Licitación Pública N° 28/2014 - Resolución CAGyMJ Nº 007/2017 - Expediente CM Nº DCC 263/14-1 s/Contratación del Servicio de Man

Buenos Aires, 16 de febrero de 2017

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°  7         /2017

 

VISTO:

 

El Expediente CM. Nº DCC-263/14-1 s/ Mantenimiento Centro de Cómputos Beruti 3345; y

 

CONSIDERANDO:

 

                                      Que a fs. 88/91 se adjudicó mediante el procedimiento de Contratación Directa por complementariedad Nº 98/2015 en relación a la Licitación Pública Nº 28/2014, a la Koro Construcciones SRL, el mantenimiento integral del Centro de Cómputos del edificio sito en Beruti 3345, por un monto total de Pesos Ciento Noventa y Un Mil Cuatrocientos  ($191.400).

 

Que a fs. 97 luce la Orden de Compra Nº 946 por un plazo de “doce (12) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la recepción de la presente Orden de Compra” la que fue librada el 17 de febrero de 2016 y retirada el 22 de febrero de 2016.

 

Que a fs. 263 la Dirección General de Compras y Contrataciones (DGCC) informó que con fecha 28/02/17 “vencen los contratos de mantenimiento integral suscriptos en las órdenes de compra Nº 784 y Nº 946” y señaló que “tanto el punto 10 del Pliego de Condiciones Particulares de la Lic. Pub. Nº 28/2014 como punto F. 1 de la Invitación a Cotizar de la Cont. Dir. Nº 98/2015, prevén que los contratos podrán ser prorrogados en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un periodo de hasta doce (12) meses de duración”. En tal sentido solicitó se consulte a la Dirección General de Informática y Tecnología (DGIT) para que estime si es conveniente prorrogar el referido servicio.

 

Que en tal sentido a fs. 266 la DGIT prestó “su conformidad para la prórroga por el termino de doce (12) meses del servicio de mantenimiento de Centro de Cómputos”.

 

                                   Que a fs. 270/271 la Dirección General de Programación y Administración Contable informó que “ha tomado conocimiento del compromiso adquirido para el ejercicio 2017 y 2018” por un monto de Pesos Ciento Cincuenta y Nueve Mil Quinientos ($ 159.500) de marzo a diciembre (10 meses) del presupuesto 2017 y por un monto de Pesos Treinta y Un Mil Novecientos ($ 31.900) de enero a febrero (2 meses) del ejercicio 2018.

 

                                   Que a fs. 272 la DGCC, precisó “la prórroga del servicio de mantenimiento integral del Centro de Cómputos ubicado en el inmueble sito en Beruti 3345 por doce (12) meses ascendería a la suma máxima total de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS ($ 191.400.-) I.V.A. incluido.”.

 

Que mediante dictamen Nº 7369/2016 (fs. 278/279) la Dirección General de Asuntos Jurídicos manifestó que “teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección General de Compras y Contrataciones (fs. 263 y fs. 272), la conformidad de la Dirección General de Informática y Tecnología (fs. 816) y la normativa vigente aplicable al caso, es opinión de esta Dirección General que puede proseguirse con el trámite del presente expediente.”.  

 

Que en tal estado llega la cuestión a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y toda otra función que le encomiende el Plenario o que se le atribuya por ley o reglamento.  

 

Que el art. 38 inc. 4 de dicha norma dispone que le compete a la Comisión: “ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección de cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.”.

 

Que la cuestión en debate involucra un acto de disposición de recursos presupuestarios por la prórroga de una contratación cuya adjudicación autorizó la Comisión, por lo tanto, teniendo en cuenta la normativa mencionada precedentemente, éste órgano resulta competente.

 

Que la necesidad del presente trámite se funda en la conveniencia de mantener un servicio esencial en materia informática, que es el mantenimiento del centro de cómputo ubicado en Beruti 3345. Asimismo, cabe destacar que la presente contratación directa es un procedimiento complementario a la Licitación Pública N° 28/2014, “dado que el mismo fue omitido en la mencionada ...” (fs. 12).

 

Que conforme lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la presente Contratación Directa se rige por disposiciones de la ley 2095 y su modificatoria ley Nº 4764, reglamentada por el Anexo I de la Res. CM Nº 1/2014.

 

Que el art. 117 – Inciso III-de la ley 2095, establece como facultad del organismo contratante: “Prorrogar cuando así se hubiese previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, a su vencimiento, por un plazo igual o menor del contrato inicial, no pudiendo el plazo de prorroga superar al plazo de vigencia original del contrato”..

 

Que el punto F. 1 de la invitación a Cotizar de la Contratación Directa Nº 98/2015 se contempla la posibilidad de que el contrato sea prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un periodo de hasta doce meses de duración (fs. 26/31).

 

Que la DGIT prestó conformidad para la continuidad de la contratación por el término indicado precedentemente.

 

Que conforme lo indicado por la DGCC el monto total de la prórroga solicitada es de Pesos Ciento Noventa y Un Mil Cuatrocientos ($ 191.400.-) IVA incluido.

 

                                   Que la Dirección General de Programación y Administración Contable tomó conocimiento del compromiso adquirido para los ejercicios 2017 y 2018.

 

Que la prolongación del contrato fue prevista en el pliego. Por lo tanto, existiendo recursos presupuestarios y habiendo recibido dictamen jurídico favorable, nada impide prorrogar la licitación.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

 

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Prorrogar por el término de doce (12) meses el contrato con Koro Construcciones SRL, de la Contratación Directa Nº 98/2015 en la suma de Pesos Ciento Noventa y Un Mil Cuatrocientos ($ 191.400.-) IVA incluido, a partir del 1 de marzo de 2017.

 

Artículo 2°: Instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a Koro Construcciones SRL la presente resolución.

 

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar; notifíquese a Koro Construcciones SRL, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Compras y Contrataciones, a la Dirección General de Informática y Tecnología y a la Dirección General de Programación y Administración Contable y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°     7     /2017

 

 

 

 

Alejandro Fernández                                           Juan Pablo Godoy Vélez

 

 

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