

Los interesados podrán concurrir de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas y hasta las 12:00 horas del día 3 de febrero de 2011 a la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Piso 1º Frente de esta Ciudad, a los efectos de retirar los respectivos Pliegos.

La Dirección de Compras y Contrataciones emitirá una constancia de retiro de los respectivos Pliegos, la que se deberá acompañar en forma obligatoria junto a la oferta, conforme Art. 102º de la Ley N 2095, reglamentada por Resolución CM Nº 810/2010.

 

4. RENGLONES A COTIZAR

Renglón 1: Veintitrés mil doscientos setenta y cinco (23.275) carátulas de cartulina tamaño oficio, color verde, con troquel de dos (2) perforaciones para insertar gancho tipo Nepaco. El tipo de cartulina a proveer deberá ser de 240 grs./m2 como mínimo.

 

Renglón 2: Treinta mil setecientos cincuenta (30.750) carátulas de cartulina tamaño oficio, color celeste, con troquel de dos (2) perforaciones para insertar gancho tipo Nepaco. El tipo de cartulina a proveer deberá ser de 240 grs./m2 como mínimo.

 

Renglón 3: Un mil cuatrocientos treinta y cinco (1.435) carátulas de cartulina tamaño oficio, color rosa, con troquel de dos (2) perforaciones para insertar gancho tipo Nepaco. El tipo de cartulina a proveer deberá ser de 240 grs./m2 como mínimo.

 

Renglón 4: Dieciocho mil (18.000) carátulas de cartulina tamaño oficio, color amarillo, con troquel de dos (2) perforaciones para insertar gancho tipo Nepaco. El tipo de cartulina a proveer deberá ser de 240 grs./m2 como mínimo.

 

Renglón 5: Veinticinco mil novecientos cuarenta (25.940) carátulas de cartulina tamaño oficio, color naranja, con troquel de dos (2) perforaciones para insertar gancho tipo Nepaco. El tipo de cartulina a proveer deberá ser de 240 grs./m2 como mínimo.

 

Renglón 6: Ciento nueve mil cuatrocientas (109.400) carátulas de cartulina, tamaño oficio, color naranja, con solapa troquelada con cuatro (4) perforaciones para insertar gancho tipo Nepaco. El tipo de cartulina a proveer deberá ser de 240 grs./m2 como mínimo.

 

Renglón 7: Veinticuatro mil quinientos cincuenta (24.550) carpetas de cartón tamaño oficio, forradas en tela plástica color verde oscuro, con capacidad para 200 hojas, troquel de cuatro (4) perforaciones para insertar gancho tipo Nepaco y bolsillo transparente al frente.El tipo de cartón a proveer deberá ser de 818 gr./m2, el forro plástico de 258 gr./m2 y el plástico transparente de 193 gr./m2, siendo mínimos todos los valores mencionados.

 

Renglón 8: Un mil ochocientas treinta (1.830) carpetas de cartón tamaño oficio, forradas en tela plástica color azul, con capacidad para 200 hojas, troquel de cuatro (4) perforaciones para insertar gancho tipo Nepaco y bolsillo transparente al frente.El tipo de cartón a proveer deberá ser de 818 gr./m2, el forro plástico de 258 gr./m2 y el plástico transparente de 193 gr./m2, siendo mínimos todos los valores mencionados.

 

Renglón 9: Un mil setecientas (1.700) carpetas de cartón tamaño oficio, forradas en tela plástica color bordó, con capacidad para 200 hojas, troquel de cuatro (4) perforaciones para insertar gancho tipo Nepaco y bolsillo transparente al frente. El tipo de cartón a proveer deberá ser de 818 gr./m2, el forro plástico de 258 gr./m2 y el plástico transparente de 193 gr./m2, siendo mínimos todos los valores mencionados.

 

Para cotizar las carpetas de cartón requeridas en los Renglones 7, 8 y 9, los oferentes podrán tomar vista de una carpeta de similares características, la que estará agregada al Expediente CM Nº OAyF-166/10-0, sirviendo de muestra patrón únicamente respecto del diseño de las mismas. No obstante, su vista no implicará la modificación de las especificaciones requeridas para cada renglón.

 

Para los Renglones 1 a 6 se admitirá una tolerancia de hasta - 3% de los valores de gramaje requeridos. Para los Renglones 7 a 9 se admitirá una tolerancia de hasta - 5% de los valores de gramaje requeridos.

 

5. MUESTRAS

Los oferentes deberán presentar en forma previa a la apertura de las ofertas, una caja cerrada en la cual figure de manera visible el nombre del oferente y el número de la Licitación Pública, conteniendo muestras de todos los bienes solicitados en el Punto 4 del presente Pliego, a fin de apreciar la calidad de los mismos (Artículo 102, Inc. c) del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010).

Asimismo, cada una de las muestras deberá ser acompañada, de forma obligatoria, de un informe del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (I.N.T.I.), que certifique que la muestra a presentar cumple las especificaciones técnicas mínimas de los bienes requeridos en cada Renglón.

La entrega de las muestras se efectuará en la Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Leandro N. Alem 684 Piso 1º Frente de esta Ciudad, en el horario de 11.00 a 17.00 horas, bajo remito triplicado, constando en el mismo que la muestra es “sin cargo” para este Consejo. De dicho remito se acompañará una copia junto con la oferta. Todos los gastos que demande el acarreo de las muestras serán a cargo de los oferentes.

La no presentación de las muestras exigidas acompañadas de su informe obligatorio, será causal de rechazo de la oferta para el renglón correspondiente, conforme lo normado por el Artículo 104º, Apartado d) de la Ley Nº 2095.

 

6. FORMA DE COTIZACIÓN

Las ofertas deberán ser formuladas en números y en letras, indicando precio unitario y precio total, por renglón y en pesos.

No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas.

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