Licitación Pública N° 09/2018 Resolución CAGyMJ N° 085/2018 Expediente DGCC 065/18-0 s/Obra Pública: Fachada y Medianera en Sui

Buenos Aires,  28 de agosto de 2018

 

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°    85      /2018

 

 

VISTO:

 

                                   El Expediente CM Nº DGCC-065/18-0 s/ Obra Pública: Fachada y Medianera en Suipacha 150; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Dirección General de Obras Servicios Generales y Seguridad (DGOSGS) elaboró pliegos de condiciones particulares, pliegos de especificaciones técnicas, planillas de cotización y planos para el llamado a contratación bajo el encuadre de licitación pública, con los siguientes objetos: a) Construcción vertical de un triple núcleo de servicio compuesto por dos (2) salas de tableros y racks, y una batería de dos (2) ascensores para doce (12) plantas con demolición de losas, refuerzo estructural correspondiente y la generación de pasadizos y salas en mampostería y hormigón. El presupuesto oficial es de Pesos Diecisiete Millones Trescientos Cincuenta y Seis Mil Quinientos Once ($17.356.511) y el plazo de ejecución previsto de doscientos cuarenta (240) días corridos. b) Demolición integral de todas las carpetas y contrapisos del edificio desde el primer subsuelo hasta el piso 10 y la colocación en su lugar de piso técnico.  La tarea de demolición hasta descubrir la losa tiene por objeto resolver en el mismo espesor que ocupa el contrapiso y carpeta, las canalizaciones y el piso, dado que las alturas están al límite para un ambiente de oficinas. El presupuesto oficial es de Pesos Tres Millones Ciento Cincuenta Mil ($3.150.000) y se prevé un plazo de ejecución de ciento ochenta (180) días corridos. c) Estudio estructural a efectos de materializar todas las perforaciones de casetonado y emparrillado de vigas, que permitan el pasaje de las cañerías del techo, como así también la conformación de cielorrasos y cajones armados en catorce (14) plantas de cielorraso. El presupuesto oficial es Pesos Quince Millones ($15.000.000) y el plazo de ejecución ciento cincuenta (150) días corridos. d) Saneamiento y puesta en valor de la fachada del contrafrente y la medianera lindante con el estacionamiento del inmueble sito en la calle Suipacha 150, más la colocación y reposición integral de carpinterías en aluminio A30 y vidrios DVH. El presupuesto oficial es Pesos Dieciséis Millones Trescientos Veinte Mil  ($16.320.000). Plazo de ejecución: ciento ochenta (180) días corridos.

 

 

Que en la reunión de Comisión realizada el 5 de abril pasado, se dispuso remitir los proyectos elaborados por la DGOSGS a la Dirección General de Compras y Contrataciones (DGCC) para que impulse la contratación de las obras detalladas en el párrafo anterior (fs. 1).

 

Que a fs. 39 la DGCC extrajo la documentación respectiva y formó el presente expediente caratulado “Obra Pública: Fachada y Medianera en Suipacha 150”.

 

Que la DGCC analizó la documentación detallada precedentemente, introdujo modificaciones  y remitió los pliegos de condiciones particulares y de especificaciones técnicas a la DGOSGS, para su conocimiento y consideración de eventuales observaciones (fs. 42/76).

 

Que la Dirección Técnica de Obras, con el aval de la DGOSGS informó que no hay observaciones a realizar sobre los pliegos mencionados precedentemente (fs. 78) y actualizó los presupuestos de las cuatro obras propuestas a la Comisión en la sesión del 5 de abril de 2018 (fs. 80). 

 

Que a fs. 81 la Dirección de Coordinación de Contrataciones propuso encuadrar la contratación como licitación pública (conf. Ley 13.064) con un presupuesto oficial de Pesos Veintiún Millones Doscientos Dieciséis Mil ($ 21.216.000).

 

Que a fs. 82/137 la DGCC adjuntó el Pliego General de Condiciones (PGC), el  Pliego de Condiciones Particulares (PCP) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET). A fs. 140 informó los antecedentes de las presentes actuaciones, indicando que corresponde proceder a afectar preventivamente las partidas presupuestarias pertinentes, a fin de cumplimentar la ley 70. Sugirió el precio de venta de los pliegos en la suma de Pesos Veintiún Mil Doscientos ($21.200), informó los plazos de  publicación del llamado conforme la normativa legal vigente (quince (15) días con veinte (20) días de anticipación), sugirió la publicación en un medio masivo de comunicación y confeccionó el modelo respectivo (fs. 138), propuso aplicar supletoriamente el art. 93 de la Ley 2095, a los efectos de invitar a participar de la presente al menos a 5 empresas inscriptas en el Registro de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

 

 

 

 

Que la DGOSGS informó que el anticipo financiero de la presente licitación será del 35% del monto total adjudicado (fs. 144).

 

Que a fs. 145/161 la DGCC informó que corrigió el Pliego de Condiciones Particulares en cuanto al porcentaje de adelanto financiero, como también,  la redacción del art. 45 (redeterminación de precios)  y que adjuntó el nuevo proyecto de pliego y la constancia de afectación presupuestaria.

 

Que cabe aclarar que la Dirección General de Programación y Administración Contable (DGPAC), adjuntó constancia de registración presupuestaria N° 670/08-2018 por la suma de Pesos Siete Millones Cuatrocientos Veinticinco Mil Seiscientos ($7.425.600) en concepto de adelanto financiero por 35% y tomó conocimiento del compromiso adquirido para el ejercicio 2019 por el saldo del 65% del presupuesto oficial (fs. 158/159).

 

Que a fs. 165/167 la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) mediante Dictamen N° 8404, dictaminó que “En cuanto al Pliego de Especificaciones Técnicas glosado a fs. 124/137, habiendo sido conformado el mismo por la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad, en cuanto área técnica de este procedimiento licitatorio, esta dependencia de asesoramiento jurídico nada tiene que observar. En lo que respecta al Pliego de Condiciones Particulares, agregado a fs. 145/157, debería aprobarse por resultar apto, sin perjuicio de ello se observa que en los artículos 11.15., apartado c) y 45 tercer párrafo, debe excluirse la cita legal referida al artículo 9° de la ley 2809.” Asimismo concluyó: “teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, la opinión y documentación elaborada por el área técnica interviniente, así como la normativa legal vigente aplicable; es opinión de esta Dirección General, que, salvo la observación expresada en la última parte del párrafo anterior, no existe obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para que se continúe con la tramitación del siguiente tramite.”.   

 

Que a fs. 173 la DGCC informó mediante correo electrónico “que las afectaciones presupuestarias preventivas de las obras públicas para Suipacha 150 que tramitan por Expedientes CM N° 55/18-, 56/18-0 y 65/18-0, fueron realizadas tras la desafectación preventiva de las partidas correspondientes a la Licitación Pública N° 25/17, que fuera dejada sin efecto mediante Res. CAGyMJ N° 65/2018, que se encontraba contemplada en el Plan de Compras 2018, dentro de la cuenta 4.2.1.”.

 

 

 

Que en tal estado llega la actuación a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión para ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El inc. 4 le otorga competencia para ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección del cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.

 

Que asimismo inc. 9 del art. 38 de la Ley 31, éste Órgano también resulta competente para organizar y mantener la necesidad de infraestructura de los organismos que integran el servicio de Justicia de la Ciudad.

 

Que por lo expuesto, implicando la cuestión en debate un acto de disposición de recursos presupuestarios y la autorización del llamado de una licitación de un monto superior a los que determinan la intervención del Administrador General y que tiene por objeto satisfacer una necesidad de naturaleza edilicia, éste órgano resulta competente.

 

Que sin perjuicio de ello, corresponde destacar que el Plan de Compras 2018, se incluyó la readecuación de Suipacha 150.

 

Que siendo la DGOSGS el área idónea para determinar las necesidades de readecuación edilicia y recomendar el modo de satisfacerlas, sus informes resultan suficientes para fundar la necesidad de la contratación.  Sin perjuicio de ello, el Consejo ha declarado la conveniencia de lograr inmuebles propios para dejar de asignar recursos a la locación de espacios, por lo tanto, la realización de la obra objeto de esta licitación permitirá aumentar sensiblemente los superficies edilicias propias, y por ende, reducir el gasto destinado a alquileres.

 

Que en cuanto a lo manifestado por el área técnica sobre el impulso del presente procedimiento como así también la elaboración de los pliegos respectivos, cabe destacar que la Dirección General de Asuntos Jurídicos se expidió en diversos casos, citando el dictamen de la Procuración General de la CABA: “DICTAMEN N° IF-2014-81581-PG - 6 de enero de 2014 Referencia: Expte. N° 1903448-2012. “Los informes técnicos merecen plena fe siempre que sean suficientemente serios, precisos y razonables y no adolezcan de arbitrariedad aparente y no aparezcan elementos de juicio que destruyan su valor. La ponderación de cuestiones técnicas que no hacen al asesoramiento estrictamente jurídico debe realizarse de conformidad con los informes de los especialistas en la materia, sin que este Organismo entre a considerar los aspectos técnicos de las cuestiones planteadas, por ser ello materia ajena a su competencia estrictamente jurídica (ver Dictámenes N° 169:199; 200:116 de la Procuración del Tesoro de la Nación).”, criterio y alcance que comparte éste órgano.

 

Que la presente Licitación Pública se regirá por las disposiciones del Pliego de Condiciones Generales para la Licitación, Contratación y Ejecución de Obras Mayores de este Consejo, que fuera aprobado por la Resolución CM N° 720/2005 y sus modificatorias, (Resolución CM N° 109/2009, 133/2010 y Resolución CM N° 166/2013), así como por la ley de Obras Públicas, N° 13.064. Dicha resolución establece que el Pliego aprobado será de aplicación a los contratos de obras públicas mayores que celebre este Consejo para sí y para el Poder Judicial de la CABA, con excepción del Tribunal Superior de Justicia de la CABA, que tengan un valor total igual o menor a la suma de cuatro millones quinientos mil unidades de compra (4.500.000.-) en aquellas obras o trabajos cuyo monto y plazo determina una capacidad de contratación de los oferentes que requiriera la presentación del certificado otorgado por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, según lo previsto por la ley 13.064; siendo los procedimientos de selección posibles, la licitación pública o privada, o la contratación directa.

 

Que la presente contratación se formalizará como licitación pública, conforme se establece en el punto 3 del PCP,  fijándose un plazo de obra de ciento ochenta (180) días corridos contados a partir de la suscripción del acta de inicio, y como moneda de contratación, el peso.

 

Que asimismo, el punto 12 del PCP establece que la contratación de los trabajos se realizará por el sistema de “ajuste alzado” (conf. art. 5°, inciso b) de la Ley 13.064). Así, “el sistema ... es el descripto por el art. 1633 del Código Civil ... En el ajuste alzado se conviene un precio global previo e invariable para la realización integral de la obra debidamente precisada. La invariabilidad del precio exige, como correlato, invariabilidad de la obra” (Ley 13.064 de Obras Públicas, comentada y anotada, Ricardo T. Druetta y Ana P. Guglielminetti, ed. Abeledo Perrot, págs.. 46 y concs.). Además, la jurisprudencia tiene dicho sobre el particular, que “no se tiene dudas sobre la mecánica del sistema de ajuste alzado previsto por el art. 1633 del Código Civil, por el cual se establece un precio global para la obra, el que se mantendrá invariable hasta finalizada la construcción. El riesgo de la variación de costos lo asume el contratista, salvo el caso de imprevisión con los alcances establecidos en el art. 1198 del citado Código” (CNCAF, Sala IV, “Financobi SAC c/ E.N (Ministerio de Bienestar Social) s/ cobro de pesos”, 28/6/90). A ese respecto, se observa que la normativa del art. 1633 del Código Civil, fue receptada por el art. 1255, tercer párrafo, del Código Civil y Comercial de la Nación, y la del art. 1198, por el art. 1091, del mencionado texto legal.

 

Que por otra parte el punto 17 del PCP se establece el anticipo financiero del 35% del monto de la contratación. Sobre el particular, la DGPAC informó que el monto a afectado para el presente ejercicio, en concepto  del anticipo financiero asciende a la suma de Pesos Siete Millones Cuatrocientos Veinticinco Mil Seiscientos ($7.425.600), tomando conocimiento del compromiso asumido para el año 2019.

 

Que asimismo, cabe destacar que los recursos presupuestarios asignados fueron obtenidos tras la reasignación de partidas generada por la Res. CAGyMJ N° 65/2018 que dispuso dejar sin efecto la  Licitación Pública N° 25/17, la cual estaba incluida en el Plan de Compras 2018.

 

Que la DGCC informó que el presupuesto oficial es de Pesos Veintiún Millones Doscientos Dieciséis Mil ($ 21.216.000). Por lo tanto, teniendo en cuenta que la apertura de ofertas públicas será el día 4 de octubre de 2018, es entendible que solo podrá ejecutarse el adelanto financiero durante el presente ejercicio.

 

Que en función de la contratación y atento lo establecido precedentemente, corresponde tomar como referencia para la presente licitación, el Pliego el Pliego de Condiciones Generales de Instancia única para la Licitación, Contratación y Ejecución de Obras Mayores del Consejo de la Magistratura de la CABA, de conformidad a lo establecido en la Resolución CM N° 720/2005 y sus modificatorias N° 109/2009, 133/2010 y 166/2013, que luce incorporado a fs. 96/11.

 

Que en cuanto a los oferentes, se estipula específicamente que deberán cumplimentar los recaudos previstos por el Decreto N° 1724/93 y sus modificatorias y hallarse inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, creado por el art. 13 de la Ley 13.064.

 

Que conforme lo sugerido por la DGCC, y a los efectos de asegurar una mayor concurrencia de oferentes, resulta conveniente cursar invitaciones al menos a cinco (5) empresas del rubro.

 

 

Que por lo expuesto, resulta viable el llamado a Licitación Pública N° 9/2018, conforme lo dispuesto en la Ley 13.064.

 

Que en concordancia con lo dispuesto en el art. 10 de la del PGC, el valor para la venta de los Pliegos se fija en la suma de Pesos Veintiún Mil Doscientos ($21.200).

 

Que conforme el art. 10 de la Ley 13.064 la presente convocatoria deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de quince (15) días, con veinte (20) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, y de existir razones de urgencia dicho plazo podrá ser reducido.

 

Que la readecuación de la sede Suipacha 150 resulta de fundamental importancia para el Poder Judicial, pues este  inmueble es propio y su efectiva puesta en funcionamiento permitirá instalar allí dependencias que hoy ocupan espacios arrendados, con lo cual, se ahorrarán recursos por tal concepto.  Por ello resulta razonable otorgar celeridad en el procedimiento de contratación y reducir los plazos de publicación por cinco (5) días, con al menos diez (10) días de anticipación a la fecha de apertura pública de las ofertas.

 

Que en tal sentido, para garantizar la publicidad de la licitación y una eficaz convocatoria de oferentes, resulta conveniente disponer que la publicación se realice en un periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga.

 

Que de la misma manera, deberá anunciarse el llamado a contratación en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).

 

Que en cuanto a la observación de la Dirección General de Asuntos Jurídicos sobre los artículos 11.15., apartado c) y 45 tercer párrafo el del PCP, fue subsanado por las áreas técnicas.

 

Que conforme lo expuesto precedentemente, la necesidad de la obra fue declarada por el área técnica competente, está justificada por la incorporación de espacios propios destinados a oficinas del Poder Judicial, que permitirá ahorrar gastos en concepto de alquiler, la readecuación de Suipacha 150 fue prevista en el ejercicio en curso, se afectaron preventivamente los recursos presupuestarios suficientes, la DGCC instrumentó la documentación licitatoria, la cual recibió el aval del servicio de asesoramiento jurídico permanente, por lo tanto, corresponde autorizar el llamado.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Autorizar el llamado a Licitación Pública Nº 9/2018 para el saneamiento y puesta en valor de la fachada de contrafrente y la medianera lindante con el estacionamiento del inmueble sito en la calle Suipacha 150 de esta Ciudad, más la colocación y reposición integral de carpinterías de aluminio A30 y vidrios DVH en el edificio de Suipacha 150 de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Pesos Veintiún Millones Doscientos Dieciséis Mil ($ 21.216.000).

 

Artículo 2º: Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 9/2018 que como Anexos I y II integran respectivamente, la presente Resolución.

 

Artículo 3º: Aprobar el modelo de aviso para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el periódico que la Oficina de Administración Financiera disponga, que como Anexo III integran la presente Resolución.

 

Artículo 4º: Establecer el valor para la adquisición de los Pliegos necesarios para presentar la oferta en la Licitación Pública N° 9/2018, en Pesos Veintiún Mil Doscientos ($21.200).

 

Artículo 5º: Instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que proceda a remitir invitaciones a no menos de cinco (5) posibles oferentes.

 

Artículo 6º: Establecer el día 4 de octubre de 2018 a las 12:00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.

 

Artículo 7º: Instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el anuncio en la página de Internet del Poder Judicial y en un periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga.

 

Artículo 8°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga por el término de cinco (5) días con al menos diez (10) días a la fecha de apertura pública de ofertas, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad, a la Dirección General de Compras y Contrataciones y a la Dirección General de Programación y Administración Contable, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ  N°      85   /2018

 

 

 

 

Alejandro Fernández            Marcelo Vázquez       Juan Pablo Godoy Vélez

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Res. CAyMJ N°    85   /2018

 

ANEXO I

 

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

  ÍNDICE

1.         GENERALIDADES

2.         TERMINOLOGÍA

3.         OBJETO DE LA LICITACIÓN

4.         PRESUPUESTO OFICIAL

5.        PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

5.         RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN Y COTIZACIÓN

6.         CONSULTA DE PLIEGO

7.         ADQUISICIÓN DE PLIEGO

8.         CERTIFICADO DE VISITA A LA DEPENDENCIA

9.         PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

10.      APERTURA DE LAS OFERTAS

11.      REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

12.      RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN Y COTIZACIÓN

13.      CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN

14.      CAPACIDAD ECONOMICO-FINANCIERA Y TECNICA

15.      MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

16.      GARANTÍA DE LA OFERTA

17.      ADELANTO FINANCIERO

18.      PREADJUDICACIÓN

19.      IMPUGNACIÓN DEL ACTO DE PREADJUDICACIÓN

20.      DE LA ADJUDICACIÓN

21.      ORDEN DE EJECUCIÓN

22.      CUMPLIMIENTO DE REGIMENES LEGALES

23.      TRÁMITES

24.      PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO

25.      REPRESENTANTE DE OBRA

26.      LIBRO DE NOTAS DE PEDIDO

27.      LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO

28.      LIBRO PARTES DIARIOS

29.      REPLANTEO DE LAS OBRAS

30.      DOCUMENTACIÓN DE OBRA

31.      CARTEL DE OBRA

32.      DEPÓSITO DE LOS MATERIALES EN OBRA

33.      VIGILANCIA DE OBRA

34.      ENERGÍA ELÉCTRICA

35.      ALUMBRADO Y LUCES DE PELIGRO

36.      CERRAMIENTO

37.      PERSONAL – SALARIOS

38.      HORARIO DE TRABAJO

39.      RESPONSABILIDAD

40.      SANCIONES

41.      CERTIFICACIÓN

42.      RECEPCIÓN PROVISORIA

43.      PLAZO DE GARANTÍA DE OBRA

44.      RECEPCIÓN DEFINITIVA

45.      REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

ANEXO A – CERTIFICADO DE VISITA

ANEXO B – ANEXO SEGURIDAD E HIGIENE

ANEXO C – PLANILLA DE COTIZACIÓN

ANEXO D – PLANOS Y PLANILLA DE CARPINTERIAS

 

FORMULARIO 1

FORMULARIO 2

FORMULARIO 3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

 

1.         GENERALIDADES

El presente Pliego de Condiciones Particulares, en adelante PCP, tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Condiciones Generales de Instancia Única para la Licitación, Contratación y Ejecución de Obras Mayores del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por la Resolución CM Nº 720/2005 y sus modificatorias para la obra de referencia.

 

2.         TERMINOLOGÍA

PCG: Pliego de Bases y Condiciones Generales

PCP: Pliego de Condiciones Particulares

PET: Pliego de Especificaciones Técnicas

Comitente / Consejo: El Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A.

Contratista: El adjudicatario después de que ha firmado la Contrata.

Inspección de Obra: Representante del Comitente que verifica/aprueba la correcta provisión de materiales y equipos, la ejecución de los trabajos y la prestación de los servicios contratados con el Contratista y ante quien debe dirigirse éste por cualquier tramitación relacionada con las obras.

 

3.         OBJETO DE LA LICITACIÓN

La Licitación Pública Nº 9/2018 tiene como objeto el saneamiento y puesta en valor de la fachada de contrafrente y la medianera lindante con el estacionamiento del inmueble sito en la calle Suipacha 150 de esta Ciudad, más la colocación y reposición integral de carpinterías en aluminio A30 y vidrios DVH.

 

4.         PRESUPUESTO OFICIAL

El presupuesto oficial de la presente Licitación Pública asciende a la suma total de Pesos VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS DIECISEIS MIL ($21.216.000).-) IVA incluido.

 

 

 

5.         PLAZO PARA LA EJECUCION DE LAS OBRAS

Se estipula un plazo de obra de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados a partir de la suscripción del ACTA DE INICIO. 

 

6.         CONSULTA DEL PLIEGO

Los Pliegos y toda la documentación referida a la presente contratación podrán ser consultados en la Dirección General de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura  C.A.B.A., sita en Av. Julio A. Roca 530 Piso 8º de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas.

 

7.         ADQUISICIÓN DEL PLIEGO

Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas oferentes que hayan  abonado, en forma previa a la apertura del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor del presente pliego.

Los pliegos podrán adquirirse en la Dirección General de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, sita en Av. Julio A. Roca 530 Piso 8° Anexo de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas y hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura de ofertas, previo depósito de la suma de Pesos Veintiún Mil Doscientos ($ 21.200.-) en la Cuenta Corriente N° 358/0, a nombre del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 53, sita en Av. Córdoba 675 de esta Ciudad.

El valor de los Pliegos podrá depositarse en efectivo, conforme lo indicado en el Párrafo precedente, o por transferencia bancaria realizada a la Cuenta Corriente del Consejo de la Magistratura, CBU 0290053700000000035800, CUIT 30-70175369-7.

El importe recibido por el Consejo por la venta de pliegos, compensa el precio de elaboración e impresión de los mismos, el que no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aun cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la licitación o se rechazarán todas las ofertas.

La no adquisición de los pliegos dará lugar al descarte de la oferta.

 

8.         CERTIFICADO DE VISITA A LA DEPENDENCIA

Es requisito ineludible la visita al inmueble objeto de la presente licitación, previo estudio de la documentación que compone el pliego de la licitación.

El Consejo de la Magistratura de la CABA, a través de la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad, coordinará las visitas hasta CINCO (5) días hábiles antes de la apertura de las ofertas, de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar ignorancia o imprevisiones en las condiciones en que ejecutará los trabajos, debiendo cumplir el contrato según lo estipulado en el presente pliego.

Efectuada la visita a obra, la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad extenderá el correspondiente certificado de visita (ANEXO A). Dicha constancia será la única acreditación válida respecto de la concurrencia al edificio y la consecuente verificación de las condiciones incluidas en los pliegos.

El certificado de Visita (ANEXO A) deberá acompañarse en la presentación de la oferta.

A los efectos de coordinar la realización de la visita los oferentes deberán comunicarse con el Arq. Ignacio Golzman a cargo de la Departamento Técnico de Obras  del Consejo de la Magistratura, al teléfono 4008-0300 interno 076644.

La no presentación del Certificado de Visita (Anexo A) debidamente firmado, implicara la inadmisibilidad de la respectiva oferta.

 

9.         PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

La presentación de las propuestas se realizará previo a la fecha y hora que se indique en la convocatoria para la Apertura, en sobre cerrado, en la Mesa de Entradas de este Consejo, sita en Av. Julio A. Roca 530 Planta Baja de esta Ciudad, debiendo estar dirigidas Unidad de Evaluación de Ofertas del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. e indicar como referencia la leyenda "Licitación Pública Nº 9/2018,  Expediente DGCC – 065/18-0 s/ Obra Pública: Fachada y Medianera Suipacha 150".

 

10.      APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura de los sobres será pública y se realizará en la fecha y hora que se indique en la convocatoria para la Apertura, o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se decretara asueto, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A. Roca 530, piso 8° de esta  Ciudad, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas, según lo establece el Pliego de Condiciones Generales.

 

11.      REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.

La propuesta será presentada conforme los requisitos establecidos en la cláusula 15 del PCG.

Las Ofertas estarán contenidas en sobres cerrados y lacrados que se entregaran uno dentro de otro, identificados debidamente. Toda la documentación presentada (original y copias) se presentará firmada por el representante de la empresa.

El oferente deberá cumplimentar además, con relación a los contenidos establecidos en la cláusula 15.2 del PCG, los siguientes:

 

CONTENIDO DEL SOBRE EXTERIOR N° 1:

11.1. Constancia de adquisición del Pliego.

11.2. Garantía de la Oferta.

11.3  Certificado de capacidad de contratación anual, expedido por el Registro Nacional de Constructores, disponible a la fecha de la oferta.

11.4. Aceptación del plazo de mantenimiento de la oferta previsto y con las salvedades establecidas en el presente pliego.

11.5. Nómina de  los servicios y de las empresas que subcontratará para cada especialidad así como la designación de los subcontratistas a cargo de dichos servicios (conf. cláusula 15.2.20 del PCG).

11.6. Propuesta del Representante Técnico: Antecedentes y conformidad expresa de la aceptación del mismo según cláusulas 15.2.8 y 15.2.13 del PCG.

11.7 Certificado de visita de obra.

11.8. Equipos, maquinarias y herramientas propias disponibles y listado total de las que se utilizarán en esta obra.

11.9 Listado de Oficinas y depósitos utilizados por el oferente.

11.10 Declaraciones previstas en la cláusula 15.2.24 PCG, según la categoría que revistieran los oferentes, de corresponder.

11.11 Datos y antecedentes del responsable de realizar los trámites previstos en la cláusula 37 del PCG (y su conformidad para llevar a cabo dichos trámites).

11.12 Documentación e información Sobre Capacidad Técnica, Económica y Financiera solicitada en el punto 14 del presente pliego.

11.13. Toda otra documentación que el Pliego de condiciones particulares requiera.

 

CONTENIDO DEL SOBRE INTERNO N° 2:

11.14 Oferta Económica (conforme modelo de Presentación de Oferta incluido en la Resolución CM N° 720/2005, denominada para esta presentación como Formulario N° 3). 

11.15 Planilla de Cómputo y Presupuesto Detallado, consignando el precio unitario y su importe total, que deberá repetir en letras.

a) El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda.

b) Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todas sus componentes, incluidas cargas sociales y tributarias.

c) Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo 5°.

La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la oferta correspondiente. Asimismo se considerará como no presentada toda aquella documentación, que bajo el título solicitado en este Artículo no contenga, esté incompleto  o no responda expresamente a lo indicado.

11.16. Curva de inversiones y plan de trabajo según métodos Pert o Gant. Los mismos serán estudiados a efectos de evaluar su factibilidad y serán  comparados con las demás ofertas.

Nota: Por aplicación de la Resolución Nº 4164/AFIP/17 que deroga la Resolución N° 1814/AFIP/05, los oferentes NO deberán presentar el Certificado Fiscal para Contratar que exige el Art. 15.2.21 del PCG.

En consecuencia y en función de la nueva metodología el Consejo de la Magistratura realizará la consulta sobre la habilidad de los oferentes para contratar con el Estado, mediante el servicio web de la AFIP.

Ante la eventualidad de que el resultado de la consulta arroje que la oferente registra deuda ante el organismo recaudador a la fecha de consulta, el Consejo de la Magistratura intimará vía correo electrónico a su subsanación ante la AFIP en un plazo máximo de diez (10) días, luego de los cuales se efectuará una nueva consulta. La persistencia del mismo resultado implicará la desestimación de la oferta.

 

12.      RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN Y COTIZACIÓN

La contratación de los trabajos se hará por el sistema de ajuste alzado.

La construcción, trabajos y/o servicios de industria que se contraten según el presente PCP están sometidos al régimen previsto por la Ley Nº 13.064, sus modificatorias y complementarias. El marco normativo que se aplicará está definido en la cláusula 2 del PCG.

Se define como Moneda de Cotización y Moneda de Pago de la obra, el Peso.

Al ser el sistema de contratación por Ajuste Alzado se considerarán incluidos todos los servicios, ingeniería de detalle, mano de obra, honorarios profesionales, aranceles, materiales, equipos, certificaciones técnicas, mantenimiento y conservación de los  equipos que se deban reacondicionar  y/o  proveer con instalación, para llevar a cabo todos los trabajos y diligencias de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

Por consiguiente el precio por un trabajo comprenderá todos los gastos, desembolsos, patentes, pérdidas, utilidades y cualquier otra retribución como contraprestación por la ejecución total de los mismos.

La Obra deberá ejecutarse conforme las Especificaciones Técnicas, los planos y los plazos contractuales, de modo que resulte completa y responda a su fin, siendo a cargo del Contratista la ejecución y/o provisión de todos los trabajos que aunque no estén indicados específicamente, resulten indispensables para que la Obra responda a su fin y sea realizada en el tiempo y la forma previstos.

Por ende, el oferente deberá cotizar la totalidad de los trabajos, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas, considerando que la Obra debe quedar completamente terminada y operativa. No se considerará como adicional, ni se aceptará variación del costo de la Obra por supuestos trabajos imprevistos que sean necesarios para satisfacer el Contrato. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra.

Modificaciones de Obra:

De acuerdo con lo previsto por el artículo 30 de la Ley Nº 13.064, las alteraciones del proyecto que produzcan aumentos o reducciones de costos o trabajos contratados serán obligatorias para el contratista, abonándose, en el primer caso, el importe del aumento, sin que tenga derecho en el segundo a reclamar ninguna indemnización por los beneficios que hubiera dejado de percibir por la parte reducida, suprimida o modificada. Si el contratista justificase haber acopiado o contratado materiales o equipos para las obras reducidas o suprimidas, se hará un justiprecio del perjuicio que haya sufrido por dicha causa, el que le será certificado y abonado.

La obligación por parte del contratista de aceptar las modificaciones a que se refiere el presente punto, queda limitada de acuerdo con lo que establece el artículo 53 de la Ley Nº 13.064.

En los casos que fuera necesario ejecutar trabajos imprevistos, bajo el concepto de adicionales, el Consejo de la Magistratura se reserva la facultad de efectuarlos, ya sea acordando el precio con el contratista sobre la base de los precios unitarios del presente contrato o instrumentando, en caso de no llegar a un acuerdo con el contratista, el o los procedimientos previstos por la normativa vigente para encomendarlos a otro contratista o realizarlo con personal propio.

Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato, el contratista deberá ampliar la garantía de adjudicación en un CINCO POR CIENTO (5%) de tal aumento.

El oferente deberá cotizar de acuerdo a la Planilla de Cotización (ANEXO C) obrante en la documentación.

 

13.      CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN

Para presentarse en esta licitación, el proponente deberá acompañar certificado válido acreditando su capacidad de contratación actualizada, expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, conforme al Decreto Nº 1724/93 y sus normas reglamentarias, modificatorias y/o complementarias.

 

14.      CAPACIDAD ECONOMICO-FINANCIERA, Y TECNICA

A los efectos de acreditar su capacidad económico financiera, los oferentes deberán presentar la siguiente documentación:

14.11. Copia de los Estados Contables correspondientes al último ejercicio cerrado con anterioridad a la fecha de presentación de la oferta, certificado por Contador  Público, con firma legalizada ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

14.2  Referencias comerciales y/o industriales y/o bancarias: El oferente deberá acompañar por lo menos tres (3) notas de entidades financieras, comerciales y/o industriales, en las que dichas entidades suministren información del concepto y los antecedentes que les merece el oferente.

14.3 Listado de obras realizadas en los últimos tres (3) años, indicando volumen edificado, costo de obra y dirección de la misma. Denominación del comitente, domicilio y teléfono del mismo. Asimismo se deberá indicar si se han realizado obras similares a la de esta licitación (monto, volumen edificado, características).

14.4 Estructura organizativa de la Empresa: cantidad y características del personal a afectar a la obra.

14.5. Constancia inscripción en Afip, AGIP, pagos impuestos a las Ganancias, IVA e IIBB del último mes anterior a la fecha de presentación de la oferta.

14.6. Constancia de aportes previsionales correspondientes a los últimos 3 meses, certificado por Contador Público.

15.      MANTENIMIENTO DE OFERTA    

Los proponentes están obligados a mantener la oferta por el plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos contados a partir del día inmediato siguiente a la fecha de apertura de las ofertas para la Licitación. Sin embargo, el plazo de mantenimiento quedará prorrogado de pleno derecho, por el mismo plazo y sucesivamente hasta el momento de la adjudicación, a menos que los proponentes manifiesten su voluntad en contrario, la cual tendrá efecto a partir de la notificación fehaciente de esa manifestación QUINCE (15) días antes de su vencimiento.

 

16.      GARANTÍA DE LA OFERTA

Complementando la Cláusula 17 del PCG, se establece lo siguiente:

I) La garantía de la oferta podrá constituirse con una póliza de Caución.

II) En caso de integrar la Garantía de la Oferta en efectivo, la suma deberá ser depositada en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal 53, sita en Avda. Córdoba 675 de esta Ciudad, Cuenta Corriente Nº 358/0, a la orden del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

17.      ADELANTO FINANCIERO

El contratista percibirá, al tiempo de comenzar la ejecución de la obra y con la suscripción del Acta de Inicio, un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del monto del contrato en concepto de adelanto financiero. La suma que perciba por este concepto se descontará en forma proporcional de cada certificado de avance de obra. El certificado de adelanto no será afectado por las retenciones de Fondo de Reparo. El adjudicatario deberá presentar como garantía un seguro de caución a favor del Consejo de la Magistratura, equivalente a la totalidad del monto que reciba como adelanto.

La tramitación que demande la obtención del adelanto aludido, será de exclusiva responsabilidad del contratista y no dará motivo a dilaciones o atrasos en el comienzo de la obra.

En el caso de que el contratista perciba  adelantos financieros, el porcentaje abonado, en forma proporcional en cada ítem, no estará sujeto a redeterminación de precios a partir de la fecha del efectivo pago del mismo.

 

18.      PREADJUDICACIÓN.

La Unidad de Evaluación de Ofertas con el debido aporte de la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad, emitirá un dictamen de evaluación estableciendo un orden de mérito de todas las ofertas admisibles, que será anunciado de conformidad con el Punto 24 del PCG y notificado fehacientemente a los proponentes.

El Dictamen se notificará en forma fehaciente a todos los oferentes y se anunciará por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página Web del Poder Judicial, conforme lo dispuesto en el Punto 24 del PCG.

 

19.      IMPUGNACIÓN DEL ACTO DE PREADJUDICACIÓN

Conforme el punto 25 del PCG, la impugnación deberá interponerse dentro de los tres (3) días, previo depósito del 3% del Presupuesto Oficial. En caso de resolución favorable a la empresa, se reintegrará el monto depositado.

 

 20.     DE LA ADJUDICACIÓN

Complementando lo estipulado en el Punto 26 del PCG, se establece lo siguiente:

Con antelación al acto de adjudicación, el Consejo de la Magistratura exigirá el Certificado de Capacidad para Adjudicación que emite el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública, conforme el Art. 26 del Decreto 1724/93 y sus modificatorias.

Con posterioridad a la adjudicación se solicitarán al adjudicatario, si así correspondiere, las adecuaciones al Plan de Trabajo, la Planilla de Cómputo y Presupuesto.

El adjudicatario, previo a la firma  de la contrata, deberá efectuar los ajustes solicitados por el Consejo adecuando la distribución de inversiones y plazos, sin alterar el importe y el plazo total para llevar a cabo los trabajos y los presentará a la Dirección Técnica de Obras, para su aprobación, como Plan de Obra definitivo.

Con relación a la cláusula 29 del PCG: No se aceptará como válida la constitución de Pagaré (29.4), como forma de integración de la Garantía de Adjudicación para la presente Licitación Pública.

 

21.      ORDEN DE EJECUCIÓN

La Cláusula 38 del PCG se complementa con el siguiente texto referido a la organización de la obra:

a) Emitida la ORDEN DE EJECUCION el contratista tiene un plazo máximo de CINCO (5) días, desde la fecha estipulada por el Consejo para la iniciación de los trabajos, para comenzar efectivamente la ejecución de los mismos. Vencido el referido plazo de CINCO (5) días establecido precedentemente, si el Contratista no hubiera iniciado los trabajos -y no hubiera demostrado que la imposibilidad de comenzarlos es ajena a su voluntad y responsabilidad- el CONSEJO podrá resolver el Contrato por culpa del Contratista, quien en dicho caso perderá la garantía de adjudicación y responderá por los daños y perjuicios consiguientes.

Al momento de iniciarse los trabajos se labrará el ACTA DE INICIO correspondiente, que deberá estar firmada por el Director General de Obras, Servicios Generales y Seguridad, la Inspección de Obra y el Representante Técnico del Contratista. También en dicha oportunidad  se suscribirán los Libros de Ordenes de Servicio y de Notas de Pedido y el inventario de los bienes e instalaciones existentes en las Áreas en las que se intervendrá.

El contratista deberá proveer dentro de los QUINCE (15) días corridos de iniciada la obra, las muestras que exijan el pliego y los planos de taller y montaje.

b) Errores de replanteo: El Contratista es responsable del replanteo de las obras en los términos establecidos en la cláusula 47 del PCG, debiendo corregirlo si a juicio del Comitente fuera posible. En caso contrario será demolido y/o retirado de la obra y reconstruido en el momento en que se advierta el error, cualquiera sea el estado de la obra.

c) Documentación en obra: Es obligación del Contratista tener permanentemente en obra y en perfecto estado, un ejemplar completo de la documentación de contrato firmada por el Representante Técnico de la Empresa y el Consejo, al que se irán agregando los complementos que correspondan.

d) Errores en la documentación suministrada por el Comitente: El Contratista deberá advertir los errores u omisiones de la documentación técnica, y tendrá la obligación de señalarlo a la Inspección de Obra, con la antelación necesaria, para que sean corregidos si correspondiera. Si el Contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario ejecutar, para corregir las fallas y esos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.

El Contratista será responsable por cualquier tipo de vicio o ruina en la obra o cualquiera de sus partes, causados por error u omisión en planos y demás documentación técnica o cálculos entregados por la Inspección de Obra respecto de los cuales el Contratista no hubiere informado de acuerdo con lo prescripto en el artículo presente.

e) Responsabilidad del Contratista sobre planos conforme a obra: El Contratista será responsable frente al Comitente por cualquier daño, defecto, vicio o ruina que sufra la obra, causado por cualquier error u omisión en la documentación técnica a su cargo o por cualquier desviación u omisión con respecto a la documentación del proyecto.

La responsabilidad del Contratista no cesa ni se atenúa ni se entenderá que se comparte con el Comitente ni con la Inspección de Obra, por el hecho de que esta última haya ejercido su facultad de aprobar, observar o rechazar, ni tampoco porque haya omitido hacerlo.

f) Otorgamiento de permisos y trámites: El Contratista confeccionará toda la documentación requerida por las autoridades y/o empresas prestadoras de servicios públicos, ya sea con carácter previo y/o durante la ejecución de las obras y para su habilitación y conexión de servicios.

Todas las tareas y los trámites que deban realizarse para el cumplimiento de lo mencionado precedentemente serán hechos por el Contratista a su costa y no interrumpirán ni suspenderán los plazos de la obra,  excepto que las demoras no sean imputables al Contratista.

g) Responsabilidad por infracciones a las leyes: El Contratista y su personal deberán cumplir estrictamente las leyes, ordenanzas, reglamentos y disposiciones vigentes en el lugar de ejecución de las obras que puedan afectar de cualquier manera a las personas empleadas en ella, a los equipos o materiales utilizados en su ejecución y a la forma de llevarla a cabo, no pudiendo alegar desconocimiento de las mismas.

Será por cuenta del Contratista el pago de las multas y el resarcimiento de los daños y perjuicios si él, sus subcontratistas y/o proveedores así como el personal de ellos dependientes, cometieran cualquier infracción a dichas disposiciones, ordenanzas o reglamentos.

h) Responsabilidad como Constructor: El Contratista asumirá el carácter de constructor de la obra, con todas las obligaciones, responsabilidades y derechos que tal condición implica. El Contratista será responsable ante el Comitente y los terceros por la correcta realización de la obra en un todo de acuerdo con la documentación contractual. El Contratista asume la total responsabilidad por la ejecución de la Obra, no pudiendo excusar sus defectos o incumplimientos ni entenderse que su responsabilidad es compartida, por el hecho que la Inspección de Obra haya aprobado u observado y/o dado instrucciones respecto de la documentación técnica o los trabajos. El Contratista mantendrá indemne e indemnizará plenamente al Comitente y a la Inspección de Obra por los reclamos, demandas y daños y perjuicios que estos últimos sufrieron por razón de o con motivo de la realización de la obra por el Contratista, sus empleados, proveedores o Subcontratistas.

i) Letreros: No se podrá colocar en la obra ningún letrero ni publicidad sin la previa conformidad de la Inspección de Obra. Respecto al letrero especificado en el PET, la Inspección de Obras decidirá sobre su texto, ubicación y diseño, que se ajustarán a las restantes especificaciones del PET.

j) Limpieza: Conforme a la cláusula 63del PCG, al tiempo de la terminación de la obra, ésta deberá entregarse perfectamente limpia en todas sus partes, sin excepciones, comprendiendo revestimientos y toda otra parte componente de las obras. La limpieza final se ejecutará para cada parte componente con los elementos y medios idóneos según sea el caso.

 

22.      CUMPLIMIENTO DE REGIMENES LEGALES

Teniendo en cuenta las cláusulas 71 y 74 del PCG el contratista deberá presentar ante la Inspección de Obras, con CUARENTA Y OCHO (48) horas de antelación al inicio de las obras, constancias originales que acrediten el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

a) Memoria descriptiva de las tareas que se realizarán.

b) Presentación del Programa de Seguridad e Higiene que se implementará (Plan de Contingencia) según los trabajos que deban realizarse, aprobado por la ART que corresponda.

c) Nombre y matrícula del responsable de seguridad de la empresa adjudicataria.

d) Contrato de cobertura con la ART vigente, con cláusula de "NO" repetición que accione a favor del Consejo de la Magistratura.

e) Presentación del listado de personal que intervenga en la obra, con certificado de cobertura del personal emitido por la ART, identificando la obra para el cual fue emitido.

f) Constancias de capacitación del personal y registro de entrega de elementos de protección personal para los trabajadores afectados a la obra.

g) Presentación del aviso de inicio de obra correspondiente.

h) Presentación y rúbrica de la ART correspondiente con fecha actualizada.

i) El subcontratista que intervenga en la obra deberá cumplimentar en tiempo y forma estipulados la documentación indicada en los ítems a, b y e de la presente cláusula.

 

23.      TRÁMITES

A los fines de cumplir con lo indicado en la cláusula 37 del PCG el contratista deberá efectuar los trámites necesarios para solicitar el correspondiente "aviso de obra o permiso de obra, según correspondiere" y todo otro que imponga la normativa vigente. Dichas diligencias  las  iniciará  al  suscribir  la contrata.

 

 

 

24.      PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO

Si  el Consejo  solicitara ajustes al Plan de Trabajo y Curva de inversión, con  anterioridad  a la firma de la contrata, el Inspector de obra actuará conforme señalado en la cláusula  20 del presente pliego.

En el caso de que el Consejo no optara por ejercer la facultad que se reserva en la cláusula que se cita precedentemente y  el  Inspector de obra observara el plan de trabajo y la curva de inversión presentados, el Contratista deberá proceder al ajuste de los mismos dentro de los DOS (2) días subsiguientes de producida dicha observación.

 

25.      REPRESENTANTE DE OBRA

A fin de complementar lo indicado en la cláusula 40 PCG, el Contratista deberá tener en la obra un Responsable directo, Técnico o Profesional, capaz de dirigir los trabajos y de realizar el correcto seguimiento de éstos.

Este será el responsable del cumplimiento de los términos que establezca la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que al Contratista se refiere. Será, además, el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en los pliegos de la contratación y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de las tareas.

Deberá concurrir a diario al lugar en que se realice la obra así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Profesional Responsable no concurriese.

Las citaciones al Profesional Responsable se harán con UN (1) día hábil de anticipación, mediante Orden de Servicio. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a que se solicite al contratista la remoción del Profesional Responsable.

En caso de producirse la remoción del Profesional Responsable, por decisión del Contratista o a solicitud del Consejo, el Contratista deberá proponer su reemplazante dentro del plazo de DOS (2) días corridos de producida la vacante. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al Profesional propuesto. En tal caso, el Contratista, deberá proponer otro.

El Contratista tendrá en forma permanente en obra un representante cuyas funciones, facultades y obligaciones serán las que determina el PCG. Toda justificación de inasistencia del Representante o del Contratista en la Obra deberá hacerse por escrito ante la Inspección de Obra, la que podrá aceptar o rechazar las causales, mediante su asiento en el Libro de Órdenes de Servicio. En ausencia de aquél, quedará siempre en obra un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel, en forma de que no resienta la marcha en la obra. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección, todo lo cual será exclusivo del Contratista o de su Representante en Obra.

Toda ausencia del Contratista o su Representante que no obedezca a razones justificadas a juicio de la Inspección dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de una Orden de Servicio.

 

26.      LIBRO DE NOTAS DE PEDIDO

El contratista proveerá un libro foliado por hojas por triplicado a los efectos indicados en la Cláusula 41 del PCG.

 

27.      LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO

La cláusula 42 del PCG se complementa con lo que se detalla a continuación. El Libro de Órdenes de Servicio tendrá hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Órdenes de Servicio impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por el Inspector de Obra y por el Profesional Responsable de la Empresa como constancia de haber tomado conocimiento. También se anotarán en el Libro, los resultados de los ensayos de materiales que se efectúen, como toda otra novedad que se registre durante la marcha de las obras.

 

28.      LIBRO DE PARTES DIARIOS

El Contratista anotará en el Libro de Partes Diarios, los trabajos realizados en forma diaria, el detalle de todo el personal afectado a las tareas, ubicación de los trabajos, estado del tiempo, etcétera y toda otra novedad que no deba ser indicada expresamente en los libros restantes. El libro deberá tener hojas numeradas por triplicado. Dicho libro se mantendrá al día, máxime el hecho que se trabajará en el exterior. De no llevar dicho libro vigente, la empresa no podrá solicitar días adicionales en caso que la media de lluvia anual sea superada.

 

29.      REPLANTEO DE LAS OBRAS

El Contratista es responsable del replanteo de las obras en los términos establecidos en la cláusula 47 del PCG, debiendo corregirlo si a juicio del Comitente fuera posible. En caso contrario será demolido y/o retirado de la obra y reconstruido en el momento en que se advierta el error, cualquiera sea el estado de la obra.

 

30.      DOCUMENTACIÓN DE OBRA

Es obligación del Contratista tener permanentemente en obra y en perfecto estado, un ejemplar completo de la documentación de contrato firmada por el Representante Técnico de la Empresa y el Consejo, al que se irán agregando los complementos que correspondan.

El Contratista deberá advertir los errores u omisiones de la documentación técnica, y tendrá la obligación de señalarlo a la Inspección de Obra, con la antelación necesaria, para que sean corregidos si correspondiera. Si el Contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario ejecutar, para corregir las fallas y esos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.

El Contratista será responsable por cualquier tipo de vicio o ruina en la obra o cualquiera de sus partes, causados por error u omisión en planos y demás documentación técnica o cálculos entregados por la Inspección de Obra respecto de los cuales el Contratista no hubiere informado de acuerdo con lo prescripto en el artículo presente.

 

31.      CARTEL DE OBRA

El contratista deberá instalar el cartel de obra correspondiente, sujeto a conformidad del CONSEJO.

La empresa realizará un cartel de Obra de 1.00 mts. x 1.00 mts. con la leyenda y el color que se les sea suministrado;  el cual se encuentra detallado en el PET.

No se podrá colocar en la obra ningún letrero ni publicidad sin la previa conformidad de la Inspección de Obra.

 

32.      DEPOSITO DE LOS MATERIALES EN OBRA

El Contratista proveerá los depósitos necesarios para el acopio de los materiales que a juicio de la Inspección requieran estar al abrigo de los agentes climáticos y asumirá los gastos de traslado y acarreo de dichos materiales, según lo previsto por el Art. 58 del PCG.

 

33.      VIGILANCIA DE LA OBRA

Dado que la adjudicataria no será la única empresa trabajando en el edificio, la vigilancia de la obra estará a cargo del Consejo de la Magistratura CABA, la empresa podrá tener su personal de pañol a cargo del depósito de materiales.  

 

34.      ENERGIA ELECTRICA.

Conforme lo indicado en la Cláusula 60 del PCG, las instalaciones y conexiones que deban ejecutarse para obtener el servicio de energía eléctrica para la Obra estarán a cargo del contratista.

La empresa colocará un tablero seccional del cual se desprenderán sub-tableros con todas las protecciones reglamentarias, alimentado por un cable tipo sintenax y los tableros deberán estar preparados para intemperie.

En ningún caso podrá ocurrir que los inconvenientes eléctricos de la obra influyan sobre el edificio en funcionamiento.

 

 35.     ALUMBRADO Y LUCES DE PELIGRO.

El contratista deberá instalar en todo el recinto de la obra alumbrado suficiente para permitir una vigilancia nocturna eficiente y colocará las luces de peligro reglamentarias estando a su cargo el consumo de energía eléctrica o combustible de toda esta instalación.

 

36.      CERRAMIENTO

El contratista deberá efectuar el cerramiento de los lugares de trabajo ajustándose a las disposiciones legales vigentes. El cerco será de propiedad del contratista y deberá ser retirado cuando lo disponga la Inspección.

 

37.      PERSONAL - SALARIOS

El Contratista deberá abonar en término los salarios de todo el personal que emplee, en forma directa o indirecta, para la ejecución de la obra y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre la legislación del trabajo vigente.

El Contratista será el único responsable ante el Consejo por el pago del personal que hubiese trabajado para la ejecución de la obra, sin excepción alguna. Además, responderá por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamos judiciales o extrajudiciales que el incumplimiento de lo anterior ocasionase al Consejo.

El Contratista será el responsable de cualquier accidente que ocurra al personal que emplee para la obra, correspondiéndole en consecuencia el cumplimiento de las obligaciones que establece la legislación pertinente.

 

38.      HORARIO DE TRABAJO

En el Acta de Iniciación de los trabajos se dejará constancia del horario en que el Contratista desarrollará sus tareas, conforme lo establecido en el PET. Si deseare modificar el horario establecido, deberá solicitarlo por intermedio del Libro de Órdenes de Servicio, exponiendo las razones y demás argumentos que crea conveniente.

 

39.      RESPONSABILIDAD

Complementando lo indicado en las cláusulas 75 y  76 del PCG el Contratista deberá contratar por su cuenta y cargo los seguros que se establecen a continuación, los que deberán ser presentados en la Dirección de General Compras y Contrataciones con anterioridad al inicio de la obra:

a)        Laborales: Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal con relación de dependencia propia y asignado por esta Consejo de la Magistratura (dotación de 5 agentes).

b)        Responsabilidad Civil: Por daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos contratados, no inferior a PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.).

c)         Robo y Hurto: Debe comprender la totalidad de las instalaciones y los elementos en el edificio en el que se ejecutará la obra objeto de esta Licitación por un monto mínimo de PESOS seiscientos mil ($ 600.000).

d)        Seguro de Obra: Antes de iniciar la ejecución del contrato, el Contratista deberá asegurar la Obra y todos los trabajos, materiales y equipos destinados a ser incorporados a la misma con motivo de la ejecución del contrato. Este seguro deberá cubrir toda pérdida o daño total o parcial de edificios, instalaciones, equipamientos y elementos afectados al servicio, etcétera, y en forma tal que el Consejo quede cubierto durante el período de construcción de la Obra y durante el Período de Garantía hasta la Recepción Definitiva de la Obra. El Seguro de Obra deberá ser contratado por el Contratista en forma tal que permita ampliaciones a partir del momento en que el Consejo lo disponga y por el período, ítem y valores deducibles.

e)        Los seguros establecerán específicamente que la cobertura otorgada permanecerá vigente durante todo el período de construcción.

En caso de que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el Contratista. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el Contratista deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de cualquier responsabilidad al respecto.

Si el Contratista dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados en este PCP, el Consejo podrá en tales casos -al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer- contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran debitadas por el Contratista. El Consejo deducirá las primas así desembolsadas del primer certificado presentado por el Contratista.

Las pólizas deberán establecer expresamente que los aseguradores no podrán suspender la cobertura en razón de premios no pagados por el Contratista, sin dar preavisos por escrito al Consejo de su intención de suspender la cobertura, con al menos QUINCE (15) días de anticipación.

Dado que estos seguros cubren riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el Contratista es responsable de acuerdo con estos documentos contractuales, será obligación del Contratista notificar a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El Contratista será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.

Correrán por cuenta del Contratista los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no-vigencia de las Pólizas de Seguro.

El Consejo podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del programa de trabajo.

En caso de que el plazo real de ejecución del contrato supere el plazo contractual original más las eventuales ampliaciones de plazo concedidas por el Consejo, los costos de los seguros por todo dicho tiempo excedente serán de exclusiva cuenta y cargo del Contratista.

Los seguros serán contratados con una aseguradora a satisfacción del Consejo, e incluirá a éste como coasegurado de los mismos y considerándolo como tercero afectado en los apartados B, C y D de la presente cláusula.

 

40.      SANCIONES.

El Consejo a través de la Inspección de Obra, podrá imponer al Contratista y/o Profesional Responsable y/o su Representante en Obra, en caso de incumplimiento de las condiciones contractuales, las siguientes penalidades:

40.1    Al Contratista:

40.1.1 Multas,

40.1.2 Descuentos por trabajos mal ejecutados,

40.1.3 Reconstrucción de las obras,

40.1.4 Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas,

40.2     Al Profesional Responsable y/o Representante en Obra:

40.2.1 Llamado de atención,

40.2.2 Apercibimiento,

40.2.3 Suspensión,

40.2.4 Sustitución.

40.3    PENALIDADES: Las penalidades serán aplicables en los siguientes casos:

40.3.1 Al Contratista:

40.3.1.1         Multa: Cuando el Contratista no cumpliera con el Plan de Trabajo aprobado por la Inspección de Obra, o por mora en el cumplimiento de una Orden de Servicio o de Trabajo.

40.3.1.2         Descuentos por trabajos mal ejecutados: En los casos en que se compruebe la deficiencia en cualquier lugar de la obra de los materiales exigidos, resistencia, espesores o calidades. Este descuento es de carácter penal y no será necesariamente proporcional al valor económico del material o elemento ausente sino al de la disminución de la calidad de resistencia o durabilidad que ese hecho sea susceptible de producir. Su aplicación estará regulada por lo que establezcan las respectivas especificaciones técnicas y sus complementarias.

40.3.1.3         Reconstrucción de las Obras:

40.3.1.4         Cuando se compruebe fehacientemente que el Contratista ha realizado actos dolosos con el objeto de beneficiarse ilícitamente, como por ejemplo: empleo de materiales prohibidos, elaboración de mezclas sin debidas proporciones, empleo de materiales que no cumplan con lo especificado, etcétera.

40.3.1.5         Cuando las instalaciones ejecutadas no respondan a las condiciones establecidas en las correspondientes especificaciones técnicas.

40.3.1.6         Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas:

40.3.1.6.1      En caso de resolución del contrato por culpa del Contratista.

40.3.1.6.2      Cuando cualquier obra constituida adolezca de defectos o vicios imputables al mismo y el Contratista no se allane a cumplir las resoluciones del Consejo.

40.3.1.6.3      Cuando reiteradamente viole las estipulaciones del contrato.

40.3.1.6.4      Cuando carezca de aptitudes técnicas para la ejecución de los trabajos encomendados.

40.3.2 Al Representante en Obra y/o Profesional Responsable:

40.3.2.1         Llamado de atención:

40.3.2.1.1      Por no concurrir a citación debidamente efectuada.

40.3.2.1.2      Por desobediencia en ejecutar trabajos no autorizados sujetos a inspección.

40.3.2.2         Apercibimiento: Cuando se produzca un segundo motivo para llamado de atención se aplicará apercibimiento.

40.3.2.3         Suspensión:

40.3.2.3.1      Al cumplirse dos apercibimientos corresponderá suspensión automática de UN (1) mes.

40.3.2.3.2      La reiteración de estos hechos que puedan comprometer la calidad de las obras contratadas, corresponderá una suspensión por SEIS (6) meses.

40.3.2.4         Sustitución:

40.3.2.4.1      Cuando por reiteración de hechos punibles se haga pasible de nueva suspensión, habiendo sido antes suspendido DOS (2) veces.

40.3.2.4.2      Por faltas graves o comprobación de dolo.

40.4    MULTAS

40.4.1 Incumplimiento de plazos de obra.

Si las obras contratadas no se terminaran dentro del plazo estipulado en el pliego por causas no justificadas a juicio de la Dirección de Obra, la Contratista se hará pasible de una multa diaria que será del UNO COMA VEINTICINCO POR MIL (1,25 /1000) del monto de contrato.

40.4.2 Incumplimiento de Órdenes de Servicio

Toda orden de servicio, emitida por la Inspección, deberá ser firmada por el Contratista o su representante técnico en obra. En caso que el contratista no cumpla con dicha orden dentro del plazo estipulado para su ejecución, se reiterará la misma. Dicha reiteración implicara la aplicación de una multa del UNO COMA VEINTICINCO POR MIL (1,25 /1000) del monto del contrato. En caso de observar la orden y firmar en disconformidad podrá presentar su descargo dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas. Esta será evaluada por la Inspección de Obra y en última instancia por la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad.

El monto de las multas surgirá de la suma de las multas aplicadas por atraso de obra o por incumplimiento de órdenes de servicio, dentro de los límites estipulados en la Cláusula 77 del PCG.

40.4.3 Multa por Demora en la Ejecución del Plan de Trabajos:

Cuando la ejecución de las tareas incluidas en el Plan de Trabajos Definitivo tuviera demoras por causas no justificadas a juicio del comitente, el contratista se hará pasible de multas durante la ejecución del contrato.

A los efectos de determinar la aplicación de la multa, deberán concurrir las siguientes variables:

  • Demoras no justificadas en el ritmo de ejecución de las obras.
  • Desfase de la Curva de Certificación Mensual en mas de un 10% por debajo del Plan de Certificación Acumulada por causa imputable al contratista.
  • Existencia de comunicaciones por Orden de Servicio u otro medio fehaciente en los que el Comitente señale las demoras de ejecución, las que servirán de formal intimación.

En el caso de atraso las multas se calcularán mensualmente, y de ser cobradas serán restituidas, sin devengar ningún tipo de interés, de recuperarse los atrasos aún parcialmente.

Serán calculadas mediante la siguiente expresión:

M= (CP – CE) X 1%

M – Multa por retardo en el cumplimiento del Plan de Trabajos Definitivo.

CP – Certificación acumulada prevista en el Plan de Certificación Acumulada para el mes de aplicación de la multa.

CE – Certificación acumulada ejecutada de acuerdo a la Curva de Certificación Mensual para el mes de aplicación de la multa.

La aplicación de la multa que corresponda será fijada por el comitente. Las multas serán descontadas del primer certificado posterior a la aplicación de las mismas, y en el caso que no resten certificaciones, de cualquier otro crédito del comitente ante el contratista, o sobre cualquiera de las garantías constituidas.

Cuando el importe de la multa alcance el diez por ciento (10%) del monto del contrato, el comitente podrá optar por su rescisión por culpa del contratista, o por la continuación del mismo.

 

41.      CERTIFICACIÓN

La certificación se hará de acuerdo a lo estipulado en la cláusula 88 del PCG. Se realizará una medición de obra estará a cargo del Contratista y será aprobada por la Inspección de Obra. El Contratista preparará, de acuerdo a sus resultados, el certificado mensual de avance de obra, según el formulario aprobado por la Inspección de Obra, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuestos aprobados.

Cada certificado de avance de obra será acumulativo, es decir, que cada presentación comprenderá la medición actual, la medición acumulada anterior y la acumulada total, debiendo al pie del certificado posterior a los coeficientes de pase, realizar el porcentaje de desacopio de corresponder. El certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.

Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la autoridad competente del Consejo, al momento de la Recepción Definitiva.

La primera Medición de Obra y el primer Certificado de Obra corresponderán al último día del mes en que se haya firmado el Acta de Inicio de Obra.

El Contratista deberá elevar a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y  Seguridad del Consejo de la Magistratura, dentro de los CINCO (5) días siguientes al último día del período mensual al que correspondan los trabajos -que previamente habrán sido objeto de medición-, el certificado por él confeccionado.

El pago de los certificados y descuentos de fondos de reparo se harán de conformidad con lo indicado en la cláusula 88 del PCG.

 

42.      RECEPCIÓN PROVISORIA

Cuando se encuentren concluidos todos los trabajos se labrará el ACTA DE RECEPCION PROVISORIA. Esta acta será suscripta por El Director General de Obras, Servicios Generales y Seguridad por el Inspector de Obra designado y el contratista o su Representante Técnico. La confección del Acta de Recepción deberá ser solicitada por la Empresa con una antelación de cinco (5) días corridos. De encontrarse la obra finalizada y sin solicitud por parte de la empresa, la Inspección de Obra la formulará igualmente con el concurso de autoridades locales o testigos requeridos al efecto, dejando constancia de la ausencia o negativa del contratista o sus representantes. Cumplido el plazo de garantía previsto en el PCP se realizará el Acta de Recepción Definitiva.

Documentación para solicitud de la recepción provisional:

Cuando los trabajos han sido terminados el Contratista presentará una nota a la Inspección de Obra indicando:

1. Que los Documentos del Contrato han sido revisados.

2. Que los trabajos han sido inspeccionados siguiendo los Documentos del Contrato.

3. Que los trabajos han sido ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato.

4. Que los trabajos se encuentran terminados y listos para la verificación final.

Además deberá hacer entregar de la documentación conforme a obra de instalaciones, arquitectura y estructura, asimismo las habilitaciones correspondientes de todas las instalaciones intervinientes de la obra, ascensores, incendio, etcétera.

Si la Inspección de Obra considera que los trabajos están incompletos o defectuosos procederá a notificar al contratista por escrito la lista de trabajos que se consideran incompletos o defectuosos.

El contratista iniciará acciones inmediatas para subsanar o corregir las observaciones efectuadas y remitirá una segunda nota a la Inspección de Obra indicando que los trabajos han concluido.

La Inspección de Obra verificará que se encuentran cumplidas las observaciones de la Recepción Provisoria.

El contratista será responsable por las verificaciones adicionales que resulten necesarias.

Las Actas que se formalicen por Recepciones Provisionales de obras que se encuentren terminadas de acuerdo al contrato, serán suscriptas por la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad.

 

43.      PLAZO DE GARANTÍA DE OBRA

Complementando la cláusula 86 del PCG, se establece un plazo de garantía de DOCE (12) meses.

 

44.      RECEPCIÓN DEFINITIVA.

Complementando la Cláusula 87 del PCG, se establece lo siguiente:

La recepción definitiva se realizará vencido el Plazo de Garantía de un (1) año. Por lo tanto, dentro de los quince (15) días previos al vencimiento de la garantía de la obra, el contratista entregará a la Inspección de Obra un Documento de Solicitud de Recepción Definitiva donde consten los prerrequisitos para la Recepción Definitiva de los Trabajos.

Cuando los trabajos correctivos han sido terminados, el Contratista presentará una nota a la Inspección de Obra indicando:

1. Que los Documentos del Contrato han sido revisados.

2. Que los trabajos han sido inspeccionados siguiendo los Documentos del Contrato.

3. Que los trabajos han sido ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato.

4. Que los trabajos se encuentran terminados.

5. Que toda la documentación requerida ha sido entregada.

Además deberá hacer entrega de la constancia de certificado final de obra expedido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en caso de corresponder.

La Inspección de Obra procederá a realizar la verificación del estado de las obras con diligencia luego de recibida la nota y dentro del plazo de DIEZ (10) días.

Si la Inspección de Obra considera que los trabajos indicados en las observaciones de la Recepción Provisoria están incompletos o defectuosos procederá a notificar al contratista por escrito la lista de trabajos que se consideran incompletos o defectuosos.

El contratista iniciará acciones inmediatas para subsanar o corregir las observaciones efectuadas y remitirá una segunda nota a la Inspección de Obra indicando que los trabajos han concluido.

La Inspección de Obra verificará que los trabajos se encuentran aptos para la Recepción Definitiva.

El contratista será responsable por las verificaciones adicionales que resulten necesarias.

Al mismo tiempo, el contratista presentará para su aprobación los Certificados de Liquidación Final de las Obras, lo cual será condición previa para la devolución de los Depósitos de Garantía.

El Acta de Recepción Definitiva será suscripta por el Director General y el Director Técnico de Obras.

 

45.      REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

Es de aplicación al presente proceso licitatorio la Ley 2809, sus modificatorias, sus normas reglamentarias y la Resolución CM N° 168/2013.

En el caso de que el contratista perciba  adelantos financieros, el porcentaje abonado, en forma proporcional en cada ítem no estará sujeto a redeterminación de precios a partir de la fecha del efectivo pago del mismo.

Los oferentes deberán presentar la estructura presupuestaria y metodología de análisis de precios establecidos conf. cláusula 11.15 del presente pliego.

A tal efecto se establece la estructura de ponderación que se representa en el cuadro siguiente, con los rubros más significativos:

 

PLANILLA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA

Ley 2809

 

Mano de Obra                                 20%    Mano de Obra -  Nivel General   

Gastos Generales                           10%    Gastos Generales -  Nivel General

Andamios                                         10%    Cuadro 1.6 Ítem f)

Albañilería                                       25%    Cuadro 1.5 Ítem b)

Carpintería                                       35%    Cuadro 1.5 Ítem d)

                       

                                                           100,00%       

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO A

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 9/2018 

CONSTANCIA DE VISITA A OBRA

 

Se deja constancia que la Empresa ..........................................., representada por ................................................, DNI ........................., realizó una visita al Predio sito en Suipacha 150, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la Licitación Pública Nº 9/2018 destinada Al Saneamiento y Puesta en Valor de la Fachada de Contra Frente y Medianera en Suipacha 150.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO B

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 9/2018 

SEGURIDAD E HIGIENE

1.- Objeto:

Establecer las reglas y pautas que deben cumplir los contratistas que realicen trabajos en el ámbito del “Consejo de la Magistratura” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

2.- Legislación Vigente.-

 

  • Ley 19587.- Seguridad e Higiene en el Trabajo y su Decreto Reglamentario, Nª 351 / 79.-

 

  • Ley 24557 “ Riesgos del Trabajo”

 

  • Decreto 911 / 96 “Seguridad e Higiene en la Construcción”.-

 

  • Leyes, Decretos, Resoluciones y Ordenanzas vigentes en materia de                       “Seguridad e Higiene en el Trabajo” y en la “ Construcción  ” de la República                   Argentina y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

 

3.-Documentación a Requerirse a Contratista y Subcontratistas.-

 

3.1.- Memoria Técnica de las tareas a realizar; (que se va a hacer, cómo y con qué medios); memoria descriptiva de todos los trabajos a realizarse.-

 

3.2.- Nota con membrete de la empresa designando al  Profesional Responsable de “Seguridad e Higiene en el Trabajo” de la Obra; detallándose sus datos personales, matrícula y teléfono donde pueda ser localizado.-

 

3.3.- Si el personal es Propio de la Empresa, se deberá elevar:

 

3.3.1.- Certificado de ART de cada uno de los trabajadores.-

 

3.3.2.- Certificado de Cobertura con cláusula de NO Repetición que accione a favor del “Consejo de la Magistratura de la CABA”.-

 

3.3.3.- Seguro de Vida de los empleados.-

 

3.3.4.- Constancia de capacitación en prevención de riesgos en el trabajo.-

3.3.5.-Constancia de entrega a los trabajadores de los Equipos de Protección  Personal.-

 

3.3.6.- Aviso de Inicio de Obra ante la ART.-

 

3.4.- Si el personal  es Contratado o Monotributista.-

 

3.4.1.- Constancia de CUIT de Cada uno de los Trabajadores.-

 

3.4.2.- Seguro de Accidente personal de cada Trabajador.-

 

3.4.3.- Nota (de puño y letra) de cada uno de los trabajadores manifestando si  posee alguna prepaga o centro de atención médica al cual se lo pueda derivar en caso de accidente; asimismo deberá asentar los datos      (nombres, apellido y teléfonos) de la persona a quien se debe llamar en caso de Emergencias; deslindando al “Consejo de la Magistratura de la     CABA” de responsabilidades en caso de sufrir accidentes y / otra          situación comprometedora para el Consejo.-

 

3.4.4.- Constancia de capacitación en prevención de riesgos en el trabajo de los trabajadores.-

 

3.4.5.-Constancia de entrega a los trabajadores de los Equipos de Protección  Personal.-

 

4.- Programa de Seguridad de la Empresa

 

Programa de Seguridad por las tareas que se van a realizar, según lo previsto y normado en la Disposición 319 / 99 de la S. R. T.; 51 / 97 –

En caso de poseer ART debe estar aprobado por esta.

En caso de ser monotributista el Plan de Seguridad deberá estar firmado por un Profesional responsable de  Seguridad e Higiene.-

 

5.- Responsabilidad Civil de la Empresa.-

 

Seguro de Responsabilidad Civil de la Empresa, debiéndose incluir en la póliza al Consejo de la Magistratura como Asegurado adicional por la Obra que se va a realizar.-

6.- Antes de comenzar los trabajos

 

No se podrá dar comienzo a la tarea si no se ha presentado la                    documentación mencionada, en la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad del Consejo.-

 

7- Incumplimientos

 

En caso que el asesor del Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo del   Consejo, verifique el incumplimiento del presente anexo, el mismo estará          autorizado a paralizar las Tareas en forma parcial o total hasta que el contratista corrija las anomalías detectadas no siendo imputable el Consejo por los atrasos y / o costos causados a la empresa por el incumplimiento del Procedimiento.-

El Consejo podrá prohibir el ingreso o retirar del Edificio personal, materiales o equipamientos que no cumplan con las normas vigentes en la materia.

La mora o falta de cumplimiento de las normas facultará al Consejo para          sancionar al contratista con medidas que puedan llegar a la rescisión del unilateral del contrato según la gravedad de la falta sin indemnización obligatoria alguna.-

 

8.- Trabajos de Riesgos.-

 

Todo trabajo de riesgo (soldadura, altura, traslado de materiales pesados, etc. etc.), además de estar incorporado en el Programa de Seguridad elevado, deberá ser informado al Asesor de Seguridad e Higiene en el Trabajo de la Dirección de Seguridad del Consejo de la Magistratura, para coordinarse en forma conjunta la implementación de normas de seguridad adicionales si fuera necesario.-

 

9.- Elevación de la Documentación Requerida.-

 

Esta documentación deberá ser elevada al asesor de Seguridad e Higiene en el Trabajo de la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad del Consejo de la Magistratura, antes de iniciar las    actividades.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS

ÍNDICE

  1. OBJETO DEL CONTRATO
  2. CARACTERISTICAS DE LA OBRA
  3. PROCEDIMIENTOS Y CUMPLIMIENTOS
  4. HORARIOS DE TRABAJO
  5. DESARROLLO DE TAREAS
  6. PLANOS Y PLANILLAS
  7. MATERIALES Y MUESTRAS
  8. CONSIDERACIONES DE SEGURIDAD
  9. RIESGO DE INCENDIO
  10. PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO

 

  1. TRABAJOS GENERALES

1.1 PLANOS Y GESTIONES ANTE EL GCBA

1.2      PLANOS CONFORME A OBRA

1.3      CARTEL DE OBRA

1.4      REPLANTEO

1.5      LIMPIEZA PERIODICA

1.6      LIMPIEZA FINAL DE OBRA

1.7      OBRADOR

1.8      MANUALES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

1.9      AYUDA DE GREMIOS

1.10    AGUA DE CONSTRUCCIÓN

1.11    ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA DE OBRA

1.12    ANDAMIOS Y CERCOS

1.12.1 PROVISIÓN Y MONTAJE DE ANDAMIOS

1.12.2 FIJACIÓN A MEDIANERA

1.13    PROTECCIÓN DEL ENTORNO

1.14    BAÑOS QUÍMICOS

1.15    HABILITACIÓN/AVISO O PERMISO DE OBRA

           

  1. INTERVENCIÓN DE FACHADAS
    1.  
    2.  

2.2.1 PICADO DE REVOQUES

2.2.2 REPARACIÓN DE GRIETAS Y FISURAS EN MURO

2.2.3 CONSOLIDACIÓN DE REVOQUES HIDRÓFUGOS

2.2.4 ELIMINACIÓN DE SALES SOLUBLES

2.2.5 REMOCIÓN DE SELLADORES

2.3 REVOQUES

2.3.2 REVOQUE GRUESO EXTERIOR

 

3. CARPINTERÍAS

  1.  

3.1.1 EXTRACCIÓN DE CARPINTERÍA

  1.  

3.2 CARPINTERIAS NUEVAS PROVISIÓN Y COLOCACIÓN

3.2.1 GENERALIDADES

3.2.2 CALIDAD

3.2.3 MUESTRARIO

3.2.4 MATERIALES

  1.  

3.2.6 TORNILLOS, PERNOS, ARANDELAS

3.2.7 VIDRIOS Y CRISTALES

  1.  
  2.  
  3.  
  4.  

3.2.12 PROTECCIÓN Y EMBALAJE

3.2.13 CONTACTO DEL ALUMINIO CON OTROS MATERIALES

3.2.14 REQUISITOS TÉCNICOS

3.2.14.1 Desarrollo del Proyecto

  1.  
  2.  
  3.  
  4.  
  5.  
  6.  
  7.  
  8.  
  9.  
  10.  
  11.  

3.3 TERMINACIONES INTERIORES

 

4. DESARME DE ANDAMIOS

5. LIMPIEZA DIARIA PERIODICA Y FINAL

 

 

 

 

 

 

 

Res. CAGyMJ N°       /2018

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS

  1. OBJETO DEL CONTRATO:

El presente pliego tiene como objeto el saneamiento y puesta en valor de la fachada de contrafrente y la medianera lindante con el estacionamiento del inmueble sito en la calle Suipacha 150 de esta Ciudad, más colocación y reposición integral de carpinterías en aluminio A30 y vidrios DVH.

  1. CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA: 

La Contratista tendrá a su cargo todas las tareas enunciadas en el presente pliego de especificaciones técnicas, planos y planillas.

Por razones de tiempo, cada una de las fachadas se realizarán al unísono como si fueran dos obras distintas, de modo que una no repercuta sobre la otra.

Sobre el estacionamiento, la empresa deberá alquilar las cocheras por un tiempo estimado de 4 meses o lo que demande el trabajo; en dicho espacio montarán andamios con mallas para protección del entorno. Los materiales extraídos de la demolición se volcarán directamente a volquete.

En contrafrente se podrá trabajar tanto del exterior como del interior. Se solicita la colocación de andamios desde inicio a fin, garantizando no solo seguridad, sino un piso de trabajo firme a efectos de caminar la fachada unificando líneas de nivel, teniendo un panorama de trabajo general e integral. Asimismo da lugar a que la Inspección de Obra se desplace observando los criterios de relevamiento y  resolución, así como control de los trabajos.

Teniendo en cuenta que es una obra al exterior, la empresa sobre el último tramo de andamios realizará una techumbre de chapa que permita trabajar en condiciones de tiempo no tan propicias.

  1. PROCEDIMIENTOS Y CUMPLIMIENTOS

La Ley de Obras Públicas  (Ley N° 13.064), los Reglamentos y Normativas que a continuación se detallan, regirán para la presente documentación y la ejecución de las obras:

Normas I.R.A.M. y Especificaciones Técnicas del I.N.T.I.

Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.

Leyes de discapacidad vigentes.

Reglamento para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas del Ente Nacional de Regulación Eléctrica y Código de Edificación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Disposiciones vigentes de las empresas prestatarias del servicio.

Se remite a la interpretación de los mismos para aclaración de dudas y/o insuficiencias de las Especificaciones, que pudieran originarse en la aplicación de la documentación técnica, de proyectos o las normas de ejecución propiamente dichas.

  1. HORARIOS DE TRABAJO

La Contratista deberá realizar los trabajos a su cargo dentro del siguiente horario:

De lunes a viernes: de 06:00 a 20:00 hs.

Sábados, Domingos y feriados: dentro del mismo horario (respetando las reglamentaciones municipales respectivas).

Las actividades fuera de los horarios normales no implican el reconocimiento por parte del Consejo de la Magistratura adicionales por estos conceptos. Cualquier otro horario de trabajo que la Contratista quiera proponer para cumplir con los plazos contractuales deberá ser notificado a la Inspección de Obra y contar con la aprobación del Consejo.

Durante el desarrollo de las obras, las entradas y/o salidas de los materiales, herramientas, etc., podrán llevarse a cabo exclusivamente en los horarios que establece la reglamentación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debiendo además respetar las instrucciones que sobre el particular imparta la Inspección de Obras los Funcionarios y el personal de seguridad del Consejo allí destacados.

  1. DESARROLLO DE LAS TAREAS: 

Durante el transcurso de la obra, al finalizar la jornada laboral la Contratista realizará la limpieza de áreas de trabajo y de las zonas afectadas por las obras.

La empresa deberá ajustar tanto la dotación de personal como las horas de trabajo, a efectos de cumplir con los tiempos de obra solicitados y comprometidos.

  1. PLANOS , PLANILLAS Y PLAN DE TRABAJO:

 Forman parte de la documentación contractual los planos, planillas particulares de obra, los planos tipo y de detalles, como así también los planos que oportunamente fuera necesario confeccionar por la Contratista a pedido de la Inspección de Obra.

El plan de trabajo será materia de seguimiento exhaustivo a efectos de lograr la finalización en tiempo establecido. El retraso en las tareas que perjudique la finalización de las obras en tiempo y forma, podrá dar lugar a la inmediata finalización de la relación contractual.

  1. MATERIALES Y MUESTRAS:

La indicación de determinadas marcas, tiene por objeto establecer un nivel mínimo de calidad, pudiendo ser utilizados materiales de características equivalentes o superiores.

La Contratista deberá presentar, para la aprobación de la Inspección de Obra, las muestras, folletos y catálogos que resultarán necesarias para comprobar la calidad de los materiales. La Inspección de Obra decidirá a su solo juicio sobre el particular.

Conjuntamente con la Oferta, se deberá presentar folletería del modelo de piso técnico, recubrimiento Vinílico, bandejas porta cable y todos sus componentes.

  1. CONSIDERACIONES DE SEGURIDAD: 

La Contratista se obliga a cumplimentar las Normas de Higiene y Seguridad en el trabajo, conforme a la legislación nacional y provincial vigente incluidas en el Anexo de Seguridad e Higiene que forma parte del presente pliego.

  1. RIESGO DE INCENDIO: 

Cuando se realicen trabajos donde se empleen soldaduras, manejo de alargues de electricidad o cualquier otro elemento que implique riesgo de incendio, deberá preverse la existencia en el lugar donde se desarrollan las tareas, de matafuegos en cantidad y clase acorde a los trabajos que se realicen, además deberán señalar esta actividad en los libros de Partes diarios y Notas de Pedido, indicando la actividad, el lugar de ejecución y la hora de dicho evento.

  1. PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO HIDRICA Y DE RESISTENCIA MECANICA:

 Como criterio general el Contratista deberá dar cumplimiento a todas las pruebas que solicite la Inspección de Obra en materia de filtraciones en amure de ventanas, hermeticidad de carpinterías, hermeticidad de vientos y sonora. Etc.

Al finalizar las obras, y para su recepción, la Contratista efectuará las pruebas finales para verificar su correcto funcionamiento, según indique la Inspección de Obras, y realizará la limpieza total a fondo del sector del edificio afectado a la presente Licitación, dejando todo en perfectas condiciones.

  1. TRABAJOS GENERALES
    1. PLANOS Y GESTIONES ANTE EL GCBA

Antes de la iniciación de la obra, la Contratista efectuará los trámites correspondientes para el AVISO O PERMISO DE OBRA según correspondiere ante el organismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondiente, debiendo acreditar la tramitación con las constancias pertinentes. Asimismo gestionará ante los distintos entes, compañías proveedoras de servicios públicos, y todo otro organismo o empresas que requiera la realización de algún tipo de tramitación para llevar a cabo las obras. En tal sentido deberá acreditar la tramitación con las constancias pertinentes.

La Contratista tendrá a su cargo los costos de planos, trámites y gestiones ante los organismos competentes.

La Inspección de Obra exigirá la presentación de planos aprobados y certificados de permiso o habilitación antes de proceder a autorizar la ejecución de trabajos o a practicar la recepción definitiva de los mismos, según corresponda.

  1. PLANOS CONFORME A OBRA

Antes de solicitar la recepción provisoria, la Contratista entregará al Consejo de la Magistratura los planos conforme a obra definitivos de acuerdo al siguiente detalle:

Planos de fachada escala 1:50, detalle de carpinterías en 1:20

  1. CARTEL DE OBRA

El Contratista colocará, proveerá y conservará en el edificio, 1(un) cartel de obra de 1.00 m. de largo por 1.00m. de alto de acuerdo con las indicaciones y normas del modelo de cartel que será entregado oportunamente por la Inspección de Obra. Dicho cartel se instalará dentro de los 10 (diez) días corridos de la firma de la Contrata, y se mantendrá por igual período de días 10 (diez) una vez realizada la recepción provisoria de obra. Serán a cargo del Contratista las reparaciones motivadas por su retiro.

El cartel se realizará en vinilo ploteado sobre bastidor de madera de pino Paraná de 25mm x 50mm, con refuerzos especiales.

El cartel de obra se fijará a la fachada u otro lugar que indique la Inspección de Obra, mediante grapas especiales para clavar de hierro cadmiado de sección cuadrada de 12,5 mm x 12,5 mm con largo adecuado de tal forma que quede asegurado el correcto sostén del mismo.

  1. REPLANTEO

Luego de concluidos los trabajos de desmonte, demolición y retiro del producido de obra, el Contratista efectuará el replanteo en vertical de las fachadas, el cual deberá ser volcado en plano y verificado por la Inspección de Obra antes de dar comienzo a los trabajos y dentro de los 10 (diez) días de firmada el Acta de Inicio. La demora en la ejecución del mismo o su inexistencia, y cualquier trabajo mal ubicado por errores de aquel, cualquiera sea su origen, será corregido. Cuando fuese imposible su reparación, será demolido y reconstruido, cualquiera sea el estado de la obra, todo ello por cuenta del Contratista. La decisión de la Inspección de Obra será inapelable.

Toda la documentación adjunta reviste el carácter de proyecto, siendo su uso no solo para elaborar la oferta, sino también para realizar los trabajos indicados en el presente pliego.

Las tareas de replanteo de ángulos, plomos, medidas y altimetría deberán reiterarse antes del inicio de cada etapa de obra que se establezca en el Plan de Trabajos que resulte aprobado.

El replanteo y la nivelación serán verificados por la Inspección de Obra antes de dar comienzo a los trabajos.

Será responsabilidad del Contratista la exactitud y precisión de los replanteos y la protección de los puntos de referencia mencionados, los que serán presentados para la aprobación por parte de la Inspección de Obra.

  1. LIMPIEZA PERIODICA

El Contratista deberá organizar su trabajo de modo que los residuos provenientes de todas las tareas correspondientes a su contrato, y de las de los subcontratos, sean retirados inmediatamente del área de las obras, para evitar perturbaciones en la marcha de los trabajos.

Estará terminantemente prohibido arrojar residuos desde el recinto de la obra al exterior. Los residuos deberán bajarse por medios mecánicos o embolsarse y bajarse con cuidado por las escaleras

No se permitirá quemar materiales combustibles en ningún lugar de la obra o del terreno.

Se pondrá especial cuidado en el movimiento de la obra y en el estacionamiento de los camiones a efectos de no entorpecer el tránsito ni los accesos en las zonas aledañas. Los materiales cargados en camiones deberán cubrirse completamente con lonas o folios plásticos, a efectos de impedir la caída de materiales durante el transporte.

Previo a la tarea de demolición se realizarán bastidores y se colocarán mayas tipo media sombra, de una densidad tal que permita frenar la diseminación del polvillo producto de los trabajos.

Se deberá tomar el mayor cuidado para proteger y limpiar todas las carpinterías, removiendo el material de colocación excedente y los residuos provenientes de la ejecución de las obras a realizar.

Asimismo se efectuará la limpieza, rasqueteo y barrido de materiales sueltos e incrustaciones en carpetas y pisos existentes, los cuales deberán ser debidamente protegidos durante la ejecución de cada uno de los trabajos.

  1. LIMPIEZA FINAL DE OBRA

a) El Contratista deberá entregar la obra en perfectas condiciones de habitabilidad tanto en las zonas de trabajo como así todo movimiento interno de obra por desplazamiento por uso de obrador, baños químicos, escalera etc.

b) Deberá procederse al retiro de cada máquina utilizada durante la construcción y el acarreo de los sobrantes de obra y limpieza, hasta el destino que la Inspección de Obra disponga, exigiendo similares tareas a los Subcontratistas de existir.

c) Todos los trabajos se realizarán por cuenta del Contratista, quien también proveerá las herramientas y materiales que se consideren para la correcta ejecución de las citadas tareas.

e) El Contratista será responsable por las roturas de vidrios o por la pérdida de cualquier elemento, artefacto o accesorio, que se produjera durante la realización de los trabajos, como asimismo por toda falta y/o negligencia que a juicio de la Inspección de Obra se hubiera incurrido.

Todos los locales se limpiarán de acuerdo con las siguientes instrucciones:

1) Los vidrios serán limpiados con jabón y trapos de rejilla, debiendo quedar las superficies limpias y transparentes. La pintura u otro material adhesivo a los mismos, se quitarán con espátula u hoja de afeitar sin rayarlos y sin abrasivos.

2) Los revestimientos interiores y paramentos exteriores serán repasados con cepillo de cerda gruesa para eliminar el polvo o cualquier material extraño al paramento. En caso de presentar manchas, se lavarán siguiendo las indicaciones aconsejadas por el fabricante del revestimiento.

3) Los pisos serán repasados con un trapo húmedo para eliminar el polvo, y se removerán las manchas de pintura, residuos de mortero, etc. Las manchas de esmalte sintético se quitarán con espátula y aguarrás, cuidando no rayar las superficies.

4) De afectarlos con polvillo, los artefactos de iluminación serán limpiados de la misma manera indicada precedentemente.

5) Las carpinterías en general, y particularmente las de aluminio, se limpiarán evitando el uso de productos abrasivos.

6) Se limpiarán especialmente los selladores de juntas, los selladores de vidrios, los herrajes y piezas de acero inoxidable.

  1. OBRADOR

El local para el obrador será cedido por el Consejo, cuyo lugar será indicado por la Inspección de Obra.

En el obrador se instalarán oficinas, depósitos, vestuarios y baños para obreros y empleados.

Queda entendido que el costo del tendido, remoción y/o desplazamiento de las instalaciones para el servicio de obrador está incluido en los precios unitarios y totales de los trabajos y a exclusivo cargo del Contratista.

La totalidad de los espacio para el obrador, a la terminación de la obra y previa autorización de la Inspección de Obra, será desmontado y retirado por el Contratista a su exclusivo costo y cargo antes de la recepción provisional de los trabajos. El Contratista deberá entregar los mencionados espacios en las condiciones en que los ha recibido.

El obrador cumplirá con la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad de Trabajo y sus correspondientes reglamentaciones.

Baños del edificio: que restringido el uso de las baterías de baño sin excepción.

  1. MANUALES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

Antes de solicitar la recepción Provisoria, el contratista deberá entregar los manuales de operación y mantenimiento de las carpinterías, así como repuestos de herrajes, burletes, manivelas y bisagras en un porcentaje del 10 % para futuras reparaciones por pérdida o rotura.

Asimismo procederá a instruir al personal que el Consejo designe en el manejo y ajuste de las carpinterías.

Se dejará en lugar visible los teléfonos de consulta así como del servicio de reparación.

1.9 AYUDA DE GREMIO

El Contratista tendrá a su cargo la ayuda de gremios a aquellos que si bien no están desarrollando tareas bajo su órbita así lo requieran. Asimismo deberán ser solidarios con las demás empresas en virtud de compartir el mismo espacio laboral. De esta manera, deberán coordinar ingresos y egresos de material, retiro de excedentes de obra, escombros, materiales etc. Deberán dejar sendas de circulación libre de todo elemento y de escombros que dificulten tareas sencillas como el desplazarse en la obra. La sola mención por parte de la Inspección deberá ser atendida en el momento, por lo que la contratista deberá instruir al personal a prestar esta colaboración aún sin ser requerida.

Asistirá a los subcontratistas de instalaciones en sus trabajos nuevos y de readecuación.

Facilitará los medios mecánicos de transporte que dispone la obra, para el traslado de materiales y colaboración para descarga y traslado

Tendrá a su cargo la apertura de canaletas y trabajos de albañilería que se requieran para los trabajos encomendados, tales como amurado de guías, colocación de grampas e insertos, tacos, etc.

Proveerá morteros y hormigones para amurado de cajas y cañerías que así lo requieran.

1.10 AGUA DE CONSTRUCCIÓN

Será la obligación de la Contratista efectuar las gestiones pertinentes ante el Ente Prestatario del Servicio, así como el pago de los derechos respectivos para asegurar el suministro de agua necesaria para la realización de los trabajos.  La Empresa Contratista deberá realizar a su cargo las conexiones e instalaciones provisorias de agua, con la previa conformidad y autorización de la Inspección de Obra, con quién definirá los puntos de acometida.  Al mismo tiempo se debe prever la existencia de una boca de provisión de agua por cada 10 metros lineales de andamios y en cada uno de los niveles de los mismos.

1.11 ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA DE OBRA

La Contratista queda obligada a proveer los tableros de alimentación eléctrica de obra y las conexiones correspondientes que se requieran para permitir un trabajo fluido y seguro en cada punto de obra. Los mismos serán diseñados y construidos en un todo de acuerdo con las normas de seguridad vigentes.  Dichos tableros quedarán conectados a los tableros provisionales de obra que oportunamente señale la Inspección de Obra.

Los tendidos provisionales de cables y demás elementos que conformen la instalación de alimentación eléctrica provisional de la obra será realizada por personal matriculado y respetará las normas de seguridad vigentes para el caso.  El cableado realizado en cable tipo cintenax será colocado en lugar seguro, en bandeja, debidamente señalizado, y los tableros tendrán las protecciones correspondientes (térmicas, disyuntores, puesta a tierra, etc.)

1.12 ANDAMIOS Y CERCOS

1.12.1 PROVISIÓN Y MONTAJE DE ANDAMIOS

Los trabajos en altura serán realizados con andamios fijos, los que deberán permitir un acceso fácil y seguro a cualquier parte de los sectores que serán intervenidos.  Solo se admitirán andamios de tipo tubular (pre-armados, de caño y nudo o sistema multidireccional).

El piso operativo de los mismos será de chapa doblada, de una resistencia suficiente como para asegurar su estabilidad y soportar las cargas a las que serán sometidos durante el desarrollo de los trabajos.  El ancho del piso será el exigido por las normas de seguridad vigentes, según los cuales también se deberán colocar el rodapié y la doble baranda en todos los niveles. El piso se mantendrá libre de escombros basura, envases, herramientas u otros elementos que no sean imprescindibles para la tarea a desarrollar.

La estructura del andamiaje estará proyectada para soportar los esfuerzos a la que se verá sometida en el transcurso de los trabajos.

Los parantes descansarán sobre tacos de madera, de rigidez suficiente como para asegurar una adecuada repartición de las cargas.  Bajo ningún concepto se admitirá  que apoyen sobre los solados.

La totalidad de los elementos que conformen las estructuras serán los que correspondan al sistema elegido. No se admitirán sujeciones precarias realizadas, por ejemplo: mediante ataduras de alambre.

Los andamios estarán dotados de escaleras y montacargas.

Escaleras:

Esta será de servicios de peldaños con sus correspondientes barandas, al menos una por cada lateral.  Los módulos que contendrán las escaleras deben estar colocados por fuera de los módulos de trabajo, es decir aquellos que estarán en relación directa con los sectores a intervenir.

Montacargas:

Este deberá ser armado de modo que no interrumpa el ancho mínimo de trabajo, constituido por 3 tablones metálicos de 0.30 mts  y llegará de planta baja (Nivel vereda) a azotea. Estos montacargas reunirán todas las normas de seguridad, pero no podrán ser utilizados para el uso de personal ni propio ni del Consejo.

Los andamios contarán con una cobertura vertical completa realizada con tela media sombra al 80%. La cobertura se tomará al andamio mediante precintos plásticos, colocados de modo tal que se garantice la integridad de los amarres.

Bajo ningún concepto la Contratista permitirá la circulación de personas ajenas a la obra debajo de los andamios cuando se esté trabajando sobre ellos. Cuando el andamio se sitúe en lugares de circulación pública, o semi-pública, deberá tener un cierre completo hasta el nivel de piso o, en su defecto, un paso peatonal cubierto con una pantalla ubicada aprox. a 2,00 m de altura por sobre éste.

En caso del cierre, este será construido con terciado fenólico de un espesor de 20mm, y deberá alcanzar una altura de tres (3) metros.  No deben quedar espacios libres por los que pueda ingresar una persona. Los tableros se fijarán mediante tornillos a la estructura de madera (tirantes) que se tomará a los parantes del andamio.  Los tornillos serán colocados de forma tal que garantice la seguridad de la pantalla.

Se emplearán tableros limpios y sanos, colocados a tope, no admitiéndose superposiciones.

Se dejará una puerta de aprox. 0.80 x 2.00 m, con sus correspondientes bisagras (tres o más) y cerraduras (dos) o dispositivos (dos) para colocar candado.

Las bisagras y dispositivos porta candados serán de tipo reforzados. Las cerraduras o candados serán de seguridad de doble paleta de primera calidad. Dos juegos de copias de las llaves de dichos dispositivos serán entregados a la Inspección de Obra. Una escalera de quita y pon permitirá el acceso desde la acera al nivel de la pantalla.

Además, la Contratista deberá hacerse cargo de las tareas que se describen seguidamente:

-Mantenimiento de la cobertura vertical: Tan pronto como se produzcan roturas o desprendimientos en la cobertura vertical (media sombra y precintos y/o cualquier otro elemento de sujeción), la Contratista estará obligada a reponerla, parcial o totalmente, según corresponda.  Esta reparación y/o reposición se deberá realizar tantas veces como la duración de la obra lo exija.

-Ajustes y/o acercamientos:  La Contratista estará obligada a realizar los ajustes y/o acercamientos que correspondan al momento de recibir el andamio, con el objetivo de permitir un trabajo cómodo y seguro por parte de sus técnicos, operarios y/o el personal de Inspección de Obra.  En dichos ajustes y/o acercamientos quedan comprendidos las protecciones de cualquier tramo y/o nivel del andamio.

-Retiro y re-colocación de los arriostres: La Contratista tendrá a su cargo el retiro y re-colocación de los arriostres que vinculan al andamio con el muro de fachada (por ejemplo: en jambas de aventamientos) para permitir la ejecución de trabajos puntuales,  en las áreas de contacto entre los citados elementos. Este retiro será realizado exclusivamente en forma puntual y alternada. En cada caso se retirará la mínima cantidad posible de elementos de arriostre, los que serán recolocados tan pronto como resulte posible.  La operación de retiro y re-colocación estará a cargo de personal convenientemente capacitado, bajo la estricta supervisión del Responsable Técnico de la Contratista.

-Conexión interior-andamio: El acceso al andamio –salvo indicación en contrario de la Inspección de Obra- se realizará desde el exterior del edifico.  No se podrá acceder al andamio desde el interior de los locales del edificio. La Contratista deberá prever los dispositivos (escaleras, tarimas, etc.) que permitan a los técnicos y operarios alcanzar con comodidad y seguridad todas las plataformas de trabajo. Los planos de las soluciones a adoptar, acompañados de los elementos complementarios que permitan su evaluación (memorias, etc.) serán presentados por la Contratista para su aprobación a la Inspección de Obra antes de proceder a su construcción.

-Control de escurrimiento: La Contratista proveerá, colocará y mantendrá en buenas condiciones de conservación un film de polietileno de 200 micrones sobre las pantallas horizontales y oblicuas de protección del andamio, para controlar y dirigir la caída del agua en aquellos casos en que afecte la circulación habitual de terceros debajo o cerca de los andamios.

En todos los casos la Contratista deberá cumplir con las normas de seguridad vigentes.

Durante los trabajos, los pisos de tablones se mantendrán libres de escombros, desechos, envases, herramientas u otros elementos que no sean imprescindibles para la tarea a desarrollar.

En andamio se construirá en toda la extensión del edificio, esto es: medianera lateral del estacionamiento y contra frente a partir del 1° piso, por toda la altura (cubriendo el total de la fachada del edificio), y se mantendrá desde el comienzo de la obra hasta su completa finalización.

La certificación de este rubro será primer mes el 30% y el resto en cinco meses de igual precio. De llevar más tiempo de obra imputable a la contratista, la empresa se hará cargo de los costos que demande.

Todos los andamios contarán en su último nivel con cobertura de chapa sinusoidal de zinc galvanizada para protección de la lluvia y con libre escurrimiento hacia la calzada.

Previo a la construcción de dichos andamios, la Contratista presentará un proyecto de armado que contenga el diseño y cálculo estructural así como la forma de fijación a fachada con su respectivo cálculo, la información sobre los materiales, la conformación estructural y su respectivo cálculo realizado por ingeniero civil matriculado.  Planos y detalles constructivos de los mismos serán presentados para su aprobación por parte de la Inspección de Obra, sin que esto signifique perdida de responsabilidad para la empresa.

Todo cálculo estructural solicitado llevará la firma y N° de matrícula del Ing. Civil actuante y la ratificación del representante Técnico de la Obra.

Todo daño que pudiera ocasionarse será reparado bajo el exclusivo cargo y responsabilidad de la Empresa Contratista, debiendo dejar el sector en las mismas condiciones en que se encontraba previo al inicio de las tareas.

La Contratista deberá proveer e instalar los artefactos de iluminación que se requieran para mantener iluminadas las aceras y los accesos del edificio. Los mismos serán colocados en la parte baja de los andamios, siguiendo para ello las indicaciones que oportunamente le dará la Inspección de Obra.

Los artefactos y sus accesorios, incluyendo el cableado, las grampas de sujeción y el tablero seccional correspondientes, y la conexión y puesta en funcionamiento el sistema, estarán a cargo de la Contratista. Se emplearán reflectores de cuarzo de 500 w de potencia o equipos equivalentes.

La Contratista queda obligada a cambiar de posición los artefactos, tantas veces como se lo solicite la Inspección de Obra, a mantenerlos en perfecto estado de conservación y funcionamiento durante toda la obra, y a retirarlos una vez finalizada la misma.

Los andamios tendrán puesta a tierra, ya sea jabalinas o tomados en varios puntos a la estructura, con el objeto de evitar que personal o transeúntes puedan sufrir electrocución.

1.12.2 FIJACIÓN A MEDIANERA

Deberán ser provistos todos los elementos de fijación necesarios para la correcta sujeción de los andamios a la mampostería/estructura.

1.13 PROTECCIÓN DEL ENTORNO

Antes de dar comienzo a cualquier trabajo se protegerán los elementos que puedan ser dañados por el polvo o por golpes. Las protecciones serán sobrepuestas pero aseguradas mediante el empleo de elementos de fijación no agresivos (cintas adhesivas, cuerdas, etc.), de modo de evitar su caída o desplazamiento.

Las carretillas o zorras para el transporte de material tendrán ruedas de goma, al igual que toda maquinaria o equipo que deba desplazarse en la azotea del edificio.

Pasarelas o tableros también serán exigidas cuando sea necesario circular por las azoteas del edificio, en oportunidad de repararse las cargas del edificio.  El contacto entre el piso de la terraza y los tacos de las pasarelas se hará interponiendo un trozo de goma o alfombra.

1.14 BAÑOS QUÍMICOS

La empresa deberá equipar con baños químicos para el uso de los operarios, en cantidad suficiente y atendiendo las exigencias de la Superintendencia de Seguridad e Higiene en el trabajo.

Los mismos serán ubicados según indicaciones de la Inspección de Obra. La empresa presentará alternativas y la Inspección aprobará el piso y la ubicación propuesta, priorizando la libre circulación así como posible evacuación en caso de siniestros.

La totalidad del espacio para los baños, a la terminación de la obra y previa autorización de la Inspección de Obras, será desmontada y retirada por el Contratista a su exclusivo costo y cargo antes de la recepción provisional de los trabajos. El Contratista deberá entregar los mencionados espacios en las condiciones en que los ha recibido.

 

1.15 HABILITACION/AVISO O PERMISO DE OBRA

Previo al inicio de los trabajos, la Contratista deberá realizar las presentaciones ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC) del Gobierno de la CABA, ya sea aviso o permiso de Obra según corresponda. Gestionará todo lo relacionado con la obra civil.

Simultáneamente con la recepción provisoria, el Contratista gestionará ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la habilitación. El certificado de habilitación final deberá ser presentado dentro de los 6 (seis) meses posteriores a la fecha del Acta de Recepción Provisoria.

2. INTERVENCIÓN DE FACHADAS

2.1 DEMOLICION DE SALIENTES Y REVOQUE FLOJOS

Sobre medianera

Una vez montados la totalidad del andamio sobre medianera y cubierto con protección del entorno, se procederá a realizar un replanteo de planimetría vertical.

En base a dicho resultado se recurrirá a eliminar partes de antigua construcción salientes y engrosamiento según el caso, a efectos de obtener un solo y único plano.

Hoy, a simple vista, se observa que la línea vertical del fondo avanza dejando dos planos diferentes. Esa diferencia se tiene que regularizar por medio de picado y carga con revoque.

Descalce y retiro de carpinterías tipo paños fijos.

Escombros: el picado se realizará con los recaudos de cada caso, teniendo en cuenta que estos escombros no pueden desprenderse y caer al vacío dado que podrían ocasionar lesiones y daños.

Asimismo, de apilarlos en los tablones podrían generar un piso de trabajo peligroso. Por ello el retiro debe ser supervisado y debe ser retirado en el momento de la extracción.

En contra frente

Una vez montados la totalidad del andamio en contrafrente sobre techo del primer piso, y una vez cubierto con protección para el entorno, se procederá a realizar un replanteo de planimetría vertical.

Descalce y retiro de ventanas rebatibles para su recambio. Estas ventanas se apilarán en el segundo subsuelo y se deberán trasladar a cuenta de la contratista dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una estimación de no más de 15 Km hasta depósito.

Se procurará no romper la membrana con los andamios así como con los escombros.

Se procederá al picado de todos los revoques flojos. Se realizará una inspección ocular y de palpación por golpe a efectos de retirar todo aquello mal sujeto o producto de cales avejentadas.

2.2 RETIRO DE REVESTIMIENTO EXISTENTE

2.2.1 PICADO DE REVOQUES

Visto el relevamiento realizado a la fachada, las empresas deberán considerar la remoción del total de la superficie.  Ésta tarea incluye solo los revoques por cal gruesa y polvo de ladrillo, cuya vida útil ha finalizado.

Ejecución: Se deberá extremar las precauciones adecuadas de seguridad por los posibles desprendimientos que podrían ocasionar lesiones a terceros.

El retiro mencionado abarca no solo sectores con diferentes capas sino también a los revoques, retirando el total del sustrato.

Los métodos de extracción podrán ser por medio de martillos percutores, o bien a masa y cortafrío, en función de no dañar la capa hidrófuga.

Reparación de dinteles de hormigón en aberturas.

Los retiros de revoques se completarán empleando cinceles anchos, afilados, a mano, controlando el ángulo y la intensidad del golpe.  Todo lo que se tenga que retirar deberá ser consultado con la Inspección de Obra.

Toda destrucción o alteración indebida, que se produzca como consecuencia de las tareas de demolición, será corregida por la Contratista bajo su exclusivo cargo.  Esto no lo eximirá de las multas o apercibimientos que pudieran caberle.

2.2.2 REPARACIÓN DE GRIETAS Y FISURAS EN MURO

Esta intervención tiene como objetivo restablecer la continuidad y cohesión de los muros mediante la eliminación de las grietas existentes.

En primer lugar se deberá determinar si se trata de fisuras activas o no, mediante su monitoreo. Si se tratase de fisuras pasivas cuya separación entre bordes lo admita, se recurrirá a la aplicación del mismo material de reposición que el indicado para el parcheo de las fachadas.  En este caso, la superficie a tratar debe estar limpia y libre de polvo y partículas sueltas, y será convenientemente humedecida antes del tratamiento, empleando los promotores de adherencia que correspondan a efecto de favorecer el anclaje de las partes.  Se utilizarán productos de primera calidad, siguiendo las instrucciones del fabricante.

En los casos en que las fisuras se encuentren activas y no se pueda resolver dicha situación, se usará un sellador poliuretanito mono componente de primera calidad, siguiendo las instrucciones del fabricante.  El color del sellador será similar al de la fachada. Se lo colocará de forma tal que los selladores resulten tan imperceptibles como resulte posible.

La Inspección de Obra indicará las alternativas de tratamiento para que sean ensayadas en obra, decidiendo sobre el tratamiento más adecuado para cada caso en particular.  A partir del resultado de los ensayos se adoptará/n la/s solución/es más conveniente/s para el tratamiento generalizado de este deterioro.

Una vez se analice la situación particular de las grietas que se encuentren activas, la Inspección de Obra podrá solicitar que se conformen las juntas de trabajo que resulten necesarias. El costo de dicha tarea se considera incluido en el precio final de la obra contratada.

 

2.2.3 CONSOLIDACIÓN DE REVOQUES HIDRÓFUGOS

La superficie que se detecte como hueca y/o de sustrato poco firme,  y que la inspección determine que no se retira, recibirá un tratamiento de inyecciones de fijación, para ello se realizarán perforaciones hasta llegar al vacío con mecha 10/12 mm cada 300 mm o pequeñas perforaciones más cercanas, de tal manera que se observe que el producto inyectado salga por las perforaciones cercanas e impregne toda la superficie suelta.

Se debe tener a mano un sistema que permita presionar, a efectos de no inflar la superficie.

2.2.4 ELIMINACIÓN DE SALES SOLUBLES

Identificados los sectores afectados por las sales, y a efectos que dichas manchas internas en paramento no afloren sobre el nuevo revoque y revestimiento, se procederá a su eliminación por el método de compresas, recurriendo para su ejecución a los materiales inertes.  Se usará agua destilada como agente activo.

2.2.5 REMOCIÓN DE SELLADORES

Esta especificación será utilizada tanto para la eliminación de manchas, como de emplastos y rellenos que asoman por juntas o grietas.

Los selladores antiguos de juntas y grietas se quitarán por medios mecánicos (espatulines, ganchos, etc.), aplicándolos con sumo cuidado sobre la masa del material a retirar para no afectar a los bordes ni al revoque del entorno.

2.3 REVOQUES

2.3.1 HIDROFUGOS A SUSTITUIR

Visto el resultado final de la intervención de picado de revoques, se contemplará un 30 % de retiro y reposición de capa hidrófuga de cemento.

Los parámetros llevarán, en todos los casos, una capa impermeable espesor 10 mm a base de cemento portland 1:3:3 con agregado de hidrófugo NO orgánico, arena limpia, aplicado a cuchara presionando para eliminar poros y montado 10 cm entre uniones. Dicha mezcla estará constituida por 1 parte de cemento y 3 de arena mediana (mortero de cemento) empastada con agua, con adición de hidrófugo químico inorgánico de marca reconocida y aceptada por la Dirección y/o Inspección de obra, con la dosificación de 1 kg de pasta en 10 litros de agua, empleándose la solución obtenida como agua de amasado.  Los hidrófugos además cumplirán lo estipulado en la norma IRAM N° 1.572 y su aplicación se ajustará  en un todo a las indicaciones del fabricante o proveedor.

La misma se aplicará directamente sobre el muro, una vez limpio y preparado, en forma de azotado alisado perfectamente, debiendo obtenerse una capa absolutamente impermeable.  Una vez avanzado un paño de cemento hidrófugo y a efectos de que no pierda humedad y obtenga un buen mordiente para el jaharro, se aplicará un azotado de cemento 1:3:3 líquido a cuchara y sobre este otro azotado de jaharro, cubriendo el total de la superficie del hidrófugo salvo 10 o 15 centímetros para realizar empalmes.

2.3.2 REVOQUE GRUESO EXTERIOR

Se ejecutará un revoque grueso a la cal sobre el azoado hidrófugo listo para recibir material de frente, con la siguiente dosificación: ½ :1¼ :3 (cemento-cal hidráulica-arena mediana).

Sobre las superficies de la fachada se aplicará el revoque grueso o jaharro con el mortero indicado.

Construcción de fajas: Estas deberán tener un fraguado mínimo de 48 hs y se realizarán cada 1 metro a 1.30 metros de distancia entre sí.  Bajo cada línea vertical de faja se realizará una capa de cerecita de unos 30 cm de ancho, y sobre ésta se aplicará el jaharro de cal.

El jaharro se terminará con peine grueso y rayado para facilitar la adherencia del revoque de terminación.

2.3.3 ENLUCIDO EXTERIOR TIPO PIEDRA PARIS O SIMIL PIEDRA (ACRÍLICO)

El jaharro a la cal reforzado deberá curarse a efectos de que las sales se eliminen y adquiera la dureza y secado suficiente para el acabado final.

Este podrá ser cementício tipo Piedra Paris o Super Igam con garantía de la empresa y del fabricante por escrito por 10 años.

En caso que se resuelva realizar revoque cementicio peinado grueso la base se realizará con un rayado o peinado, se colocará un puente de adherencia o en el revoque, una malla de fibra de vidrio con propiedades antideslizantes, provistas de una impregnación especialmente flexible y alcalina resistente.  Debe ser capaz de dar solución duradera a problemas ocasionados por fisuras dinámicas.

Debidamente humedecido el día anterior para mejorar la adherencia, se realizará la última capa de revoque exterior con material preparado con mortero premezclado Cuarcito tipo Piedra Paris de Molinos Tarquini o equivalente de color a determinar, el cual se terminará con un prolijo fratasado, procurando uniformidad de tono y de aspecto, sin uniones ni retoques, para lo cual se extenderán paños enteros con un espesor de 5 mm siguiendo las prescripciones de los fabricantes o proveedores procurando la mejor calidad a juicio de la Inspección de Obra.

El material será distribuido por medio de la regla y el fratás terminándose la superficie con textura de peine grueso.  La función del peine no es el rayado sino la remoción de los granos gruesos del preparado a efectos de obtener la textura buscada.

A la mezcla del material preparado se le incorporará un poli-acetato de vinilo (P.V.A.) tipo “Tacurú” o equivalente, con el objeto de mejorar aún más la adherencia.  El buñado a realizar estará indicado en planos y planillas y abarcará el jaharro y el enlucido pero garantizará la continuidad del azotado impermeable.

Buñas: El revoque grueso contemplará buñas, las que serán un (1) centímetro más ancha a efectos de recuperar el ancho solicitado con la aplicación del producto.

Las buñas se realizarán previo al paño, esto es, se realizará las buñas mediante molde y corredera, una vez terminada la buña con un (1) centímetro de avance de material sobre el paño con un espesor de 5 milímetros, en este momento se procederá a realizar o llenar el paño, realizando el llenado en dos manos, humedeciendo la superficie poli-acetato de vinilo.

Una vez liso usando fratás se realizará el peinado, utilizando peine de acero inoxidable de diente grueso especial para este material.  El peinado no debe notarse ya que el fin último es obtener una superficie tipo granito martiriando, por lo cual el peinado debe ser realizado de manera cuerva con firmeza de modo que no se lea patrón de peinado, levantando el grano grueso terminando el trabajo pasando un cepillo de cerda para que desprenda arenillas.

 

  1. CARPINTERÍAS

3.1 EXTRACCIÓN DE CARPINTERIAS EXISTENTES Y RETIRO DE LA OBRA

En oportunidad de proceder a la extracción y retiro de las carpinterías existentes, y cuando los ambientes queden expuestos al exterior, la Contratista deberá proveer y colocar los cierres provisionales correspondientes.  Para ello la Contratista elaborará un programa de intervención de las carpinterías, en el que indicará la secuencia de trabajos y el tiempo estimado en que cada local se verá afectado por las tareas de extracción, retiro y colocación de las carpinterías nuevas.  Este programa requerirá de la aprobación de la Inspección de Obra en forma previa a su ejecución.

En los locales, por estar ocupados por dependencias en funcionamiento, se deberán efectuar cierres o cercos internos provisorios con paneles de aglomerado colocados a 60 cm de la ventana a tratar.

Los cercos en la cantidad que la empresa y la inspección de obra acuerden a efectos de cumplir con el cronograma de obra, se realizará según la siguiente descripción y croquis que se adjunta en plano general.

Descripción: se realizará en dos partes, una inferior, y la superior que se monta sobre la primera. La altura promedio de las oficinas es de 2.60 mts, por lo que se plantea que el primer módulo en forma de “U” de 0.50 mts de profundidad por 1.20 mts de alto por el ancho de carpintería más 0.30 mts se le monte otro similar en la parte superior; el primer módulo tendrá patas regulables (tomado al bastidor de tubo sección cuadrada de hierro de 30 mm), de modo que los 0.20 cm de fuelle inferior se podrá resolver con materiales diversos como lona, plástico, goma, etc.

De esta forma se podrán realizar las áreas de reemplazo de carpintería sin interferir con la actividad laboral en las oficinas respectivas. Se deberá coordinar con la Inspección de Obra y cada dependencia afectada las áreas a ejecutar.

Los cierres provisorios de los aventanamientos se harán con un tablero fenólico de un espesor mínimo de 10 mm en el que se sujetará al bastidor de tubo metálico y éste a la carpintería.

El tablero y el tubo tendrán suficiente rigidez para impedir su deformación o que se pueda retirarse desde el exterior.  La vinculación entre tablero y tubo se hará mediante bulón, arandela y tuerca, todo de acero cincado o inoxidable.  Los bulones serán de cabeza redonda y ésta se colocará hacia el exterior de forma tal que el cierre provisional únicamente pueda removerse desde el interior.

El sistema de cierre provisional contendrá los elementos (burletes, sellados, etc.) que se requieran para garantizar la perfecta estanqueidad de los locales afectados por la intervención.

3.1.1 EXTRACCIÓN DE CARPINTERÍA

Se deberá cortar la perfilería perimetral de cada ventana, a efectos de extraer las ventanas, dejando empotrado el marco con la menor cantidad de sobre relieves metálicos, dado que sobre este llevará un capuchón de chapa perimetral a efectos de dejar una especie de premarco que tome todas las imperfecciones externas e internas y que permia colocar las carpinterías de aluminio con tornillos y selladores.

Las soldaduras serán terminadas con prolijidad, verificándose la cuidadosa continuidad de las partes a unir.  No presentarán rebabas, resaltes, alabeos, deformaciones, etc. que impidan el normal uso y funcionamiento de las partes o elementos, así como su aspecto externo.

3.1.2 RETIRO DE EXCEDENTES

El desmonte se realizará con sumo cuidado, aconsejando no extraer los vidrios de las carpinterías por un tema de seguridad.  El tamaño de los paños y el peso de cada uno permiten la manipulación sin necesidad de retirar previamente los vidrios.  Esto generará más seguridad a la hora de bajar estos elementos.

La inspección determinará, en caso que todo o parte de lo extraído se considere de utilidad, donde se deberá depositar (a efectos de tener mayor certeza en cotización) se pone como punto máximo el depósito sito en la calle Beazley al 3860 Pompeya, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Lo que no se considere de utilidad (pudiendo ser esto del total de los extraído), la empresa deberá considerar su retiro.

3.2 CARPINTERIAS NUEVAS PROVISIÓN Y COLOCACIÓN

Las carpinterías serán de aluminio calidad A 30 NEW RPT.

3.2.1 GENERALIDADES

Comprende la provisión y colocación en la obra de referencia, de carpinterías de aluminio, elaboradas por empresas dedicadas específicamente al rubro con trayectoria en la fabricación de carpintería de primera calidad y con todo lo especificado en este pliego y planos adjuntos.

Las firmas armadoras e instaladoras en obra de la carpintería aludida, deberán ser de reconocido prestigio y trayectoria en plaza.

Para ello el Oferente deberá acompañar en su oferta los antecedentes y capacidad técnica (talleres, maquinarias, equipos, etc) de por lo menos tres (3) Subcontratistas, a efectos de ser sus propuestas evaluadas técnicamente por la Inspección de Obra, según se establece en los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

El proyecto de carpintería acompañado indica el nivel de diseño y calidad pretendida.

El mismo admitirá alternativas similares que mantengan un margen de variante que no exceda al 10%, en más o en menos, respecto a las dimensiones de la perfilería proyectada, herrajes y calidad de materiales no solo externos que hacen a su acabado final, sino los que conforman los mecanismos que permiten el accionamiento.

Todos los materiales, perfiles, accesorios y dispositivos que se prevén en planos y especificaciones, serán provistos en forma exacta o equivalente dentro de las pautas indicadas.

El grado de similitud o equivalencia lo determinará el Comitente a través de la Inspección de Obra. Todo elemento que hace al accionamiento, ya sea de abrir y rebatir, deberán ser de acero, por mencionar un material de alta durabilidad.

Las medidas serán definitivas sólo cuando el contratista las haya verificado en la obra por su cuenta y riesgo, siendo así el único responsable de estas mediciones.

Se deberán respetar las medidas de los travesaños en el aluminio, de manera de no incrementar las vistas del mismo en las fachadas, dentro de los márgenes de variación ya estipulados anteriormente.

3.2.2 CALIDAD

Las carpinterías serán calidad A 30 NEW RPT,  igual o superior calidad, de alta prestación y diseño minimalista.

Hermeticidad: Doble/triple hermeticidad con ruptura de puente térmico, contacto con felpas polipropileno y caja de agua.

Preparado para vidrios DVH de 24 a 32mm.

3.2.3 MUESTRARIO

El contratista deberá presentar, antes de dar comienzo a los trabajos, dos (2) juegos completos de muestras de carpintería, herrajes, accesorios y elementos de fijación que sean necesarios emplear para su aprobación por parte de la Inspección de Obra.

3.2.4 MATERIALES

Carpinterías y estructuras de aluminio: Cuando se especifica que una carpintería es de aluminio se entiende que el aluminio formará una aleación con otros metales en los porcentajes límites fijados por las normas de la Aluminio Asociación (A-A).

Perfiles extruidos: Todos los perfiles empleados serán de extrusión de aluminio en aleación 6063-T5, no admitiéndose bajo ningún concepto “perfiles conformados”; los mismos serán obtenidos por los métodos modernos conocidos elaborados con un acabado perfecto, rectos, sin poros ni raspaduras u otros defectos.

3.2.5 UNIONES

Serán del tipo mecánico y ensamblados con ángulo de aluminio debidamente fijados mediante tornillos o remaches de aluminio acero o bronce, estos últimos protegidos por baños de cromo, cadmiado o níquel.

En lo posible se evitará su colocación en superficies a la vista. Todas las juntas, principalmente aquellas que dan a exteriores, se obturarán mediante selladores de marcas reconocidas en el mercado, convenientemente garantidos, a los efectos de impedir el pasaje de los agentes atmosféricos.

3.2.6 TORNILLOS, PERNOS, ARANDELAS

Todos los elementos de fijación deberán tener resistencia adecuada a la función que se le asigne. Serán de aluminio u otro material no corrosivo compatible con el aluminio, o de hierro tratado con un baño electrolito de cromo o cadmio. Toda la tornillería de armado que queda oculta será de acero cadmiado de 10 micrones de espesor. La tornillería que queda a la vista será de color a definir por la Inspección de Obra.

3.2.7 VIDRIOS Y CRISTALES

Se proveerán cristales D.V.H. termopaneles de doble vidriado hermético, y cristales de seguridad realizados con cristales float transparentes incoloros. Todos los cristales componentes de los termopaneles, y los cristales de seguridad, deberán ser pulidos en todo su perímetro antes del armado de los mismos.

Interior: Float incoloro blisan 3+3 + Cámara de aire + 3+3

Cámara de aire mínima 12 mm

Float gris arquitectura de 6mm en exterior.

Los vidrios serán DVH 3+3 exterior y 3+3 interior con película que frene los rayos uv.

CÁMARA DE AIRE ESTANCA encerrada entre dos vidrios.  Propiedades de aislación térmica y sonora del DVH.

Para conformar la cámara de aire se utiliza un perfil metálico perimetral, SEPARADOR.

En el interior del separador se coloca un ABSORBENTE DE HUMEDAD (usualmente: tamiz molecular), cuya función es absorber la humedad del aire contenido entre los vidrios, para evitar que ésta condense en el interior de la cámara, la cual, de suceder, anularía gran parte de las virtudes del DVH.  Pequeñas incisiones en la superficie del separador permiten el contacto entre el absorbente y el aire de la cámara. El tamaño de estas incisiones está normalizado (tanto en dimensión como en cantidad).

Para asegurar el buen funcionamiento del DVH, es indispensable que no ingrese humedad desde el exterior hacia el interior de la unidad de DVH.  Si esto ocurriera, el absorbente de humedad llegaría a la saturación y comenzaría a aparecer condensación en el interior del DVH.

Para evitar el ingreso de humedad exterior, se sellará perimetralmente todo el conjunto vidrio-separador con dos selladores diferentes:

  • Sellador Primario (“primera barrera de vapor”): cordón de butilo de una gran adherencia a los vidrios y al separador, a la vez que una muy baja permeabilidad al vapor de agua (0.11 g/m2/d), por lo que se constituye en la principal barrera al ingreso de humedad.

Película:

  • Deben responder a las siguientes exigencias:
  • Reducción del calor en un 70 % mínimo.
  • Dispersión de la luz natural de manera uniforme.
  • Bloqueo de los rayos ultra violetas en un 90 % como mínimo.
  • Todo esto será documentado y tendrá las ISO correspondiente. Caso contrario será el Consejo de la Magistratura en la persona del Inspector de obra, el que decida la marca que considere satisfactoria y que cumplimente lo solicitado.

3.2.8 BURLETES

Los burletes que se utilizarán para la fijación de los vidrios serán de la dimensión adecuada al espesor del mismo y al perfil de aluminio que lo recibe.  Serán de EPDM según norma IRAM 13.001 N/8.150 de color negro y de dureza shore adecuada.  Las uniones, y los ángulos de los mismos, deberán ser vulcanizados y/o adheridos con cemento de cianoacrilato de marca reconocida.

Las hojas llevarán burletes de hermeticidad acústica.

3.2.9 JUNTAS Y SELLADOS

En todos los casos, se preverán juntas de dilatación en los cerramientos.  Ninguna junta a sellar será inferior a 3 mm si en la misma hay juego o dilatación.

La obturación de juntas se efectuará con sellados climáticos de excelente adherencia, resistente a la intemperie, con una vida útil no inferior a los 20 años, de los producidos por las firmas más reconocidas en el mercado.

Todos los encuentros entre perfiles cortados deberán sellarse con sellador climático de excelente adherencia, apto para efectuar uniones mecánicas, resistente a la intemperie y con una vida útil no inferior a los 20 años.  Los selladores utilizados serán de alta calidad y recomendados por los fabricantes de los mismos para ser utilizados en combinación con perfiles de aluminio.

3.2.10 TRATAMIENTO SUPERFICIAL

Anodizado por inmersión electrolítica de 20 micrones de espesor certificado, satinado, terminación superficial “Natural Mediano”.

3.2.11 HERRAJES

Serán de primera calidad y sometidos a la aprobación de la Inspección de Obra.  En aberturas desplazables se colocarán 2 aldabas de cierre por la abertura mayor de 90 cm de ancho.  Los herrajes desplazables serán del tipo a fricción con retén de abertura para limpieza.

3.2.12 PROTECCIÓN Y EMBALAJE

Las aberturas se protegerán adecuadamente, no sólo para evitar su deterioro durante el transporte, sino también para su puesta en obra, debiendo evitarse que sus superficies sean manchadas con cal o cemento.

3.2.13 CONTACTO DEL ALUMINIO CON OTROS MATERIALES

Esta obra presenta un marco existente de la carpintería de hierro original que será ocultado con perfilería de aluminio especialmente diseñada y extruida a tal fin.

Nota: Carpinterías, tipología y cantidades:

Las carpinterías responderán a la planilla de carpinterías donde se describen todas las tipologías y cantidades.

A grandes rasgos mencionamos que: la medianera serán paños fijos con vidrio DVH de 3+3 int. + Cámara de aires + 3+3.

Las carpinterías de contrafrente: serán pivotantes (sistema ídem existente).

Las carpinterías del segundo piso, serán de piso a techo, permitiendo la salida a la terraza en toda su extensión.

Las carpinterías del subsuelo serán de la misma tipología. La calidad será la misma solicitada en este pliego para todas.

3.2.14 REQUISITOS TÉCNICOS

3.2.14.1 Desarrollo del Proyecto: La Contratista desarrollará los planos de fabricación que comprenderán todos los detalles, tamaño natural (1:1), que sea necesario ejecutar para tener, sin ninguna duda, una correcta interpretación de los trabajos que se ejecutarán en taller. Las dimensiones se expresarán en milímetros.

Todo el proceso de estos trabajos se realizará en estrecho contacto con la Inspección de Obra.

3.2.14.2 Aprobación del Proyecto: Los planos de fabricación se desarrollarán de acuerdo a lo que antecede; conjuntamente con las muestras que se exigen, se someterán a la aprobación de la Inspección de Obra.

La aprobación que se hará del proyecto así ejecutado deberá considerarse que tiene carácter definitivo, y la Contratista no podrá introducir variante o modificación durante la ejecución en taller de los prototipos o sectores de las carpinterías que solicite la Inspección de Obra, los que se harán en base a los planos.

3.2.14.3 Muestras y Ensayos: Aprobación de prototipos: El Contratista presentará, para su aprobación ante la Inspección de Obra, una muestra completa; se tomará el modulo indicado en obra a efectos de ser colocado en primera instancia y observar las prestaciones, de modo que pudieran existir cambios, los que serán evaluados en cuanto a costos. Este paño será pivotante y tendrá una dimensión no mayor a 1300mm x 1500 mm, y se colocará antes de comenzar la producción en serie. Los vidrios serán DVH tipo blisan de 3+3 interior y 3+3 exterior con película que frene los rayos UB.

3.2.14.4 Presiones de Viento: Para el cálculo resistente se tomará la presión que ejercen los vientos máximos de la zona, correspondientes a la altura y ubicación del edificio, y no será menor que la que fija el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.

3.2.14.5 Resistencia: En ningún caso el perfil sometido a la acción del viento tendrá una flecha que supere 1/300 de la luz libre entre apoyos.

En los casos que se trate de perfiles que están al alcance de la mano se tendrá en cuenta para el cálculo (además de lo fijado en el punto 3.2) que una presión de 100 kg a la altura de 1mm.

3.2.14.6 Permeabilidad del Aire y Agua: Las aberturas desplazables deberán dar cumplimiento a la norma IRAM 11591, correspondiente a la estanqueidad al agua de lluvia y su comportamiento o clasificación  no deberá ser inferior a “Reforzada”.

3.2.14.7 Ensayos: En caso de considerarlo necesario, la Inspección de Obra podrá exigir al contratista en ensayo de un ejemplar de carpintería.

El mismo se efectuará en el Instituto Nacional de Tecnología Industrial conforme a las pautas y normas de ensayo establecidas en la Norma IRAM 11507 (Normas IRAM 11573-11590-11591-11592 y 11593).

Además se debe verificar el correcto funcionamiento del cerramiento una vez efectuados cualquiera de los ensayos precedentes. Los costos de las muestras y el pago de los aranceles de los ensayos correrán por cuenta del Contratista.

3.2.15 CONTROLES Y TRABAJOS

3.2.15.1 Control de Calidad del Taller: La inspección está facultada para efectuar inspecciones de taller sin previo aviso, a efectos e constatar la calidad de la ejecución y de los trabajos. En caso de duda sobre la calidad de ejecución de las partes no visibles, hará hacer las pruebas o ensayos que sean necesarios.

Antes de enviar a obra los elementos terminados se deberá solicitar la inspección de éstos en taller.

3.2.15.2 Control de Calidad en Obra: Cualquier deficiencia de ejecución constatada en obra de un elemento terminado será motivo de su devolución a taller para su corrección, aunque ese elemento hubiera sido previamente aceptado.  En la obra se controlará la calidad y terminación superficial en los elementos que se vayan recibiendo.

3.2.15.3 Protección: En todos los casos, las carpinterías deberán tener una protección apropiada para evitar posibles deterioros durante su traslado y permanencia en obra.

3.2.15.4 Limpieza y Ajuste: La Contratista efectuará el ajuste final de la abertura al terminar la obra, entregando las carpinterías en perfecto estado de funcionamiento.

 

3.3 TERMINACIONES INTERIORES

Interiormente, todos los perímetros de carpinterías deberán quedar con la terminación final acorde al tipo de carpintería.

Se retocarán los revoques de muro siguiendo las mismas características de los existentes, y se aplanará de tal manera que los contramarcos calcen perfectamente. Estos contramarcos serán los de fábrica, correspondientes a la carpintería colocada.

4.  DESARME DE ANDAMIOS

La empresa, al momento de colocar los andamios, realizará previo a ello un relevamiento fotográfico y topológico, que se entregará a la inspección por libro.

Este relevamiento, en el caso de la medianera lindante propiedad del estacionamiento, dicho informe fotográfico y topológico (donde se describen posibles daños preexistentes y ubicación con referencia a medianera y a línea municipal) llevará la firma del personal autorizado del estacionamiento. Y en el caso del contra frente de la Inspección de Obra.

Al momento del retiro de los andamios, se realizará un exhaustivo control y se detallará de corresponder las acciones a seguir para solucionar todo inconveniente. Todo esto a cargo de la contratista, como todo perjuicio que ocasione y no se haya tomado las precauciones que correspondiere en cada caso.

El Consejo de la Magistratura no se hace responsable por los daños a terceros, ya sean personas o bienes, o personal que se desempeñe en dichos trabajos, toda circunstancia de seguridad deberá estar contemplada. La Inspección podrá realizar observaciones en esto y toda la obra y podrá paralizar los trabajos de considerar actos irresponsables. Todo acto de paralizar los trabajos no dará derecho a la contratista de solicitar tiempos adicionales.

  1. LIMPIEZA DIARIA PERIODICA Y FINAL

La Contratista se obliga a mantener, en la Obra y en el Obrador, una limpieza adecuada a juicio de la Inspección de Obra, retirando diariamente la basura y escombros que se fueren acumulando durante la marcha de los trabajos a su cargo, en cada sector.  La Contratista mantendrá en perfecto estado de orden y limpieza cada uno de estos sectores.

Asimismo, la Inspección de Obra podrá exigir el cumplimiento estricto de todas las obligaciones asumidas y a recabar eventualmente, durante la ejecución de las obras, aquellas medidas complementarias que la envergadura de las mismas y los riesgos consiguientes tornen aconsejables, a su exclusivo criterio.

Deberá efectuar antes de la recepción provisoria, la limpieza final con la eliminación y retiro de todos los materiales sobrantes, enseres, herramientas, etc. que utilizó en la ejecución de los trabajos.

La contratista, para dejar de realizar las limpiezas de vidrios y carpinterías solicitadas, así como el resto de la limpieza exterior que le corresponda, deberá solicitar la recepción parcial de la obra toda o por sectores.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO III

 

MODELO DE PUBLICACIÓN

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°   85   /2018

 

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Dirección General de Compras y Contrataciones

Puesta en Valor Fachada Contrafrente y Medianera en Suipacha 150

 

Expediente CM Nº DGCC-065/18-0

Licitación Pública  Nº 09/2018

 

Objeto: Saneamiento y puesta en valor de la fachada de contra frente y la medianera lindante con el estacionamiento del inmueble sito en la calle Suipacha 150 de esta Ciudad, más la colocación y reposición integral de carpinterías en aluminio A30 y vidrios DVH.

Presupuesto Oficial: Pesos Veintiún Millones Doscientos Dieciséis Mil ($ 21.216.000.-).

Garantía de Oferta: Uno por ciento (1%) del presupuesto oficial.

Plazo de Ejecución: Ciento Ochenta (180) días corridos, desde la suscripción del Acta Inicio.

Consultas: Dirección General de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A., sita en Julio A Roca 530, piso 8 de esta Ciudad, de lunes a viernes en el horario de 11:00 a 17:00 horas; o en la página web: www.jusbaires.gov.ar.

Reunión Informativa: La Dirección General de Compras y Contrataciones realizará el día 25 de septiembre de 2018 a las 16:00 horas una reunión informativa para los interesados.

Adquisición de Pliegos: Hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura de ofertas, en la Dirección General de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas, previo depósito del valor de los Pliegos en la Cuenta Corriente Nº 358/0 en la sucursal 53 del Banco Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Córdoba 675, presentando original y copia del talón de depósito para su adquisición.

Precio de los Pliegos: $ 21.200.-

Presentación de las Ofertas: hasta las 12.00 horas del 4 de octubre de 2018 en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A Roca 530 PB de esta Ciudad.

Fecha y Lugar de Apertura: 4 de octubre de 2018 a las 12.00 horas, en la sede de este Consejo, Av. Julio A Roca 530 8 de esta Ciudad.

 

Cdor. Horacio Lértora

                            Director General de Compras y Contrataciones       

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